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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 75804
Formalización del encargo a medio propio para la gestión del programa de promoción sociocultural a la Llar de Calvià, S.A.

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Texto

Por el Pleno municipal, en sesión celebrada en fecha 12 de diciembre de 2023, se aprobó el “Encargo a medio propio para la gestión del programa de promoción sociocultural de las personas mayores a la Llar de Calvià, SA”. En fecha 2 de enero de 2024, se formalizó en documento administrativo dicho encargo.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en el artículo 103.1 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, Municipal y de Régimen Local de las Illes Balears, se publica íntegramente su texto.

 

(Firmado electrónicamente en fecha 29 de enero de 2024)

El alcalde - presidente Juan Antonio Amengual Guasp  

 

“FORMALIZACIÓN DEL ENCARGO A MEDIO PROPIO PARA LA GESTIÓN DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN SOCIOCULTURAL A LA LLAR DE CALVIÀ, S.A.

En Calvià, a 2 de enero de 2024

REUNIDOS

De una parte, D. Juan Antonio Amengual Guasp, Alcalde-Presidente del Ajuntament de Calvià, representación que ostenta en virtud del acuerdo del Pleno extraordinario adoptado en sesión constitutiva celebrada en fecha 17 de junio de 2023, quien interviene en nombre y representación del Ajuntament, en uso de las facultades que le confiere la legislación vigente.                 

Y de otra, D. Juan Lorenzo Caimari Quetglas, quien actúa en nombre y representación de la Llar de Calvià, S.A, con CIF A-07802044, según escritura de Acuerdos Sociales otorgada ante la notaria de Calvià, Dña. Maria N. Mayol Contreras, con fecha 04 de agosto de 2023, bajo el número 772 de su protocolo y debidamente inscrita en el Registro Mercantil.

Ambas partes se reconocen competencia y capacidad, respectivamente, para formalizar el presente documento.

EXPONEN

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, y en el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, que desarrolla el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades Locales, el Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal.

Que según lo establecido en el artículo 1.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, los Municipios son Entidades básicas de la organización territorial del Estado y cauces inmediatos de participación ciudadana en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades.

El artículo tercero de los Estatutos de la Sociedad Privada Municipal Llar de Calvià, SA", regula el objeto social de la Sociedad. En el punto b) indica como actividad a desarrollar "La gestión y prestación de aquellos servicios de competencia municipal que le encomiende el Ajuntament de Calvià, a fin de atender las necesidades de las personas del municipio que no tengan medios económicos y /o familiares, tanto a través de la propia Residencia para la Tercera Edad de Calvià, como de los Servicios de Centro de Día, ayuda a domicilio, comida a domicilio, lavandería, ocio y tiempo libre, rehabilitación, logopedia y aquellos que supongan mejoras en la calidad de vida de las personas necesitadas”.

Por otra parte, el Ajuntament de Calvià es el accionista único de la empresa municipal Llar de Calvià S.A.

El objeto del encargo a medio propio es la gestión del Programa de Promoción Sociocultural de Personas Mayores. Éste se fundamenta en la colaboración técnica y económica con las asociaciones de personas mayores existentes en el Municipio; en la realización de actividades socioculturales; en el mantenimiento de los locales destinados al uso por parte de las mismas; en la gestión de las obras a realizar a estos locales; en el pago de los gastos de alquileres de los locales de titularidad privada de los que hacen uso las asociaciones; en el pago del suministro básico y de comunidad de los mismos.  

Este encargo a medio propio tiene carácter administrativo, formalizándose de acuerdo con lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes.

Por todo lo expuesto, ambas partes:

ACUERDAN

PRIMERO.- Encargar al medio propio del Ajuntament de Calvià, la sociedad municipal “Llar de Calvià, S.A.” la gestión del Programa de Promoción Sociocultural de las Personas Mayores. Éste se fundamenta en la colaboración técnica y económica con las asociaciones de personas mayores existentes en el Municipio; en la realización de actividades socioculturales; en el mantenimiento de los locales destinados al uso por parte de las mismas; en la gestión de las obras a realizar a estos locales; en el pago de los gastos de alquileres de los locales de titularidad privada de los que hacen uso las asociaciones; en el pago del suministro básico y de comunidad de los mismos.  

SEGUNDO.- La cesión a la empresa municipal “Llar de Calvià, S.A” del uso de los locales de propiedad municipal destinados a las Asociaciones de Personas Mayores.

Los locales municipales que utilizan para sus actividades las Asociaciones de Personas Mayores con sede en el municipio de Calvià e inscritas en el Registro de Asociaciones del Ajuntament de Calvià, son los siguientes:

– C/ Las Playas, 11 (CP 07196), Es Capdellà. Donde está ubicada la Asociación de Personas Mayores de Es Capdellà.

