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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SA POBLA

Núm. 108863
Delegación de competencias para llevar a cabo el proceso unificado para la selección de vacantes de policía local del Ayuntamiento de Sa Pobla

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace saber que en sesión ordinaria del Pleno del Ayuntamiento de sa Pobla, celebrada el día 15 de febrero de 2024, con la asistencia de todos los miembros excepto uno y por unanimidad de los presentes en la Sala y mayoría absoluta, entre otros, se ha adoptado el siguiente acuerdo literal:

“APROBACIÓN DE LA PROPUESTA DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS PARA LLEVAR A CABO EL PROCESO UNIFICADO PARA LA SELECCIÓN DE VACANTES DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE SA POBLA

Antecedentes

1. Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 9 de febrero de 2024 de convocatoria para que los ayuntamientos deleguen en la Escuela Balear de Administración Pública las competencias para llevar a cabo el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de la policía local y las plazas de policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local (BOIB número 21 de 13 de febrero de 2024), donde se establece entre otros:

"1. Iniciar el procedimiento de proceso unificado de selección para cubrir las plazas vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de policía local y las plazas de policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local, mediante una convocatoria.

2. Convocar a los ayuntamientos de las Islas Baleares interesados en participar en el proceso unificado para que deleguen en la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, a través de la EBAP, la ejecución de este proceso, de acuerdo con los términos que establece el anexo 1 de esta Resolución

3. Aprobar el modelo de solicitud de participación en este procedimiento según el modelo que establece el anexo 2".

Los ayuntamientos interesados en participar en el proceso unificado disponen hasta el 27 de febrero de 2024 para presentar la solicitud de participación en el procedimiento, de acuerdo con el modelo anexo II y la documentación que se menciona.

2. Informe jurídico del secretario de 15 de febrero de 2024.

Fundamentos de derecho

1. Artículo 188 y 188 Bis del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.

2. Artículo 30 de la Ley 4/2013, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.

3. Artículo 58 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.

4. Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 9 de febrero de 2024 de convocatoria para que los ayuntamientos deleguen en la EBAP las competencias para llevar a cabo el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de la policía local y las plazas de policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local, publicada en el BOIB número 21 de 13 de febrero de 2024.

5. El Ayuntamiento de sa Pobla tiene aprobada la oferta pública de colocación del año 2021 (acuerdo de Junta de Gobierno de 21/12/2021 BOIB número 175, de 23 de diciembre de 2021, y acuerdo de enmienda de errores de 19/5/2022 BOIB número 66, de 21 de mayo de 2022), con una plaza de agente de policía vacante.

6. Artículo 47.2.h) de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local.

7. Disposición adicional tercera de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.

Por todo ello, propongo que el Pleno del Ayuntamiento adopte los siguientes

Acuerdos:

Primero. Ratificar la inclusión de esta propuesta en el orden del día del Ayuntamiento en pleno por vía de urgencia.

Segundo. Delegar en la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, a través de la EBAP, la ejecución del proceso unificado de selección de una vacante de la categoría de policía local del Ayuntamiento de sa Pobla, de acuerdo con los términos que establece el anexo de la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, de 9 de febrero de 2024, de convocatoria para que los ayuntamientos deleguen en la EBAP las competencias para llevar a cabo el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de la policía local y las plazas de policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local, publicada en el BOIB número 21 de 13 de febrero de 2024.

Se delegan las siguientes competencias:

a) Aprobar las bases y la gestión del proceso selectivo, que será único para cada isla. La delegación incluye las competencias para adoptar las resoluciones necesarias para llevar a cabo la convocatoria y aprobar las bases y el proceso selectivo, sin que suponga la alteración de la titularidad de la competencia atribuida a cada ayuntamiento.

b) Llevar a cabo todos los actos materiales y jurídicos que integran el procedimiento de oposición según las bases de la convocatoria y las normas sobre policías locales y función pública aplicables.

Estos actos son, como mínimo, los siguientes:

  • Recibir y gestionar las solicitudes de participación y la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como cobrar las tasas previstas en la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
  • Elaborar las resoluciones de las listas, tanto provisionales como definitivas, de las personas admitidas y excluidas en los procedimientos.
  • Gestionar el operativo necesario para el desarrollo material de los ejercicios.
  • Notificar y publicar los actos administrativos y las resoluciones relacionadas con el proceso selectivo.
  • Determinar la composición del tribunal calificador, nombrar a sus miembros y resolver las posibles recusaciones.
  • Proponer la adjudicación de destinos de los aspirantes que superen la oposición para que el ayuntamiento correspondiente los nombre personal funcionario en prácticas. El resto de actuaciones que sean necesarias para el funcionamiento normal del proceso selectivo, incluidas las resoluciones de reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que, en su caso, se presenten y que deriven de la fase de oposición del proceso selectivo, con la colaboración jurídica del Instituto de Seguridad Pública de las Islas Baleares. La delegación no incluye las reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que se presenten en relación con la fase de prácticas que deberá desarrollarse en cada ayuntamiento.

La delegación no incluye las reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que se presenten en relación con la fase de prácticas que deberá desarrollarse en cada ayuntamiento.

Tercero. Publicar el acuerdo de delegación de competencias en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Cuarto. Notificar este acuerdo, junto con su publicación en el BOIB, a la Escuela Balear de Administración Pública.

Sa Pobla.- El alcalde.- Documento firmado electrónicamente.”

 

Sa Pobla, documento firmado electrónicamente (19 de febrero de 2024)

El alcalde Biel Ferragut Mir