Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA
Núm. 89427
Nombramiento de dos funcionarias de carrera de la escala de administración general, subescala auxiliar administrativo/a (C2) del Ayuntamiento de Algaida, por haber superado el proceso selectivo de estabilización mediante el sistema de concurso de méritos
Se hace público que mediante el Decreto de Alcaldía número 2024-0103, de fecha 12 de febrero de 2024, se ha aprobado el nombramiento y adjudicación de puestos de trabajo del personal funcionario de carrera de la escala de administración general, subescala auxiliar, subgrupo C2, con la categoría de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Algaida a las personas aspirantes que han superado el procedimiento selectivo de estabilización mediante el sistema de concurso excepcional. Según lo señala el decreto, que se transcribe a continuación, se publica el texto íntegro:
DECRETO DE ALCALDIA
Considerando los siguientes antecedentes:
Primero.- En fecha 28 de junio de 2022, el Pleno del Ayuntamiento de Algaida acordó encargar al Consell de Mallorca la aprobación de las bases, la convocatoria y la gestión de los procesos de estabilización del empleo temporal del Ayuntamiento de Algaida establecidos por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público y demás normativa concordante.
Segundo.- En fecha 28 de julio de 2022, el Pleno del Consell de Mallorca acordó aceptar expresamente el encargo de gestión del Ayuntamiento de Algaida a favor del Consell de Mallorca, relativo a la aprobación de las bases, la convocatoria y la gestión de los procesos de estabilización del empleo temporal de ayuntamientos y otras entidades locales de Mallorca establecidos por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público y demás normativa concordante, que deriva de la oferta de empleo público correspondiente a la tasa adicional para la estabilización del empleo temporal, aprobada por este Ayuntamiento mediante Decreto de Alcaldía número 2022-0114, de fecha 24 de mayo de 2022, y publicada en el BOIB número 69, de 25 de mayo de 2022.
Tercero.- En el BOIB número 119, de fecha 10 de septiembre de 2022, se publicó el convenio de colaboración entre el Consell Insular de Mallorca y el Ayuntamiento de Algaida, para la convocatoria y gestión de los procesos de estabilización del empleo temporal.
Cuarto.- Mediante Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 30 de noviembre de 2022 (BOIB número 158, de 6 de diciembre de 2022) se aprobó la convocatoria del proceso selectivo mediante el sistema excepcional de concurso de méritos para el ingreso como personal funcionario de la escala de administración general, subescala auxiliar, del subgrupo C2, entre otros, del Ayuntamiento de Algaida.
En esta resolución se convocaron dos plazas de la categoría de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Algaida:
Mediante Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 24 de enero de 2023 (BOIB número 13, de 28 de enero de 2023), se rectificaron los errores y se modificó la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 30 de noviembre de 2022.
Quinto.- Por acuerdo del tribunal calificador competente de este proceso selectivo de estabilización, una vez concluida la revisión y baremación de los méritos de los aspirantes, en fecha 23 de noviembre de 2023 se publicó, en el tablón electrónico de anuncios y en la sede electrónica del Consell Insular de Mallorca, la lista definitiva de puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes, con aplicación de los criterios de desempate y la resolución de las alegaciones formuladas a la lista provisional de puntuaciones, así como el listado de puestos correspondientes a las plazas convocadas, otorgando un plazo de 7 días hábiles para comunicar el orden de preferencia de los puestos ofertados.
Sexto.- De conformidad con el punto 8.8 de las bases específicas de la convocatoria, una vez asignados los puestos de trabajo ofertados, el tribunal debe elevar al consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública la propuesta de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso de méritos, con asignación de puestos de trabajo, desglosada, en su caso, por turnos de acceso.
Séptimo.- En fecha 22 de enero de 2024, el tribunal calificador competente del procedimiento selectivo acordó elevar a la consejera de Hacienda y Función Pública el Acuerdo de la propuesta de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización mediante el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal funcionario en la escala de administración general, subescala auxiliar, clase auxiliar administrativo/a del subgrupo C2, derivado de la oferta de empleo público extraordinaria del Ayuntamiento de Algaida y otros Ayuntamientos, y de asignación de puestos de trabajo, por turno de acceso, de acuerdo con el trámite de manifestación de orden de preferencias efectuado, para su nombramiento como funcionarios de carrera, la cual contiene tantas personas aprobadas como el número de plazas convocadas.
