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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE BANYALBUFAR

Núm. 81132
Modificación de la redacción de los precios públicos del primer ciclo de educación infantil de Banyalbufar

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Texto

Por decreto de alcaldía de fecha 08 de febrero de 2024, y en relación con la modificación de la redacción de los precios públicos del primer ciclo de educación infantil de Banyalbufar, llegó a los siguientes acuerdos:

PRIMERO.- Vista la nueva redacción, sin modificarlos, los precios públicos para la prestación de servicio de la escuela de educación infantil de Banyalbufar con el siguiente sentido:

“Ordenanza reguladora del precio público por la prestación del servicio de escuela infantil municipal”

SERVICIO

CUOTA

Matrícula por curso, donde incluye material

60€/anuales

Servicios educativos, media jornada, de 9 a 13h, por mes

200€/mensuales

Servicio de descanso, de 13 a 15:30h

25€/mensuales

Servicios educativos, jornada completa, de 9 a 15:30h, por mes

225€/mensuales

Con carácter excepcional, y de forma transitoria, queda suspendida la aplicación "Servicios educativos de media jornada de las 9h a las 13h, por mes" del precio público citada en el primer punto, con un importe de 200 euros mensuales, desde el 1 de septiembre de 2023, con vigencia temporal limitada por la duración del convenio específico de colaboración entre el Gobierno de las Islas Baleares y el Ayuntamiento de Banyalbufar para establecer gratuidad del servicio de escolarización básica del primer ciclo de educación infantil, a lo que hace referencia el artículo 6 del Decreto Ley 5/2023, de 28 de agosto, de medidas urgentes en el ámbito educativo y en el sanitario, o de otro instrumento equivalente que lo sustituya”

SEGUNDO.- Devolver las cuotas ya pagadas mensualmente a los padres y madres de los niños y niñas desde el 1 de septiembre de 2023.

TERCERO.- Publicar el presente acuerdo en el tablón electrónico del ayuntamiento y en el Boletín Oficial de las Illes Balears a los efectos previstos en el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas así como en el portal de transparencia de este ayuntamiento.

Contra el presente Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo , ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears con sede en Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio , de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Banyalbufar, (firmado electrónicamente: 8 de febrero de 2024)

La alcaldesa María de los Ángeles Leonor Bosch Pérez