Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, MEDIO RURAL Y DEPORTES
Núm. 81148
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza que regula la prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio para la transferencia y tratamiento de los residuos de construcción-demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca y de la revisión de tarifas para el ejercicio 2024
El 14 de diciembre de 2023, el pleno del Consejo Insular de Mallorca adoptó el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza que regula la prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio para la transferencia y tratamiento de los residuos de construcción-demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca y de la revisión de tarifas para el ejercicio 2024.
El 19 de diciembre de 2023 se publica en el BOIB nº 171 el Anuncio de información pública del acuerdo del Pleno del Consejo Insular de Mallorca de aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza que regula la prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio de gestión de los residuos de construcción-demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca y de revisión de tarifas para el ejercicio 2024.
El punto 16 del mencionado acuerdo manifestaba que el acuerdo de aprobación definitiva de las tarifas para tratar los residuos de construcción y demolición (RCD) del apartado 4 estaba condicionado a asiento en contabilidad mediante la contabilización del documento “O” de 610.653,88 euros a favor de MAC INSULAR, SL. con cargo al presupuesto 2023. Esta operación de reconocimiento de la obligación quedó asentada en el libro diario de contabilidad presupuestaria el 18 de diciembre de 2023, cumpliendo así con la condición fijada.
De acuerdo con el artículo 49, letra c) de la Ley 7/1985, reguladora de las bases de régimen local, “si durante el plazo de información pública no se presentan reclamaciones, el acuerdo se entenderá definitivamente aprobado y se publicará el texto íntegro de la Ordenanza en el Boletín Oficial de las Islas Baleares”.
Por todo lo expuesto y según el Certificado de no alegaciones emitido por el secretario general en fecha 8 de febrero de 2024, donde expresa que no se han presentado alegaciones, el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza que regula la prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio para la transferencia y tratamiento de los residuos de construcción-demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca y de la revisión de tarifas para el ejercicio 2024 adoptado por el pleno del Consejo Insular de Mallorca el 14 de diciembre de 2023 se convierte en definitivo en los términos que se transcriben literalmente a continuación:
“Antecedentes
1. En la sesión de 5 de mayo de 2003 el Pleno del Consejo de Mallorca acordó adjudicar la concesión del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los residuos de construcción-demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de Mallorca a la entidad Mac Insular, SL. El contrato, firmado el 1 de julio de 2003, establece las tarifas mediante las cuales los usuarios del servicio público insularizado tienen que contribuir a sufragar los gastos de funcionamiento, mantenimiento y sustitución de las infraestructuras, que tiene que percibir el concesionario del servicio público (IVA excluido).
2. En fecha 28 de julio de 2022 el Pleno del Consejo de Mallorca acordó la interpretación y modificación del contrato de 1 de julio de 2003, del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los residuos de construcción-demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de Mallorca.
3. El 29 de junio de 2023, con registro de entrada electrónico del Consejo de Mallorca nº. 59.128, la empresa concesionaria Mac Insular, SL, presentó, en cumplimiento de las disposiciones del punto 7 del Estudio Económico Financiero que forma parte del contrato de concesión, una propuesta de tarifa base para el tratamiento de los residuos de construcción y demolición (RCD) para el ejercicio 2024 de 44,94 €/tonelada. En la propuesta de Mac Insular, SL, no se incluye la revisión de tarifas para tratar los residuos de electrodomésticos de línea blanca con CFC (ELB con CFC), de línea blanca sin CFC (ELB sin CFC), y de residuos de electrodomésticos de línea marrón (ELM), dado que el Acuerdo de Pleno del Consejo de Mallorca de 28 de julio de 2022 prevé la exclusión del servicio público de la gestión de estos tipos de residuos.
4. A consecuencia que la empresa concesionaria haya presentado la propuesta de revisión de tarifas para el ejercicio 2024, los servicios técnicos y económicos de la Dirección Insular de Residuos (DIR) han emitido los informes siguientes:
· Informe técnico del ingeniero industrial de la DIR, de 21 de septiembre de 2023, en relación a la repercusión tarifaria del impuesto estatal en los residuos incinerados y depositados en vertedero de los rechazos de servicio público de tratamiento de los residuos de construcción-demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de Mallorca.
· Informe del jefe de servicio coordinador de la DIR, de 2 de octubre de 2023, en relación a la repercusión tarifaria del impuesto estatal en los residuos incinerados y depositados en vertedero de los rechazos de los centros de tratamiento y preselección (CTP) del servicio público de tratamiento de los residuos de construcción-demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de Mallorca.
TARIFAS |
Tarifa 2023 (BOIB nº. 159, de 8 de diciembre de 2022) |
Propuesta tarifa 2024 |
---|---|---|
Tratamiento RCD(*) |
43,99 €/Tonelada |
44,94 €/Tonelada |
Tratamiento ELB con CFC |
557,78 €/Tonelada |
557,78 €/Tonelada |
Tratamiento ELB sin CFC |
346,61 €/Tonelada |
346,61 €/Tonelada |
Tratamiento ELM |
756,70 €/Tonelada |
756,70 €/Tonelada |
Tratamiento RV |
187,19 €/Tonelada |
195,33 €/Tonelada |
Tratamiento PNFU |
109,66 €/Tonelada |
115 €/Tonelada |
(*) Modificando los parámetros de densidades en da=1 y db=1,2
5. El 3 de noviembre de 2023 la consejera de Hacienda y Función Pública propone al Pleno del Consejo Insular de Mallorca incorporar un crédito extraordinario al presupuesto 2023 por un importe de 610.653,88 euros, para destinarlo a la subvención parcial de las tarifas del tratamiento de RCD.
6. A consecuencia de la aportación económica a la explotación del servicio público con la incorporación de crédito extraordinario al presupuesto del Consejo Insular de Mallorca para el ejercicio 2023 que propone la consejera de Hacienda y Función Pública, los servicios técnicos y económicos de la DIR han emitido los informes siguientes:
· Informe económico, de fecha 6 de noviembre de 2023, relativo a la propuesta de tarifas para tratar los residuos de construcción, demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso del servicio público de Mallorca, para el año 2024, que internaliza la aportación económica a la explotación del servicio, y que propone las tarifas siguientes:
TARIFAS |
Tarifa 2023 (BOIB nº. 159, de 8 de diciembre de 2022) |
Propuesta tarifa 2024 |
---|---|---|
Tratamiento RCD(*) |
43,99 €/Tonelada |
43,99 €/Tonelada |
Tratamiento ELB con CFC |
557,78 €/Tonelada |
557,78 €/Tonelada |
Tratamiento ELB sin CFC |
346,61 €/Tonelada |
346,61 €/Tonelada |
Tratamiento ELM |
756,70 €/Tonelada |
756,70 €/Tonelada |
Tratamiento RV |
187,19 €/Tonelada |
195,33 €/Tonelada |
Tratamiento PNFU |
109,66 €/Tonelada |
115 €/Tonelada |
(*) Modificando los parámetros de densidades en da=1 y db=1,2
7. La Secretaría General ha emitido el 15 de noviembre de 2023 un informe de conformidad con la propuesta de acuerdo.
8. La Intervención General ha emitido el 20 de noviembre de 2023 un informe de fiscalización favorable a la propuesta de acuerdo.
Fundamentos de derecho
1. Plan Director Sectorial de Residuos no Peligrosos de Mallorca (PDSRNPM), aprobado por el Pleno del Consejo de Mallorca en sesión de día 9 de mayo de 2019 (BOIB nº. 81, de 18 de junio de 2019).
2. Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, mediante el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley que regula las haciendas locales.
3. Ley 7/1985, de 2 de abril, que regula las bases del régimen local.
4. Ley 20/2006, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.
5. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la cual se invierten al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP).
6. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común a las administraciones públicas.
7. Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público.
8. Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares.
9. Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
10. Ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
11. Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares.
12. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
13. Contrato de adjudicación del concurso del servicio de gestión de residuos de construcción, demolición, voluminosos, y neumáticos fuera de uso de Mallorca firmado con fecha de 1 de julio de 2003.
14. Modificación e interpretación del contrato formalizado y firmado el día 30 de agosto de 2022.
15. Estudio económico y financiero de noviembre de 2002.
16. Reglamento de explotación del servicio público de gestión de los residuos de construcción demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de Mallorca (BOIB nº. 52, de 15 de abril de 2003).
17. Pliegos de cláusulas administrativas particulares que tienen que regir la adjudicación del servicio público de gestión de los residuos de construcción, demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de Mallorca.
18. El artículo 65 de la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares que determina que el pleno del consejo insular si se refiere al de Mallorca en concreto tiene que ir en mayúsculas, si es un uso genérico, no ejerce la iniciativa legislativa ante el Parlamento de las Islas Baleares, la función normativa, aprueba los presupuestos del consejo insular, controla la acción de gobierno del consejo ejecutivo, elige al presidente y dispone el cese y ejerce todas las funciones que le otorgan el Estatuto de Autonomía, las leyes del Parlamento de las Islas Baleares y las propias normas aprobadas por el consejo insular.
19. El artículo 17.1 de Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares (BOIB nº. 88, de 7 de julio de 2022) regula las atribuciones que corresponden al Pleno de los consejos insulares; concretamente, el apartado l) establece que al Pleno le corresponde determinar los recursos de carácter tributario y otras prestaciones patrimoniales públicas.
20. Por otra parte, el Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca de día 28 de julio de 2023, por el cual se establecen las competencias de los departamentos del Consejo Insular de Mallorca (BOIB nº. 106, de 29 de julio de 2023; modificado por el Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca de 2 de octubre de 2023, y publicado en el BOIB nº. 136, de 5 de octubre de 2023), estructura internamente las funciones de la actividad administrativa que corresponden a los diferentes departamentos que integran el Consejo Insular de Mallorca. Concretamente, al Departamento de Medio Ambiente, Medio Rural y Deportes le corresponde, entre otras funciones, planificar y gestionar los residuos no peligrosos de Mallorca, de conformidad con los planes directores sectoriales en materia de residuos.
21. El artículo 39.2d) del Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca (BOIB nº. 89, de 19 de julio de 2018) determina, entre las atribuciones que corresponden a los consejeros ejecutivos, la de preparar y presentar los proyectos de reglamentos u ordenanzas insulares relativos a cuestiones de su departamento para que el órgano competente los apruebe a través del procedimiento establecido.
Por todo eso, la consejera ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local, por suplencia del consejero ejecutivo de Medio Ambiente, Medio Rural y Deportes; de acuerdo con el Decreto de las Presidencia del Consejo Insular de Mallorca de 28 de julio de 2023 por el cual se establecen las suplencias de los consejeros ejecutivos y consejeras ejecutivas, propongo al Pleno del Consejo Insular de Mallorca que adopte el siguiente
ACUERDO
1. Aprobar inicialmente la revisión ordinaria de la tarifa del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los residuos de construcción-demolición (RCD) de Mallorca por un importe de 51,73 €/tonelada (IVA excluido).
2. Aprobar inicialmente la minoración, par a la revisión extraordinaria, de la tarifa del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los residuos de construcción-demolición (RCD) de Mallorca, por un importe de -1,04 €/tonelada (IVA excluido),
3. Aprobar inicialmente la minoración de la tarifa del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los residuos de construcción-demolición (RCD) de Mallorca, por un importe de –1,07 €/tonelada (IVA excluido), consecuencia de la aportación económica a la explotación de 610.653,88€ del Consejo Insular de Mallorca durante el año 2023 con cargo a la aplicación presupuestaria 50.16220.47201.
