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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES

Núm. 88694
Extracto de la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se convocan ayudas a los clubes deportivos de las Islas Baleares con equipos de deportes individuales y colectivos que participen en competiciones de categoría nacional

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS: 743347

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo se puede consultar en la base de datos nacional de subvenciones.

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

1. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones los clubes deportivos y las secciones deportivas de entidades no deportivas regulados por el título V, capítulos I y II, de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Islas Baleares, y por el Decreto 147/1997, de 21 de noviembre, por el que se regulan la constitución y el funcionamiento de los clubes deportivos, modificado por el Decreto 214/1999, de 1 de octubre, inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares, que participen en competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos.

2. Finalidad

Apoyar a los clubes deportivos de Baleares con equipos de deportes individuales y colectivos que participen en competiciones de categoría nacional.

3. Bases reguladoras:

Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 12 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de deportes. (BOIB núm. 23, de 18 de febrero).

4. Importe:

La dotación de la convocatoria es de 1.670.000,00 euros.

5. Plazo de presentación de solicitudes:

5.1 Ayudas para gastos relativos a los traslados a la península, Islas Canarias, Ceuta y Melilla y manutención y locomoción de los deportistas y del equipo técnico, entrenamientos y gastos y tasas a federaciones deportivas de arbitrajes, licencias y mutualidades de los deportistas y técnicos efectivamente pagadas durante el periodo comprendido entre el 1 de agosto de 2023 y el 15 de agosto de 2024: dentro del plazo comprendido entre el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOIB y día 16 de agosto de 2024 (incluido).

 

Palma, a fecha de firma digital (12 de febrero de 2024)

El consejero de Turismo, Cultura y Deportes Jaume Bauza Mayol