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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 103715
Resolución del consejero de Educación y Universidades del Gobierno de las Illes Balears de modificación de la Resolución del consejero de Educación y Universidades del Gobierno de las Illes Balears de día 16 de enero de 2024 por la cual se publican las plantillas orgánicas y la relación de puestos de trabajo vacantes del cuerpo de maestros

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Texto

Hechos

1. En el BOIB nº 12, de 25 de enero de 2024, se ha publicado la Resolución del consejero de Educación y Universidades del Gobierno de las Illes Balears de 16 de enero de 2024 por la cual se publican las plantillas orgánicas y la relación de puestos de trabajo vacantes del cuerpo de maestros.

El anexo 1 de esta Resolución se refiere a los Centros públicos de educación infantil (EI), de educación primaria (CP), de educación infantil y primaria (CEIP), de educación infantil y primaria integrados con enseñanzas elementales de música (CEIPIEEM) y de educación infantil y primaria integrados con educación secundaria (CEIPIESO), y el anexo 7 está referido a los Equipos específicos.

2. Una vez publicadas las plantillas orgánicas, de acuerdo con el criterio cuarto del anexo de la Resolución del director general de Personal Docente de 11 de octubre de 2023 per la cual se fijan los criterios específicos para establecer las plantillas orgánicas de los centros docentes públicos de enseñanza no universitaria de les Illes Balears para el curso 2024-2025 (BOIB nº 142, de 19 de octubre de 2023), y una vez revisadas por los equipos directivos de los centros educativos se han observado las siguientes circunstancias:

  • Plazas de plantilla orgánica ligadas a especialidades que han perdido su atribución docente en los centros donde se encuentran adscritas estas plazas.

De acuerdo con el criterio tercero del anexo de la Resolución del director general de Personal Docente de 11 de octubre de 2023 per la cual se fijan los criterios específicos para establecer las plantillas orgánicas de los centros docentes públicos de enseñanza no universitaria de les Illes Balears para el curso 2024-2025 (BOIB nº 142, de 19 de octubre de 2023), las plazas que pierden su atribución docente pueden ser amortizadas o reconvertidas en otras especialidades.

3. El 6 de febrero de 2024 se trata en Mesa Sectorial de Educación la propuesta de modificación de la Resolución de 16 de enero de 2024 por la cual se publican las plantillas orgánicas y la relación de puestos de trabajo vacantes del cuerpo de maestros.

4. El 13 de febrero de 2024 el jefe de departamento de Personal Docente emite informe favorable sobre la modificación de las plantillas orgánicas aprobadas por la resolución de día 16 de enero de 2024 por la cual se publican las plantillas orgánicas y la relación de puestos de trabajo vacantes del cuerpo de maestros.

5. El 15 de febrero de 2024, el director general de Personal Docente y Centros Concertados propone la modificación de la Resolución de día 16 de enero de 2024 por la que se publican las plantillas orgánicas y la relación de puestos de trabajo vacantes del cuerpo de maestros.  

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica de educación 2/2006, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, para la cual se modifica la Ley Orgánica de educación (LOMLOE).

2. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears.

3. La Resolución del director general de Personal Docente de 11 de octubre de 2023 por la cual se fijan los criterios específicos para establecer las plantillas orgánicas de los centros docentes públicos de enseñanza no universitaria de las Illes Balears para el curso 2024-2025 (BOIB nº 142, de 19 de octubre).

4. La Resolución del director general de Personal Docente de 20 de octubre de 2023 per la cual se hace pública la convocatoria de concurso de traslados de ámbito autonómico para los funcionarios de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica de educación (BOIB nº 148, de 31 de octubre).

Por todo esto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Modificar los anexos 1 y 7 de la Resolución del consejero de Educación y Universidades del Gobierno de las Illes Balears de 16 de enero de 2024 por la cual se publican las plantillas orgánicas y la relación de puestos de trabajo vacantes del cuerpo de Maestros de la manera siguiente:

Anexo 1. Centros públicos de educación infantil (EI), de educación primaria (CP), de educación infantil y primaria (CEIP), de educación infantil y primaria integrados con enseñanzas elementales de música (CEIPIEEM) y de educación infantil y primaria integrados con educación secundaria (CEIPIESO)

Centro: SANTA EULÀRIA - CEIP SANTO CIRIAC (07005192)

Donde dice:

Función: 0597PT PEDAGOGÍA TERAPÉUTICA (PRIMARIA)

Itinerancia                 Plantilla          Ocupadas

No itinerante             2                                  2

Debe decir:

Función: 0597PT PEDAGOGÍA TERAPÉUTICA (PRIMARIA)

Itinerancia                 Plantilla          Ocupadas

No itinerante             3                                  2

Donde dice:

Función: 0597050 PT A AULAS UECO

Itinerancia                 Plantilla          Ocupadas

No itinerante             1                                  0

Debe decir:

Función: 0597050 PT A AULAS UECO

Itinerancia                 Plantilla          Ocupadas

No itinerante             0                                  0

Anexo 7. Equipos específicos

Centro: IBIZA - EAC IBIZA FORMENTERA (07500385)

Donde dice:

Función: 0597PS PEDAGOGÍA TERAPÉUTICA (PRIMER CICLO De ESO)

Itinerancia                 Plantilla          Ocupadas

No itinerante             1                                  0

Debe decir:

Función: 0597PS PEDAGOGÍA TERAPÉUTICA (PRIMER CICLO De ESO)

Itinerancia                 Plantilla          Ocupadas

No itinerante             0                                  0

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (19 de febrero de 2024)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany