Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 87891
Plantilla de personal directivo del Consell Insular de Formentera para el mandato 2023-2027
Se hace público que la Junta de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en fecha 26 de enero de 2024, ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo:
“13. Secretaría
PRP2024/78 Propuesta sobre cargos directivos del Consell Insular de Formentera para el mandato 2023-2027
Vista la propuesta formulada en el presente expediente, del tenor literal siguiente, que ha formulado el Sr. Córdoba Marí, Presidente y Conseller competente, y así lo defiende
“Plantilla de personal directivo del Consell Insular de Formentera para el mandato 2023-2027.
Vista la Ley 4/2022, de 28 de julio, de consells insulars, que regula en los artículos 34 a 38 los órganos directivos de los Consells Insulars, sometidos a los órganos electos, con el antecedente descriptivo de los artículos 13 y 14: en el artículo 34, las Disposiciones generales, que se remite al artículo 37 y al artículo 21.1.d) (sobre competencia del Presidente y que éste, a su vez, se remite al artículo 28.1.k), sobre eventual competencia del Consell Executiu o Junta de Gobierno, en su caso); en el artículo 35, los Secretarios Técnicos; en el artículo 36, los Directores Insulares; en el artículo 37, el Nombramiento de los titulares de los órganos directivos y en el artículo 38, el Régimen retributivo.
En atención a que el citado artículo 28.1.k) de la citada Ley de consells insulars determina explícitamente la competencia del Consell Executiu, en el caso de Formentera la Junta de Gobierno, según dispone el artículo 132.2 de la Ley y su régimen especial; precepto, el primero, que establece, que corresponde a la Junta de Gobierno el nombramiento y separación de las personas titulares de los órganos directivos, si así lo determina el reglamento orgánico.
Visto que, por ahora, en Formentera no contamos con un reglamento orgánico adaptado a la Ley de consells insulars, si bien el ROC existente (publicado en el BOIB núm. 61, de 22 de abril de 2010) prevé la figura de la Gerencia, en el artículo 153; las Direcciones del Consell en el artículo 154 y el Procedimiento de creación de las Direcciones del Consell, en el artículo 155 (con carácter general viene descrito todo en los artículos 152 a 159, con la rúbrica De los órganos directivos), y que se aplica conforme a la disposición transitoria cuarta de la Ley de consells insulars, en todo lo que no se oponga a la nueva Ley, se considera que es plausible que la Junta de Gobierno adopte el acuerdo consistente en determinar la plantilla de personal directivo del Consell Insular para el mandato 2023-2027, en el bien entendido de que, además, en el artículo 133.2 de la Ley de consells insulars se prevé la posibilidad de nombrar titulares de Direcciones Insulares, para la gestión de las diversas áreas de la acción de gobierno, que tanto si forman parte de un departamento como si no, dependan del Presidente o de un Conseller miembro de la Junta de Gobierno.
Vistos los Presupuestos de esta entidad para el año 2024 (BOIB núm. 12, de 25 de enero de 2024), en relación con la existencia de consignación presupuestaria suficiente para hacer frente a la asignación que comporta el nombramiento, como personal directivo en los siguientes ámbitos, y con estos nombres:
Por todo ello, elevó a la Junta de Gobierno la siguiente propuesta de acuerdo:
1º.- Determinar los cargos directivos e incorporarlos a la plantilla y a la relación de puestos de trabajo (catálogo de puestos de trabajo) del Consell Insular para el mandato 2023-2027, de la siguiente forma:
Número Denominación Retribución bruta anual (14 pagas)
1 Dirección insular de Litoral 43.911,00€
1 Dirección insular de Gestión Ambiental y Movilidad 43.911,00€
1 Dirección insular de Turismo 43.911,00€
2º.- Dar cuenta al Pleno del Consell Insular en la primera sesión que se celebre.
3º.- Disponer la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el tablón de anuncios y en el tablón de anuncios virtual de este Consell Insular de Formentera.
Formentera, con fecha de la firma electrónica
El presidente, Con la conformidad del secretario habilitado nacional
Lorenzo Córdoba Marino Ángel Custodio Navarro Sánchez.”
La Junta de Gobierno, en ejercicio de sus competencias [artículos 130.2, 132 (en relación con el artículo 28) y 134 de la Ley 4/2022, 28 de junio, de consells insulars], sobre la base de lo propuesto (que conforme a los artículos 35 y 88.3 y 6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas supone la motivación de este acto), adopta, por unanimidad, lo siguiente
ACUERDO
ÚNICO. Aprobar la propuesta transcrita que se da aquí por reproducida.”
Formentera, con fecha de la firma electrónica.
El secretario habilitado nacional,
Ángel Custodio Navarro Sánchez.”
Lo que se publica, para general conocimiento, y conforme a la normativa de consells insulars.
Formentera, 9 de febrero de 2024
El presidente Lorenzo Córdoba Marí