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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 87064
Resolución de la directora general de Industria y Polígonos Industriales, a propuesta del jefe del Servicio de la UDIT, ITV y Registro Industrial, por la cual se establecen las tarifas que deben percibir en el 2024 los laboratorios autorizados y el laboratorio oficial de les Illes Balears para el análisis y el contraste de objetos fabricados con metales preciosos

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Texto

El día 5 de febrero de 2024, el jefe del Servicio de la UDIT, ITV y Registro Industrial ha formulado la prepuesta de resolución siguiente:

Hechos

1. Las tarifas vigentes en el año 2023 que percibieron los laboratorios autorizados y el laboratorio oficial de les Illes Balears para el análisis y el contraste de objetos fabricados con metales preciosos fueron las aprobadas mediante la Resolución del director general de Política Industrial publicada en el BOIB número 62, de 3 de mayo de 2023, fascículo 132, Sección III, pág 26247, con corrección de errores publicada en 13 de junio de 2023, fascículo 125, Sección III, pág. 34837.

2. El artículo 8 del Decreto 86/2009, d'1 de julio, que despliega el Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos, establece que es necesario actualizar anualmente estas tarifas.

3. El articulo 40 de la Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears para el año 2024, establece que las cuotas fijas de las tasas de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears establecidas por normas de rango legal deben mantenerse en la misma cuantía vigente para el año 2023.

Consideraciones jurídicas

1. La Ley 17/1985, de 1 de julio, sobre objetos fabricados con metales preciosos.

2. El Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos .

3. El Decreto 86/2009, de 27 de noviembre, que despliega el Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos.

4. La Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears para el año 2024.

5. Se propone, por tanto, no incrementar les tarifes a percibir por los laboratorios en sus labores de análisis y contraste en relación a las del año 2023.

Propuesta de resolución       

Propongo a la directora general de Industria y Polígonos Industriales que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Aprobar las tarifes que constan en el Anexo I como tarifas a percibir por los laboratorios autorizados y el laboratorio oficial de les Illes Balears para el análisis y el contraste de objetos fabricados con metales preciosos.

2. Incluir en la resolución la lista de laboratorios autorizados para el análisis y el contraste de objetos fabricados con metales preciosos, así como el laboratorio oficial de les Illes Balears, con tal de cumplir el artículo 21 del Decreto 86/2009, según el Anexo II de esta propuesta.

3. Publicar la resolución en el Boletín oficial de les Illes Balears.

 

ANEXO I

Tarifas a aplicar por los laboratorios autoritarios para el análisis y el contraste de objetos fabricados con metales preciosos, correspondientes al año 2024

Las tarifas se componen de tres términos: uno fijo, destinado a compensar el coste del análisis, uno variable, que depende del peso del metal que se pretende contrastar, y uno de manipulación, que se aplica en función del número de piezas del lote.

Oro

Término fijo:

30 €/análisis

 

Término variable:

0,17 €/g

 

Término manipulación:

0,04 €/pieza

Plata

Término fijo:

12 €/análisis

 

Término variable:

0,07 €/g

 

Término manipulación:

0,04 €/pieza

Platino

Término fijo:

60,26 €/análisis

 

Término variable:

0,17 €/g

 

Término manipulación:

0,02 €/pieza

Tarifas que tiene que aplicar el laboratorio oficial para el análisis y la contrastación de objetos fabricados con metales preciosos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, correspondientes en 2024

Servicios de asistencia a laboratorios y empresas

Coste unitario en euros

Evaluación inicial del laboratorio

751,13

Informe de evaluación del sistema de gestión de la calidad de los laboratorios

751,13

Ensayo intercomparativo de las aleaciones utilizadas en la fabricación de los objetos de metales preciosos (para cada uno de los metales)

268,26

Asesoramiento a laboratorios

32,19 €/hora

Asesoramiento a productores o importadores

32,19 €/hora

Servicios de asistencia a la intervención

Coste unitario en euros/muestra

Análisis de plata

25,93

Análisis de oro

69,94

Análisis de platino

103,34

 

ANEXO II

Laboratorios autorizados para el análisis y el contraste de objetos fabricados con metales preciosos

1. GREMIO DE JOYEROS Y RELOJEROS DE LES BALEARS (Quimiotest)

Código de laboratorio: B-3

Gran Vía Asima, 29

07009 Palma

971432229

 

2. INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA BISUTERIA

Código de laboratorio: B-2

C/ Artrutx, 3 –POIMA-

07714 Maó

971361802

 

Laboratorio oficial de les Illes Balears para el análisis y el contraste de objetos fabricados con metales preciosos

 

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA BISUTERÍA

C/ Artrutx, 3 –POIMA-

07714 Maó

971361802

Por ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes, contador desde el día siguiente a la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, contador desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, en la fecha de firma electrónica (5 de febrero de 2024)

La directora general de Industria y Polígonos Industriales Ingrid Liliana de la Fuente Loof Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB núm. 103, de 22/07/2023)

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