4. A consecuencia de los tres puntos anteriores, aprobar inicialmente una tarifa del servicio público relativa a la transferencia y tratamiento de los residuos de construcción-demolición (RCD) de Mallorca por un importe de 49,62 €/tonelada (IVA excluido), y aprobar inicialmente el mantenimiento de la tarifa base específica para el tratamiento de los residuos de construcción-demolición (RCD) por un importe de 43,99€/t (IVA excluido).
5. Aprobar inicialmente la revisión ordinaria de la tarifa del servicio público relativa a la transferencia y tratamiento de los neumáticos fuera de uso (PNFU) de Mallorca por un importe de 114,49 €/tonelada (IVA excluido).
6. Aprobar inicialmente la mayoración, par a la revisión extraordinaria, de la tarifa del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los neumáticos fuera de uso (PNFU) de Mallorca, por un importe de +0,51 €/tonelada (IVA excluido).
7. A consecuencia de los dos puntos anteriores, aprobar inicialmente la tarifa del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los neumáticos fuera de uso (PNFU) de Mallorca por un importe de 115,00 €/tonelada (IVA excluido).
8. Aprobar inicialmente la revisión ordinaria de la tarifa del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los residuos voluminosos: resto, por un importe de 196,97 €/tonelada (IVA excluido).
9. Aprobar inicialmente la minoración, por la revisión extraordinaria, de la tarifa del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los residuos voluminosos: resto, por un importe de -1,64 €/tonelada (IVA excluido),
10. A consecuencia de los dos puntos anteriores, aprobar inicialmente la tarifa del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los residuos voluminosos: resto por un importe de 195,33 €/tonelada (IVA excluido).
11. Mantener la tarifa vigente para tratar los residuos voluminosos: electrodomésticos línea blanca con CFC (ELB con CFC) por un importe de 557,78 €/tonelada (IVA excluido).
12. Mantener la tarifa vigente para tratar los residuos voluminosos: electrodomésticos línea blanca sin CFC (ELB sin CFC) por un importe de 346,61€/tonelada (IVA excluido).
13. Mantener la tarifa vigente para tratar los residuos voluminosos: electrodomésticos línea marrón (ELM) por un importe de 756,70€/tonelada (IVA excluido).
14. Aprobar inicialmente las tarifas para la prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio público obligatorio e insularizado del servicio público relativo a la transferencia y tratamiento de los residuos de construcción-demolición, residuos voluminosos y neumáticos fuera de uso de Mallorca, de acuerdo con las cuantías previstas en los apartados 4os, 7os, 10os, 11os, 12os y 13os de este Acuerdo.
15. Aprobar inicialmente la modificación del artículo 5º de la Ordenanza que regula la prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio público para la transferencia y tratamiento de los residuos de construcción-demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de Mallorca en el sentido siguiente:
Allí donde dice:
«Artículo 5. Cuantificación de las tarifas
1. Las tarifas a aplicar, IVA no incluido son las siguientes:
RESIDUO TARIFA €/Tonelada
(*) Modificando los parámetros de densidad en da=1 y db=1,2
2. La tarifa a aplicar en los residuos de la construcción y demolición que contengan impropios, será la que resulta de aplicar la corrección por densidades, según la fórmula siguiente:
Tarifa a aplicar= tarifa RCD x factor corrector (Fc)
Siendo Fc igual a:
e 2(da-do) Si la densidad es menor que a
1 Para densidades comprendidas entre a y b
e 0,5(db-do) Si la densidad es mayor que b´
Valores para los parámetros “da” y “db”
da=1,00 t/m3
db= 1,20 t/m3
do= Densidad del residuo con impropios (t/m3).
