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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 96092
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se excluye a los aspirantes E.B.M, del proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal funcionario del cuerpo auxiliar de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

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Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 16 de septiembre de 2022 se aprobó la convocatoria del proceso de estabilización por concurso-oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre).

2. Mediante sendas Resoluciones de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad del 4 y del 11 de noviembre de 2022 se aprobaron las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas, con expresión de la causa de exclusión, del proceso mencionado.

3. Mediante la Resolución de la consejera Presidencia, Función Pública e Igualdad de 25 de noviembre se aprobaron listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, del proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 155, de 29 de noviembre).

El aspirante E.B.M. consta como persona admitida en el proceso selectivo del cuerpo auxiliar Mallorca, reserva de personas con discapacidad.

4. Dado que E.B.M. no cumple uno de los requisitos establecidos en la base 13.3 de la convocatoria, el tribunal calificador, previa audiencia a la persona interesada, ha acordado, en sesión de 14 de febrero de 2024, proponer su exclusión a la consejera de Presidencia y Administraciones públicas por los motivos que les serán comunicados oportunamente, del cuerpo auxiliar Mallorca, reserva de personas con discapacidad.

Fundamentos de derecho

1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas, y la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.

3. Artículo 19 de la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de cuerpos y escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 49, de 3 de abril de 2007).

4. Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

5. Artículo 29 del Decreto 27/1994, de 11 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

6. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

7. El Decreto 36/2004, de 16 de abril, por el que se regula el acceso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la función pública de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears .

8. La Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 16 de septiembre de 2022 (BOIB número 122 de 17 de septiembre) por la que se aprueba la convocatoria del proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Excluir definitivamente a la persona aspirante E.B.M. del proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal funcionario del cuerpo auxiliar Mallorca, reserva de personas con discapacidad, de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de acuerdo con lo que se dispone a continuación:

LISTAS DEFINITIVAS PERSONAS EXCLUIDAS

CUERPOS GENERALES

CONCURSO OPOSICIÓN CUERPO AUXILIAR MALLORCA RESERVA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

NOMBRE

DNI

MOTIVOS DE EXCLUSIÓN

E.B.M.

***8910*

NO APTO

2. Modificar, en los términos establecidos en el punto anterior, las listas definitivas de admitidos y excluidos del citado proceso, aprobadas por resolución de 25 de noviembre de 2022 (BOIB núm. 155, de 29 de noviembre de 2022).

3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la Sede electrónica www.caib.es y en el Portal del Opositor (http://oposicions.caib.es).

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación, de de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 14 de febrero de 2024)

La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens