Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 87064
Resolución de la directora general de Industria y Polígonos Industriales, a propuesta del jefe del Servicio de la UDIT, ITV y Registro Industrial, por la cual se establecen las tarifas que deben percibir en el 2024 los laboratorios autorizados y el laboratorio oficial de les Illes Balears para el análisis y el contraste de objetos fabricados con metales preciosos
El día 5 de febrero de 2024, el jefe del Servicio de la UDIT, ITV y Registro Industrial ha formulado la prepuesta de resolución siguiente:
Hechos
1. Las tarifas vigentes en el año 2023 que percibieron los laboratorios autorizados y el laboratorio oficial de les Illes Balears para el análisis y el contraste de objetos fabricados con metales preciosos fueron las aprobadas mediante la Resolución del director general de Política Industrial publicada en el BOIB número 62, de 3 de mayo de 2023, fascículo 132, Sección III, pág 26247, con corrección de errores publicada en 13 de junio de 2023, fascículo 125, Sección III, pág. 34837.
2. El artículo 8 del Decreto 86/2009, d'1 de julio, que despliega el Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos, establece que es necesario actualizar anualmente estas tarifas.
3. El articulo 40 de la Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears para el año 2024, establece que las cuotas fijas de las tasas de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears establecidas por normas de rango legal deben mantenerse en la misma cuantía vigente para el año 2023.
Consideraciones jurídicas
1. La Ley 17/1985, de 1 de julio, sobre objetos fabricados con metales preciosos.
2. El Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos .
3. El Decreto 86/2009, de 27 de noviembre, que despliega el Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos.
4. La Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears para el año 2024.
5. Se propone, por tanto, no incrementar les tarifes a percibir por los laboratorios en sus labores de análisis y contraste en relación a las del año 2023.
Propuesta de resolución
Propongo a la directora general de Industria y Polígonos Industriales que dicte una resolución en los términos siguientes:
1. Aprobar las tarifes que constan en el Anexo I como tarifas a percibir por los laboratorios autorizados y el laboratorio oficial de les Illes Balears para el análisis y el contraste de objetos fabricados con metales preciosos.
2. Incluir en la resolución la lista de laboratorios autorizados para el análisis y el contraste de objetos fabricados con metales preciosos, así como el laboratorio oficial de les Illes Balears, con tal de cumplir el artículo 21 del Decreto 86/2009, según el Anexo II de esta propuesta.
3. Publicar la resolución en el Boletín oficial de les Illes Balears.
ANEXO I
Tarifas a aplicar por los laboratorios autoritarios para el análisis y el contraste de objetos fabricados con metales preciosos, correspondientes al año 2024
Las tarifas se componen de tres términos: uno fijo, destinado a compensar el coste del análisis, uno variable, que depende del peso del metal que se pretende contrastar, y uno de manipulación, que se aplica en función del número de piezas del lote.
Oro |
Término fijo: |
30 €/análisis |
---|---|---|
|
Término variable: |
0,17 €/g |
|
Término manipulación: |
0,04 €/pieza |
Plata |
Término fijo: |
12 €/análisis |
|
Término variable: |
0,07 €/g |
|
Término manipulación: |
0,04 €/pieza |
Platino |
Término fijo: |
60,26 €/análisis |
|
Término variable: |
0,17 €/g |
|
Término manipulación: |
0,02 €/pieza |
Tarifas que tiene que aplicar el laboratorio oficial para el análisis y la contrastación de objetos fabricados con metales preciosos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, correspondientes en 2024
Servicios de asistencia a laboratorios y empresas |
Coste unitario en euros |
---|---|
Evaluación inicial del laboratorio |
751,13 |
Informe de evaluación del sistema de gestión de la calidad de los laboratorios |
751,13 |
Ensayo intercomparativo de las aleaciones utilizadas en la fabricación de los objetos de metales preciosos (para cada uno de los metales) |
268,26 |
Asesoramiento a laboratorios |
32,19 €/hora |
Asesoramiento a productores o importadores |
32,19 €/hora |
Servicios de asistencia a la intervención |
Coste unitario en euros/muestra |
Análisis de plata |
25,93 |
Análisis de oro |
69,94 |
Análisis de platino |
103,34 |
ANEXO II
Laboratorios autorizados para el análisis y el contraste de objetos fabricados con metales preciosos
1. GREMIO DE JOYEROS Y RELOJEROS DE LES BALEARS (Quimiotest)
Código de laboratorio: B-3
Gran Vía Asima, 29
07009 Palma
971432229
2. INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA BISUTERIA
Código de laboratorio: B-2
C/ Artrutx, 3 –POIMA-
07714 Maó
971361802
Laboratorio oficial de les Illes Balears para el análisis y el contraste de objetos fabricados con metales preciosos
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA BISUTERÍA
C/ Artrutx, 3 –POIMA-
07714 Maó
971361802
Por ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes, contador desde el día siguiente a la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, contador desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, en la fecha de firma electrónica (5 de febrero de 2024)
La directora general de Industria y Polígonos Industriales Ingrid Liliana de la Fuente Loof Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB núm. 103, de 22/07/2023)
El jefe de sevicio que propone Facundo Abramo Carrá