Tabla de pesos y densidades para corregir la tarifa en función de los impropios
Densidad (t/m3) Peso de la cubeta (Kg)
0,35 1.575
0,40 1.800
0,45 2.025
0,50 2.250
0,55 2.475
0,60 2.700
0,65 2.925
0,70 3.150
0,75 3.375
0,80 3.600
0,85 3.825
0,90 4.050
0,95 4.275
1,00 4.500
1,05 4.725
1,10 4.950
1,15 5.175
1,20 5.400
1,25 5.625
1,30 5.850
1,35 6.075
1,40 6.300
Volumen medio de la cubeta 4,5 m3
Tiene que decir:
«Artículo 5. Cuantificación de las tarifas:
1. Las tarifas para aplicar, IVA no incluido son las siguientes:
RESIDUO TARIFA €/Tonelada
(*) Modificando los parámetros de densidad en da=1 y db=1,2
2. La tarifa a aplicar en los residuos de la construcción y demolición que contengan será la que resulta de aplicar la corrección por densidades, según la fórmula siguiente:
Tarifa para aplicar= tarifa RCD x factor corrector (Fc)
Siendo Fc igual a:
e 2(da-do) Si la densidad es menor que a
1 Para densidades comprendidas entre a y b
e 0,5(db-do) Si la densidad es mayor que b´
Valores para los parámetros “da” y “db”
da=1,00 t/m3
db= 1,20 t/m3
do= Densidad del residuo con impropios (t/m3).
Tabla de pesos y densidades para corregir la tarifa en función de los impropios
Densidad (t/m3) Peso de la cubeta (kg)
0,35 1.575
0,40 1.800
0,45 2.025
0,50 2.250
0,55 2.475
0,60 2.700
0,65 2.925
0,70 3.150
0,75 3.375
0,80 3.600
0,85 3.825
0,90 4.050
0,95 4.275
1,00 4.500
1,05 4.725
1,10 4.950
1,15 5.175
1,20 5.400
1,25 5.625
1,30 5.850
1,35 6.075
1,40 6.300
Volumen medio de la cubeta 4,5 m3
16. Condicionar el acuerdo de aprobación definitiva de las tarifas por tratar los residuos de construcción y demolición (RCD) del apartado 4º en el asentamiento en contabilidad mediante la contabilización del documento “O” de 610.653,88 euros a favor de MAC INSULAR, SL, con cargo al presupuesto 2023.
17. De conformidad con lo que dispone el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, que regula las bases de régimen local, someter este Acuerdo a un periodo de información pública mediante la inserción de un anuncio en el tablero de edictos del Consejo de Mallorca y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, con la finalidad que todas las personas que estén interesadas puedan examinarlo y presentar las reclamaciones y las sugerencias que consideren pertinentes, en un plazo de treinta días, contadores a partir del día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares o del anuncio en el tablón de anuncios, si es posterior. Si se presentan, se tiene que otorgar una audiencia a las asociaciones vecinales y de defensa de las personas consumidoras y usuarias establecidas en ámbito territorial insular y que estén inscritas en el registro municipal de asociaciones vecinales, la finalidad de las cuales, guarde relación directa con el objeto de la ordenanza.
18. Abrir un trámite para dar audiencia a la empresa concesionaria del servicio público insularizado Mac Insular, SL, y a todos los ayuntamientos de Mallorca como productores de residuos voluminosos durante un plazo de quince días para garantizar la participación prevista en la modificación de la Ordenanza reguladora mencionada hasta ahora.
19. De acuerdo con lo que dispone el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, una vez adoptado el acuerdo de aprobación inicial se tiene que publicar en la sede electrónica o página web corporativa, el proyecto de modificación de la ordenanza, así como los informes y memorias que conforman el expediente”.
Contra este Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso administrativo, ante la Sala contenciosa administrativo del Tribunal Superior de Justícia competente, en el plazo de dos mese s a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. De lo cual se dará cuenta mediante notificación a la Administración del Estado, al Gobierno de las Illes Balears, a todos los Ayuntamientos de la isla de Mallorca, a las mancomunidades de municipios y a la empresa concesionaria del servicio.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (8 de febrero de 2024)
El consejero ejecutivo de Medio Ambiente, Medio Rural y Deportes Pedro Bestard Martínez