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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 86904
Encargo de gestión directa y eventual del Consejo Insular de Ibiza a un medio propio personificado Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa SAU, (FECOEV), para llevar a cabo la producción técnica del Encuentro de Corales 2024

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Texto

De conformidad con lo establecido en el artículo 11.3 a de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y el artículo 8.1.b de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, a continuación se hace público el encargo de gestión directa y eventual del Consejo de Ibiza a un medio propio personificado para llevar a cabo la producción técnica de la TROBADA DE CORALS 2024 aprobado por acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Ibiza, de fecha 19 de enero de 2024, siguiente:

Que en la reunión ordinaria de fecha 19 de enero de 2024 del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Ibiza, se ha aprobado la siguiente propuesta:

“(…)

Propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio al Consejo Ejecutivo en relación al encargo de la gestión directa y eventual del Consejo Insular de Ibiza a un medio propio personificado (Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa S.A.U. (FECOEV)) para llevar a cabo la producción técnica de la TROBADA DE CORALS 2024. Exp. 2023/00020648K

Habiéndose presentado una propuesta del tenor siguiente:

"Es voluntad del Consejo Insular de Ibiza, a través de su Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, fomentar todas aquellas iniciativas que permiten, a los habitantes de la isla acceder a la cultura en las diversas manifestaciones que esta se puede dar.

Con fecha 25-10-2023 se incoó el expediente para la oportuna realización del TROBADA DE CORALS 2024, que se celebrará en el Recinto Ferial de Ibiza, carretera de Ibiza a Sant Antoni, Km 1. 07800 Ibiza, el día 21 de enero de 2024 a las 18.00 horas, y que forma parte de la programación cultural del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio para el año 2024.

La Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de depósito legal de libros y de deportes, establece que los consejos insulares asumirán varias competencias en materia de cultura, entre las cuales se encuentra el fomento de la música y la danza, la organización y promoción de manifestaciones musicales y el desarrollo de festivales.

El Decreto de Presidencia n.º 2023000467, de 28/06/2023 de estructura del Gobierno del Consejo Insular de Ibiza y creación de Departamentos (BOIB n.º 88, de 29-06-2023) prevé que el Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio comprende "la actividad competencial propia de los consejos insulares en relación con las materias de cultura, actividades artísticas, educación, promoción y animación sociocultural, museos, archivos, bibliotecas, depósito legal de libros, normalización lingüística y patrimonio cultural, histórico y monumental. (…)"

Este encuentro de corales coincide con la conmemoración del 20.º aniversario del Cor des Pla de Jesús y se quiere aprovechar el acontecimiento para celebrar esta efeméride y a la vez dar difusión en la música coral, como una manifestación artística con un importante elemento de cohesión social y cultural, tanto para los que toman parte, como para los que lo escuchan. Es por eso que el Consejo Insular de Ibiza, a través de su Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, tiene la obligación de promover y acercar a toda la ciudadanía de la isla de Ibiza cualquier manifestación artística.

Un acontecimiento de este estilo, donde se reunirán unos 500 intérpretes, entre coristas, músicos y directores y directoras (de las veintiuna corales participantes) requiere un lugar adecuado, además de contar con los profesionales que pueden llevar a cabo el encuentro con éxito; con lo cual es necesario contar con empresas especializadas en la realización de espectáculos y en los trabajos de adecuación y acondicionamiento de las infraestructuras necesarias, puesto que se tiene que tener en cuenta que el Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio no cuenta con los medios técnicos y humanos idóneos para llevarlo a cabo, siendo imprescindible encomendar estos trabajos a agentes externos.

Visto el artículo 11.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, que establece que la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las entidades de derecho público podrá ser encomendada a otros órganos o entidades de derecho público de la misma o de distinta Administración, siempre que entre sus competencias estén estas actividades, por razones de eficacia o cuando no se disponga de los medios técnicos idóneos para su ejercicio, y el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de contratos del sector público. Dado que el Consejo Insular de Ibiza no cuenta con medios suficientes para llevar a cabo la producción técnica de la TROBADA DE CORALS 2024.

Considerando que Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa SAU (FECOEV) es una sociedad mercantil de capital público del Consejo Insular de Ibiza, y de acuerdo con el art. 1 bis de sus estatutos tiene “la condición de medio propio del Consejo insular de Ibiza (...)”. Así mismo, el art. 1.2 establece que “El Consejo insular de Ibiza podrá encargar a la sociedad la ejecución de cualquier actuación material relacionada con el objeto social mencionado en el artículo 2 de los Estatutos (...)”, el cual dispone que,

“Constituye el objeto de la sociedad:

1. La realización de las actividades precisas para planificar, proyectar, coordinar y gestionar con las administraciones públicas, empresas y particulares las siguientes áreas de trabajo:

a. Coordinación, impulso y dirección técnica y facultativa de los procesos de re-conversión y ordenación de actividades para impulsar la inversión y fomentar la actividad económica pública y privada.

b. Coordinación, orientación y evaluación de programas y servicios de ordenación y de re-conversión turística.

2. Las actividades inherentes en un centro integrado de servicios relacionados con la promoción económica, social y cultural de la isla de Ibiza intermediando:

a) La gestión integral de acontecimientos relacionados con la promoción económica, turística, social, deportiva y cultural, tanto de cariz público como privado (...)”.

El Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Ibiza, en sesión celebrada el día 13 de mayo de 2013, dictó una instrucción en relación a la aprobación del procedimiento de tramitación y ejecución de los encargos de gestión del Consejo Insular de Ibiza a sus medios propios.

Así mismo, el encargo tiene que cumplir el establecido en el Acuerdo de fiscalización limitada previa para la adaptación de los requisitos adicionales previstos en el acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de mayo de 2008, modificado el 7 de julio de 2011, y el 20 de julio de 2018, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos, adoptado por el Pleno del Consejo Insular de Ibiza en sesión de fecha 29-11-2018, en relación a los expedientes de encargos de gestión.

Visto que con la operación contable n.º 2/2024000000130 realizada con fecha 12-01-2024 a la aplicación presupuestaria 3340 2279900 del ejercicio presupuestario del año 2024, por importe total de 85.454,70 € se ha dotado de crédito suficiente y adecuado para atender el gasto del encargo de gestión directa y eventual para llevar a cabo la prestación de diferentes servicios vinculados con la producción técnica de la TROBADA DE CORALS 2024.

En fecha 12-01-2024 se emite memoria técnica (con CSV n.º 15250327317554340710) donde se concretan tanto las características de los trabajos que se tienen que encargar, como la justificación, los plazos, el presupuesto, las formas de pago, la posibilidad de modificaciones y prórrogas, etc.

Visto el informe técnico favorable, de fecha 12-01-2024 (CSV n.º 15250327024705130464) sobre los criterios económicos y de eficacia que justifican que se encargue a Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa SAU (FECOEV) la realización de las acciones previstas y necesarias para llevar a cabo la prestación de diferentes servicios vinculados con la producción técnica de la TROBADA DE CORALS 2024, que informa que se cumple con el que establece el artículo 32.2 b) de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de contratos del sector público, sobre que más del 80% de las actividades de FECOEV se hacen por encargo del Consejo Insular de Ibiza, que es la entidad que controla directamente su actividad; y que prevé la posibilidad que el medio propio contrate prestaciones parciales con terceros, que el importe de estas prestaciones no excede del 50% de la cuantía del encargo, con las excepciones previstas en el artículo 32.7 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

Visto el informe de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de fecha 12-01-2024 (CSV n.º 15250327544726007710) en relación con los gastos vinculados al mencionado encargo.

Así mismo, visto el informe jurídico favorable de 12-01-2024 (CSV n.º 15250327733124660507) en relación al encargo de la gestión directa y eventual del Consejo Insular de Ibiza a un medio propio personificado (Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa S.A.U., FECOEV) para llevar a cabo la prestación de diferentes servicios vinculados con la producción técnica de la TROBADA DE CORALS 2024, con el visto y aprobado del secretario general de esta Corporación.

En fecha 12-01-2024 se emitió el informe propuesta del jefe de sección del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio (CSV: 15250326522740541630), favorable a la aprobación de esta encomienda de gestión.

De conformidad con el artículo 28 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en cuanto a la competencia para aprobar el encargo de gestión a un medio propio personificado, corresponden al consejo ejecutivo: (…) h) Ejercer las competencias de órgano de contratación en todo tipo de contratos en los mismos casos que la legislación de contratos del sector público prevé para la Junta de Gobierno Local en los municipios de gran población, sin perjuicio del que pueda prever el reglamento orgánico. (…) En este sentido el apartado cuarto de la disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público, dispone que (…) 4. En los municipios de gran población a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, las competencias del órgano de contratación que se describen en los apartados anteriores se ejercerán por la Junta de Gobierno Local, cualquiera que sea el importe del contrato o la duración del mismo, siendo el Pleno el competente para aprobar los pliegos de cláusulas administrativas generales. Es por eso que de la valoración conjunta de ambas preceptos se concluye que corresponde al Consejo Ejecutivo la aprobación de este encargo de gestión.

En virtud de todo el anterior, con carácter previo a la emisión del correspondiente informe de fiscalización previo, preceptivo y necesario de la Intervención de la Corporación, y para el caso que el informe mencionado sea favorable y de conformidad, en conformidad con el artículo 72.d del Reglamento orgánico del Consejo Insular de Ibiza (publicado al BOIB n.º 136, de 18-09-10; corrección al BOIB n.º 148, de 14-10-10; modificación BOIB n.º 48, de 16-04-16), elevo al Consejo Ejecutivo la siguiente

PROPUESTA DE ACUERDO

1. APROBAR el encargo de la gestión directa y eventual del Consejo Insular de Ibiza a un medio propio personificado, Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa SAU (FECOEV), con NIF A07837602, para llevar a cabo, la prestación de diferentes servicios vinculados con la producción técnica de la TROBADA DE CORALS 2024, que se celebrará en el Recinto Ferial de Ibiza, carretera de Ibiza a Sant Antoni, Km 1. 07800 Ibiza, el día 21 de enero de 2024 a las 18.00 horas, y que forma parte de la programación cultural del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio por el año 2024, con un importe máximo de 85.454,70 € en los términos establecidos a la memoria técnica siguiente:

MEMORIA TÉCNICA en relación con el encargo de la gestión directa y eventual del Consejo Insular de Ibiza a un medio propio personificado (Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa S.A.U. (FECOEV)) para llevar a cabo la producción técnica de la TROBADA DE CORALS 2024

1. Objeto

El Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio del Consejo Insular de Ibiza, dentro del marco de sus competencias y como parte de su programación cultural para el año 2024, tiene previsto llevar a cabo el día 21 de enero de 2024 al Recinto Ferial de Ibiza, un encuentro de corales, que coincide con la conmemoración del 20.º cumpleaños del Cor des Pla de Jesús.

El lugar de celebración de este Encuentro, será el Recinto Ferial de Ibiza, carretera de Ibiza a Sant Antoni, Km. 1. 07800 Ibiza.

El objeto de este encargo es la producción técnica de la TROBADA DE CORALS 2024, que incluye el siguiente:

1. Llevar a cabo las actuaciones que son objeto del encargo de gestión para la producción técnica de la TROBADA DE CORALS 2024 y que se detallan a continuación:

- Uso de la nave del Recinto Ferial durante 3 días (montaje y ensayos, acontecimiento y desmontaje).

- Uso de la carpa del Recinto Ferial como parquin por autoridades durante 1 día

- Consumo energético durante el día del acontecimiento

- Suministro de módulos de escenario y montaje de escenario de 16x10 m con escalones, barandillas, escala posterior, rampas laterales y faldón frontal y lateral.

- Equipación técnica de sonido y luz básicos (propios de FECOEV)

- Otra equipación técnica específica acontecimiento: 15 micrófonos de pie y 2 por instrumentos de cuerda; pantalla LED (6x3 m); piano; técnicos de luz y sonido.

- 4 camerinos

- Cortinaje absorción sonido

- 1.800 sillas (1.500 para el público y 300 para los componentes de los corazones participantes)

- Servicio de limpieza (previa, durante el día del acontecimiento y posterior)

- Personal de montaje y desmontaje y mantenimiento (incluye apoyo el día del acontecimiento)

- Diseño gráfico de la imagen para cartel, programas, entradas y lona: recopilación de información, diseño y aplicación a apoyos

- Imprenta (2.000 programas, 1.300 entradas y 1 lona)

- Asistencia para el control de sala y para el control de entradas

- Suministro de agua para los cantantes de las corales participantes y para los parlamentos de las autoridades

- Gastos por el pago de los derechos de autor de las obras interpretadas (SGAE)

- Servicio de seguridad (director/a de seguridad, vigilantes y auxiliares)

- Suministro de un baño portátil para el backstage

- Servicio de enfermería durante el acontecimiento

- Asistencia técnica de un/a ingeniero/a por ampliación de aforo y modificación de uso de los espacios

- Coordinación acontecimiento (preparación, ejecución y liquidación)

2. Cumplir lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la cual se trasponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Igualmente, para la realización de todas las actividades incluidas en este encargo, estará obligada al cumplimiento de la Ley 7/2014, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades de las Islas Baleares.

3. Cumplir el establecido a la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, todo su desarrollo normativo y disposiciones relacionadas, así como a la contratación de los seguros que correspondan.

4. Poner a disposición de las personas usuarias, a la recepción del recinto, hojas de reclamación y quejas.

2. Medio propio destinatario del encargo

La empresa pública Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa SAU (en lo sucesivo FECOEV), con NIF: A-07837602, es una entidad mercantil de capital público del Consejo Insular de Ibiza, que tiene como objeto, entre otros, la realización de las actividades precisas para planificar, proyectar, coordinar y gestionar con las administraciones públicas las actividades inherentes en un centro integrado de servicios relacionados con la promoción económica, social y cultural mediante la gestión integral de acontecimientos relacionados con la promoción cultural.

Esta entidad tendrá la condición de medio propio del Consejo Insular de Ibiza siempre que se cumplan las condiciones previstas al apartado tercero del artículo 1 de sus Estatutos, y en virtud de este precepto es la entidad que ha realizado total o parcialmente los trabajos de realización y producción, junto con el Consejo Insular, de diferentes acontecimientos parecidos a este encuentro (Festival Nits de Tanit, Diverespai, Pasarela Moda Ad-lib, castillo de fuegos artificiales Festes de la Terra...) por lo cual, su personal es conocedor de las acciones necesarias para llevarlo a cabo.

Visto que la mencionada empresa pública dispone de medios para poder ejecutar estas acciones de producción técnica del Encuentro de Corales y, teniendo en cuenta que el Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio no cuenta con los medios técnicos y humanos idóneos para llevarlo a cabo.

En conformidad con la instrucción de Secretaría del Consejo Insular, aprobada por el Consejo Ejecutivo en fecha 13-05-2013, el Consejo Insular puede encargar a FECOEV directamente la realización de actividades de su competencia por razones de eficacia. Así mismo, el presente encargo cumple lo establecido en el Acuerdo de fiscalización limitada previa para la adaptación de los requisitos adicionales previstos en el acuerdo del Consejo de Ministros de 30-05-2008, (modificaciones 7-07-2011 y 2-08-2018) y en el Acuerdo de fecha 20-07-2018, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos, adoptado por el Pleno del Consejo Insular de Ibiza en sesión de fecha 29-11-2018, en relación a los expedientes de encargos de gestión.

