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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 100858
Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 12 de febrero de 2024, relativo a la aprobación de la convocatoria del XX Premio Francesc de Borja Moll de creación de fábulas y leyendas, año 2024 (exp. 1512-2024-000001)

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Texto

Dado que el Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes del Consejo Insular, dentro de su programa de Política Lingüística, está interesado en fomentar el conocimiento de la cultura popular y la creación literaria en lengua catalana entre el alumnado de secundaria y de bachillerato de los centros de enseñanza de la isla, por lo que el Consejo Insular de Menorca creó en su día el Premio Francesc de Borja Moll de creación de cuentos y fábulas;

Vista la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes,

El Consejo Ejecutivo, por unanimidad y en votación ordinaria, adopta los siguientes acuerdos:

Primero. Convocar el XX Premio Francesc de Borja Moll de creación de fábulas y leyendas (año 2024), que se regirá por las bases aprobadas por acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 16 de enero de 2023 y publicadas en el BOIB núm. 13 de 28 de enero de 2023, con las siguientes modalidades:

Estudiantes de ESO

— Modalidad A: Narración escrita

— Modalidad B: Narración a través de un vídeo o una animación de técnica libre (filmación a intervalos, stop-motion, dibujo animado, 3D, etc.).

Estudiantes de bachillerato

— Modalidad C: Narración escrita

— Modalidad D: Narración a través de un vídeo o una animación de técnica libre (filmación a intervalos, stop-motion, dibujo animado, 3D, etc.).

Segundo. Establecer que el plazo para presentar obras a este premio finaliza el 31 de marzo de 2024.

Tercero. Nombrar como miembros del jurado del premio a las siguientes personas:

  • Xavier Patiño, representante de la Sección de Lengua y Literatura del IME

  • Miquel À. Marquès, representante de la Comisión Asesora del Patrimonio Cultural Inmaterial de Menorca

  • Fàtima Anglada, representante de la Red de Bibliotecas de Menorca

  • Daniel Bagur, profesional experto en audiovisuales

  • Miquel Àngel Limón, periodista cultural

  • Eva Florit, técnica del Servicio de Política Lingüística, que actuará como secretaria, con voz y sin voto.

Contra este acuerdo, que no agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno, por delegación del Pleno del Consejo Insular de Menorca (Acuerdo de 31-7-2023, BOIB núm. 109 de 5-8-2023), en el plazo de un mes a partir del día siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

 

Maó, 16 de febrero de 2024

Por delegación del presidente El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-07-2023)