Octavo.- En fecha 23 de enero de 2024, la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca dictó una resolución para aprobar la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo mediante el sistema excepcional de concurso de méritos para el ingreso como personal funcionario de la escala de administración general, subescala auxiliar, clase auxiliar administrativo/a del subgrupo C2 del Ayuntamiento de Algaida, entre otros, con asignación de puestos de trabajo por turnos de acceso.
En fecha 30 de enero de 2024, la consejera de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca dictó una resolución de modificación y corrección de errores de la resolución anterior. Ambas resoluciones fueron publicadas en el BOIB número 16, de 1 de febrero de 2024.
Noveno.- De acuerdo con el punto 9 de las bases específicas del procedimiento, este Ayuntamiento debe dictar la resolución de nombramiento de personal funcionario de carrera, de la escala, subescala, clase y categoría, o especialidad, que corresponda. El plazo para la toma de posesión de la plaza se inicia al día siguiente de la publicación en el BOIB de la resolución de nombramiento y adjudicación del puesto de trabajo, y será de tres días hábiles, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 37 del Decreto 27/1994.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 91.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
2. El artículo 68 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.
3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas..
4. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público..
5. La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública.
6. El artículo 4 del Decreto Ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en la ocupación pública de las Islas Baleares.
7. La Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca, de 30 de noviembre de 2022 (BOIB número 158, de 6 de diciembre de 2022), por la que se aprueban la convocatoria y bases específicas del proceso selectivo de estabilización mediante el sistema excepcional de concurso de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de las escalas, subescalas, clases y categorías (o especialidades) de administración general y especial de los subgrupos A1, A2, C1, C2 y grupo AP derivada de la oferta de empleo público extraordinaria de los Ayuntamientos de Alcúdia, Algaida, Andratx, Artà, Binissalem, Búger, Capdepera, Consell, Esporles, Estellencs, Felanitx, Inca, Lloseta, Manacor, Pollença, Porreres, Puigpunyent, Santa Maria del Camí, Sa Pobla, Sencelles, Ses Salines, Son Servera y Valldemossa; modificada por la Resolución de modificación y corrección de errores, de 24 de enero de 2023 (BOIB número 13, de 28 de enero de 2023).
En atención a lo anterior, de acuerdo con lo dispuesto en la base 9 de la convocatoria del proceso de estabilización (BOIB número 158, de 6 de diciembre de 2022) y la resolución dictada por la consejera de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca en fecha 23 de enero de 2024, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO
PRIMERO.- NOMBRAR personal funcionario de carrera de la escala de administración general, subescala auxiliar, clase auxiliar administrativo del subgrupo C2, con la categoría de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Algaida, a las siguientes personas aspirantes que han superado el procedimiento selectivo de estabilización mediante el sistema de concurso excepcional para la convocatoria de estas plazas:
APELLIDOS Y NOMBRE |
DNI |
ROCA CORTÉS, ISABEL MARIA |
43****72Q |
LLABRÉS RAMIS, MARIA MAGDALENA |
34****50G |
SEGUNDO.- ADJUDICAR los puestos de trabajo correspondientes a Auxiliar Administrativo a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización mediante el sistema de concurso excepcional:
APELLIDOS Y NOMBRE |
NOMBRE LUGAR |
UNIDAD |
SUBGRUPO |
TIPO DE ADSCRIPCIÓN |
ROCA CORTÉS, ISABEL MARIA |
Jefe del negociado de Urbanismo y Territorio |
NEGOCIADO DE URBANISMO Y TERRITORIO |
C2 |
Definitiva |
LLABRÉS RAMIS, MARIA MAGDALENA |
Jefe del negociado del registro-inf. Pública y Apoyo Juzgado de Paz |
NEGOCIADO DE REGISTRO-INFORMACIÓN PÚBLICA Y SOPORTE JUZGADO DE PAZ |
C2 |
Definitiva |
TERCERO.- ORDENAR la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a los efectos oportunos. Las personas nombradas dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación, para efectuar la toma de posesión.
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado el acto notificado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Así lo ordena y firma la alcaldesa, Margalida Fullana Arrom, en la fecha de la firma electrónica que consta en este documento. Y yo, Maria Antònia Palou Rosselló, en calidad de secretaria accidental, lo firmo únicamente a efectos de certificar la fecha y que la firma se ha realizado mediante identificación digital, sin que me haga responsable de su contenido.
Algaida, 13 de febrero de 2024 (firmado electrónicamente)
La alcaldesa Margarita Fullana Arrom