Es por todo lo anterior que el Consejo Insular de Ibiza, mediante el Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, propone que se encargue a FECOEV la realización de las acciones previstas y necesarias para llevar a cabo la producción técnica de la Trobada de Corals 2024.

3. Justificación y necesidad

El Consejo Insular de Ibiza tiene competencias propias en materia de cultura, actividades artísticas y culturales, fomento y difusión de la creación y producción teatral, musical, cinematográfica y audiovisual, literaria, de danza y artes combinadas, promoción y animación sociocultural, de conformidad con el artículo 70.18 del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares, que ejerce desde que fue transferida la competencia mediante la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de depósito legal de libros y de deportes (BOCAIB n.º 159, de 29-12-1994).

La mencionada Ley 6/1994, de 13 de diciembre, establece en su artículo 3 que los consejos insulares asumirán las competencias relacionadas en el Real Decreto 3040/1983, de 5 de octubre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado en la comunidad autónoma de las Islas Baleares en materia de cultura (BOE n.º 295, de 10-12-1983), entre las que se encuentra el fomento de la música y la danza, la organización y promoción de manifestaciones musicales y el desarrollo de festivales.

 

Mediante la agrupación coral (coros o corales) un conjunto de personas interpretan piezas de música vocal de manera coordinada y dirigida, convirtiéndose en un intérprete colectivo para obras que requieren la intervención de voz polifónica. De este modo el canto coral acontece una manifestación musical más y se convierte, al igual que otras manifestaciones culturales, en objeto de difusión y promoción por parte de las instituciones que, como el Consejo Insular de Ibiza, tienen la obligación de difundirlas.

El Decreto de Presidencia n.º 2023000467, de día 28 de junio de 2023 (BOIB n.º 88 de fecha 29-06-2023), de estructura del gobierno del Consejo Insular de Ibiza y de creación de departamentos, prevé que el Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio comprende «la actividad competencial propia del consejo insular en relación con las materias de cultura, actividades artísticas, educación, promoción y animación sociocultural, museos, archivos, bibliotecas, depósito legal de libros, normalización lingüística y patrimonio cultural, histórico y monumental. (...)». Por eso, es voluntad del Consejo Insular de Ibiza, a través de su Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, fomentar todas aquellas iniciativas que en la isla supongan la promoción de la cultura en sus diversos ámbitos.

El Consejo Insular de Ibiza no cuenta con los medios propios suficientes para llevar a cabo la programación y ejecución del mencionado acontecimiento. Sin embargo, el artículo 11.1 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público, establece que “La realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las entidades de derecho público se puede encargar a otros órganos o entidades de derecho público de la misma Administración o de otra, siempre que entre sus competencias estén estas actividades, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para ejercerlas (...)”.

Por otro lado, de acuerdo con el establecido en el apartado 2 del artículo 1 bis de los Estatutos de FECOEV, SAU (BOIB n.º 76, de 21-05-2015; corrección BOIB n.º 174, de 26-11-2015; modificación BOIB n.º 30, de 08-03-2018) “El Consejo Insular de Ibiza podrá encargar a la sociedad la ejecución de cualquier actuación material relacionada con el objeto social mencionado en el artículo 2 de los Estatutos sin que, por otro lado, la sociedad pueda participar en ninguna licitación de contratación pública convocada por la administración insular o sus entes instrumentales. (...)”.

En este sentido, el artículo 2 de los mencionados Estatutos dispone que “Constituye el objeto de la sociedad:

- La realización de las actividades precisas para planificar, proyectar, coordinar y gestionar con las administraciones públicas, empresas y particulares las siguientes áreas de trabajo:

- Coordinación, impulso y dirección técnica y facultativa de los procesos de re-conversión y ordenación de actividades para impulsar la inversión y fomentar la actividad económica pública y privada.

- Coordinación, orientación y evaluación de programas y servicios de ordenación y de reconversión turística

- Las actividades inherentes en un centro integrado de servicios relacionados con la promoción económica, social y cultural de la isla de Ibiza intermediando:

- La gestión integral de acontecimientos relacionados con la promoción económica, turística, social, deportiva y cultural, tanto de cariz público como privado.

