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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE FAMILIAS Y ASUNTOS SOCIALES
Núm. 112618
Extracto de la Resolución de la Consejera de Familias y Asuntos Sociales por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para ejecutar proyectos de cooperación para la transformación global para el año 2024
Identificador BDNS: 744451
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
http://www.pap.minhap.gob.es
Primero. Beneficiarios
Entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro radicadas en las Illes Balears que lleven a cabo actividades en materia de cooperación al desarrollo y solidaridad, inscritas en el Registro d'ONGD de las Illes Balears.
Segundo. Objeto y finalidad
El objeto de estas ayudas es la financiación de proyectos que tengan por finalidad contribuir al desarrollo humano y sostenible basado en la equidad de género, orientado a superar las desigualdades globales, el uso insostenible del ecosistema y a garantizar los Derechos Humanos de la población de los países de los territorios del Sur.
Estas subvenciones tienen la razón de ser en la necesidad de contribuir a erradicar la pobreza en los territorios del Sur y, en consecuencia, mejorar las condiciones de vida de la población. Con esta línea de subvenciones, se facilita la participación de la sociedad civil de las Illes Balears en proyectos solidarios.
Tercero. Bases reguladoras
Esta convocatoria se rige por<A[por|para]> el Decreto 15/2018, de 8 de junio, del régimen especial de las ayudas al exterior en materia de cooperación para el desarrollo y solidaridad internacional y del Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo de las Islas Baleares (BOIB núm. 72, de 12 de junio).
Cuarto. Cuantía
El importe máximo que se destina a la convocatoria es de 3.320.000,00 € (tres millones doscientos veinte mil euros), con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024, con la distribución presupuestaria siguiente:
Modalidad A:
Modalidad B:
Esta distribución tiene carácter estimativo y la alteración eventual de las cantidades destinadas por partidas y por modalidad no exige modificar su convocatoria, sin perjuicio de que deba tramitarse el procedimiento presupuestario y contable que corresponda. El importe que no se aplique a una de ambas modalidades permite incrementar la dotación económica de la otra modalidad.
Quinto. Plazo para la presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes, de ambas modalidades, es de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Sexto. Otros datos
La convocatoria, en el punto 5, establece las entidades beneficiarias y requisitos y, en el punto 8, la documentación que se debe presentar.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (20 de febrero de 2024)
La consejera de Familias y Asuntos Sociales Catalina Cirer Adrover