– C/ Malgrat, 17 (CP 07160), Paguera. Donde está ubicada la Asociación de la Tercera Edad de Paguera.

– Plaza del Oratorio, s/n (CP 07181), Portals Nous. Donde está ubicada la Asociación de la Tercera Edad de Portals Nous.

– C/ Miño, s/n Polideportivo Magaluf (CP 07182), Magaluf. Donde está ubicada la Asociación de la Tercera Edad de Magaluf.

– Plaza Francisca Revert, s/n (CP 07180), Galatzó. Donde está ubicada la Asociación de la Tercera Edad de Galatzó.

– C/ Del Riu Sil, 6. Edificio Polideportivo (CP 07180), Santa Ponça. Donde está ubicada la Asociación de la Tercera Edad de Santa Ponça.

– C/ Ocell del Paradís, 36-B (CP 07181), Son Ferrer. Donde está ubicada la Asociación de la Tercera Edad de Son Ferrer.

TERCERO.- El encargo a medio propio entrará en vigor el 1 de enero de 2024 y finalizará el 31 de diciembre de 2027. Podrá ser prorrogado por acuerdo de las partes por un periodo máximo de cuatro años.

CUARTO.- Aprobar la tarifa del encargo a medio propio que se establece en los siguientes términos: “Tarifa por mes de gestión: 20.628,33 €/mes más IVA (de acuerdo con la legislación tributaria que resulte de aplicación)”. Esta tarifa será revisada anualmente en base al presupuesto municipal del ejercicio correspondiente. 

La empresa municipal Llar de Calvià, S.A. facturará al Ajuntament de Calvià los gastos correspondientes derivados de la ejecución del encargo a medio propio durante la vigencia de éste y de acuerdo con esta tarifa.

QUINTO.- La empresa municipal “Llar de Calvià, S.A” asumirá las funciones que a continuación se relacionan:

a) Organización, seguimiento y evaluación de actividades de promoción sociocultural realizadas con las Asociaciones de Personas Mayores del municipio de Calvià.

b) Organización y gestión de encuentros y eventos realizados con las Asociaciones de Personas Mayores del municipio de Calvià.

c) Gestión y mantenimiento de las infraestructuras que constituyen la sede de las Asociaciones de Personas Mayores del municipio de Calvià.

d) Gestión y tramitación del abono de los gastos derivados del pago de los contratos de arrendamiento, consumo de suministro eléctrico y limpieza de los locales sede de las Asociaciones de Personas Mayores del municipio de Calvià.

e) Apoyo técnico y asesoramiento periódico a las Asociaciones de Personas Mayores del municipio de Calvià para el correcto funcionamiento de las mismas.

f) Gestión y tramitación del presupuesto asignado al programa de promoción sociocultural de Mayores.

 

SEXTO.- Este encargo a medio propio se extinguirá cuando concurra alguna de las causas siguientes:

1ª Por expiración del periodo de vigencia.

2ª Por mutuo acuerdo de las partes.

3ª Por desistimiento por parte del Ajuntament de Calvià motivado por el incumplimiento del objeto del encargo a medio propio.

4ª Por incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por alguna de las partes firmantes.

SÉPTIMO.- Régimen de modificación del encargo a medio propio.- El contenido del presente acuerdo podrá modificarse por acuerdo unánime de las partes firmantes del mismo.

OCTAVO.- Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos asumidos por las partes firmantes.- Este mecanismo resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse. A tales efectos, se constituirá una Comisión de Seguimiento que estará compuesta, por parte de la Llar de Calvià, S.A., por la persona que asuma la gerencia o persona en quien delegue; y, por parte del Ajuntament de Calvià, por la jefa de Servicio de Intervención Social y Personas Mayores o persona en quien delegue.

NOVENO.- Facultar a la Gerencia de la Llar de Calvià, S.A para que realice las gestiones y adopte todas las resoluciones que sean necesarias para la efectividad de los acuerdos anteriores.

DÉCIMO.- La formalización de este encargo a medio propio deberá ser objeto de publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y también se ordenará su publicación en la Plataforma de Contratación.

DÉCIMO PRIMERO.- Este encargo a medio propio podrá ser revocado por el órgano competente en cualquier momento con un preaviso de dos meses en caso de que se produzca la entrada en funcionamiento de la Fundación pública para que lleve a cabo la gestión del programa de promoción sociocultural de Personas Mayores que hasta ahora ha sido gestionado por la Llar de Calvià S. A.

Y, en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, a un solo efecto, en la fecha del encabezamiento.

 

EL ALCALDE-PRESIDENTE                                                               EL GERENTE DE LLAR DE CALVIÀ, S.A

Juan Antonio Amengual Guasp                                                               Juan Lorenzo Caimari Quetglas

 

TOMADA RAZÓN: EL SECRETARIO ACCIDENTAL DEL AJUNTAMENT DE CALVIÀ Juan Castañer Alemany”