- El servicio de mantenimiento de instalaciones y ajardinamiento público propiedad del Consejo Insular de Ibiza, siempre que este lo requiera por la vía de encomienda de gestión o acuerdo de Pleno.

- El uso, la gestión, la explotación y la administración de las instalaciones y de los bienes del recinto del edificio llamado Recinto Ferial de Ibiza y del Hipódromo de San Rafel, así como otros que por acuerdo de Pleno del Consejo Insular de Ibiza se puedan adscribir a la sociedad, en alguna de las formas de gestión directa o indirecta previstas en la normativa."

En este sentido, el Encuentro de Corales, está pensada para difundir la música coral con la participación de 23 agrupaciones de la isla de Ibiza, con el consecuente beneficio cultural y lúdico que supone esta manifestación cultural, que pretende reconocer la labor de estas corales y a la vez animar a la ciudadanía de Ibiza para que se sume a este tipo de manifestación cultural.

4. Plazo de duración

El Encuentro de corales se llevará a cabo el 21 de enero de 2024. No obstante este encargo desplegará sus efectos desde el momento de la notificación a la entidad encargada, lo cual supondrá la orden de inicio de las actuaciones.

Este encargo tendrá vigencia hasta el día en que hayan quedado justificados todos los gastos ante el órgano gestor que hará el seguimiento del encargo que, en cualquier caso, no podrá superar la fecha del 31 de marzo de 2024.

5. Presupuesto y aplicación presupuestaria

CONCEPTO

IMPORTE

Gastos derivados del alquiler de la nave del Recinto Ferial y de la carpa del Recinto Ferial así como los gastos de consumo energético

19.850,00 €

Suministro y montaje de elementos técnicos y otros elementos necesarios por el desarrollo de la actividad: equipo de luz y sonido, equipos audiovisuales, piano, escenario, gradas, sillas, servicio de limpieza, camerinos...

42.168,00 €

Producción técnica y coordinación con la producción artística: adaptación de uso, contratación externa...

17.381,70 €

Publicidad y difusión: Elaboración del material de difusión, banderines, diseño gráfico y aplicación apoyos...

3.150,00 €

Otros: control de sala y entrada, cabina sanitaria, servicio de enfermería, personal seguridad, SGAE...

2.905,00 €

TOTAL

85.454,70 €

El Consejo Insular de Ibiza destinará a la producción técnica del Encuentro de Corales 2024 la cantidad máxima de 85.454,70 € (ochenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y cuatro euros con setenta céntimos) por el encargo de gestión directa y eventual a FECOEV, en los mismos términos que se han detallado antes. Esta cantidad irá con cargo a la aplicación presupuestaria 3340 2279900 del ejercicio presupuestario del año 2024 y tendrá el carácter de aportación máxima a los gastos que realice en ejecución de las acciones objeto de este encargo.

Con relación en el artículo 32.7 b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, y conociendo los recursos con los que cuenta FECOEV y la posible necesidad de recurrir a la contratación de terceros por la ejecución parcial del encargo, se ha previsto que en caso de tener que contratar con terceros cualquier prestación parcial, estas no superarán en ningún momento el 50% de la cuantía del encargo, puesto que de acuerdo con el presupuesto total de lo encomiendo (85.454,70 €) se prevé contratar solo con terceros un total de 23.515,00 €, cuando el máximo que se podría contratar sería de 42.727,35 €.

6. Forma de pago

El abono de las cantidades relativas a los gastos objeto de este encargo se realizará a medida que se vayan presentando las correspondientes facturas detalladas, justificativas de los gastos realmente realizados para el acontecimiento.

En el supuesto de que por cualquier causa de fuerza mayor, no se pueda realizar la totalidad de la actividad objeto de este encargo de gestión, se abonarán los gastos debidamente justificados realizadas hasta la suspensión de la actividad objeto de este encargo.

