Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 75874
Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la cual se revocan las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR2023)
Hechos
1. El 17 de diciembre de 2022, en el BOIB número 164, se publicó la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 12 de diciembre de 2022 por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2023 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas y comunidades de propietarios en el Programa Operativo FEDER 2021-2027.
2. La Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático concedió una subvención a las personas que figuran en el anexo de esta propuesta en el marco de la convocatoria para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas y comunidades de propietarios en el Programa Operativo FEDER 2021-2027.
3. Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta propuesta presentaron la documentación para la justificación de la realización de las actuaciones subvencionadas.
4. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado la documentación aportada para la justificación y han emitido un informe desfavorable a la justificación de los expedientes descritos en el anexo con la motivación que también figura en él.
Fundamentos de derecho
1. El consejero de Empresa, Empleo y Energía es el órgano competente para resolver el procedimiento dado el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, de la presidenta de las Illes Balears), competencia delegada en el director general de Economía Circular, Transición energética y Cambio Climático por la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 20 de julio de 2023 de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería (BOIB núm. 103, de 22 de julio de 2023).
2. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
3. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB núm. 72, de 24 de mayo de 2008 ).
4. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 12 de diciembre de 2022 por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2023 para el fomento de instalación ciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (BOIB núm.164, de 17 de diciembre de 2022).
Propuesta de resolución
Propongo al consejero de Empresa, Empleo y Energía que dicte una resolución en los términos siguientes:
1. Revocar la concesión de las subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 detalladas en el anexo de esta resolución, por los importes que en él se indican.
2. Autorizar y disponer negativamente el gasto a favor de los beneficiarios por los importes detallados en el anexo con cargo a la partida presupuestaria 2023/G/731A01/78000/00/19701/31111.
3. Declarar concluido el procedimiento y, por tanto, archivar los expedientes indicados en el anexo.
Contra esta Propuesta de resolución podéis alegar lo que consideráis conveniente en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears. En caso contrario, se entenderá que está conforme con el contenido de la Propuesta.
Palma, 5 de febrero de 2024
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez
ANNEX Lista de beneficiarios propuestos para revocarles la subvención (FOTOPAR 2023)
Expediente |
Solicitante |
NIF |
Tipo de inversión |
Importe subvención (€) |
CONCE |
Motivo revocación |
FOTOPAR23-1039/2023 |
KLAUS JURGEN SCHNEIDER |
****0531* |
IF de 4.32 kWp conectada a red |
2.592,00 |
10662 /2023 |
No cumple la condición de beneficiario puesto que las facturas y uno de los pagos estan a nombre de una entidad jurídica (Sa Roqueta SL). Dos pagos están a nombre de un ordenante diferente al solicitante de la subvención. Los conceptos de los pagos hacen referencia a unas proformas de las que no disponemos. El doc 6 no no tiene la rúbrica de un técnico competente o empresa instaladora. En el mismo documento se indica que instalan 8 paneles de 0.540kWp y un inversores de 6kw, que coincide con la puesta en servicio, pero en el reportaje fotográfico se observan 12 paneles |
FOTOPAR23-1306/2023 |
WALTER KRAUSHAART |
****0658* |
IF de 9.2 kWp aisladaBaterías de litio de 20 kWh |
6.000,00 |
19866 /2023 |
Hay facturas y pagos anteriores a 01/01/2022. La garantía de baterías es de 2 años |
FOTOPAR23-1393/2023 |
PEDRO JUAN TRUYOLS LLOMPART |
***3489** |
IF de 6.6 kWp conectada a red |
3.000,00 |
13297 /2023 |
Las facturas tienen que estar detalladas por conceptos y precios unitarios, y especificar claramente el número de placas y su potencia unitaria. Presenta el presupuesto desglosado pero no lo referencia debidamente con la factura y no coinciden los KW del inversor mostrado al presupuesto con la puesta en servicio y el que informa al documento 6. En el documento 6 falta la rúbrica de un técnico competente o empresa instaladora y de la persona solicitante |
FOTOPAR23-1550/2023 |
ISABEL GIL FERRER |
***7325** |
IF de 5.6 kWp conectada a red |
3.000,00 |
14522 /2023 |
Hay dos pagos anteriores a 01/01/2022 |