Sin embargo, el Consejo Insular podrá requerir en cualquier momento la documentación que estime oportuna justificativa de los gastos facturados en caso de que no quede bastante detallado en las facturas presentadas.

En cualquier caso, se tendrá que estar al plazo máximo de justificación previsto en su punto 4 de este encargo.

Las facturas se presentarán a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas del Consejo Insular de Ibiza (https://cie.face.gob.es/) con los siguientes códigos DIR3:

Denominación: Consell Insular de Ibiza

Avda. de España, 49

07800 Ibiza

NIF: S 0733001 B

 

Oficina contable

Òrgano gestor

Unidad tramitadora

Consell Insular d'Eivissa

Conselleria de Cultura, Educació i Patrimoni

Cultura. Promoció Cultural

L03070006

LA0027298

LA0027474

El Consejo Insular de Ibiza quedará excluido de cualquier riesgo empresarial derivado de las acciones previstas al objeto de este encargo. FECOEV inhibirá de toda responsabilidad al Consejo Insular de Ibiza.

7. Posibilidad de prórroga o modificaciones

Si mientras se está ejecutando el encargo se producen circunstancias que así lo aconsejen, el Consejo Insular de Ibiza podrá modificar el encargo inicial bien a iniciativa propia, bien a petición del medio propio, siempre y cuando esta modificación quede acreditada y justificada, y se produzca durante el plazo de duración del encargo y no afecte a actuaciones ya realizadas. Esta modificación supondrá la tramitación del correspondiente expediente administrativo que requerirá de los mismos actos que el expediente inicial.

En cuanto a la posibilidad de prórroga del encargo tendrá que quedar acreditado que es necesaria y justificada y se podrá realizar en los mismos términos establecidos para la modificación de la misma, siempre y cuando se ejercite antes de finalizar el encargo.

 

​​​​​​​8.- Directora del encargo

Como directora para la verificación de la ejecución del encargo se propone el nombramiento de la funcionaria encargada de la promoción cultural, Sra. Yolanda Andiñach Planells.

9.- Régimen jurídico aplicable

Este encargo de gestión a un medio propio personificado (Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa S.A.U., FECOEV) para la ejecución de la actividad consistente en la producción técnica del Encuentro de corales 2024 a realizar el 21 de enero de 2024 al Recinto Ferial de Ibiza, se realizará en conformidad con la legislación vigente que esté de aplicación, y en todo caso, observando las prescripciones contenidas en los artículos 11 y 86 Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y en los artículos 6 y 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

En conformidad con el artículo 11.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, el órgano encomendado tiene la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter personal a las cuales pueda tener acceso en ejecución del encargo de gestión, en conformidad con el establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de derechos digitales, al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (DOUE 4.5.2016), y al resto de legislación vigente en materia de protección de datos personales, que esté de aplicación.

2. APROBAR la autorización y compromiso de gasto de la cantidad de este encargo, con un importe máximo de 85.454,70 € (ochenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y cuatro euros con setenta céntimos) con cargo al expediente contable n.º 2/2024000000130 de fecha 12-01-2024, en los términos previstos a la memoria transcrita en el punto anterior.

3. NOMBRAR la Sra. Yolanda Andiñach Planells, funcionaria encargada de la promoción cultural del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, directora para la verificación de la ejecución del encargo.

4. NOTIFICAR este acuerdo a la entidad interesada.

5. PUBLICAR este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, todo en conformidad con el artículo 11.3.a de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y el artículo 8.1.b de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y al perfil del contratante de la Plataforma de contratación del sector público, de acuerdo con el artículo 63.6 y 347 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de contratos del sector público."

Y visto el informe de la Intervención favorable de fiscalización limitada previa, la cual es meramente formal y no material.

El Consejo Ejecutivo hace suya la propuesta, y la aprueba por unanimidad de sus miembros (8). (…)"

 

Ibiza, 12 de febrero de 2024

El jefe de sección del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio del Consell Insular d'Eivissa José V. Garibo Redolat