Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 74356
Corrección de erratas de la versión castellana del Decreto 1/2024, de 5 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento sancionador de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
En el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 4, de 6 de enero de 2024, se ha publicado el Decreto 1/2024, de 5 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento sancionador de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en el cual se ha detectado una errata en la publicación.
Esta errata consiste en la defectuosa maquetación, en la versión castellana, del articulo 19 en la página 221 del BOIB n.º 4, de 6 de enero de 2024.
Visto lo anterior, y de acuerdo con el artículo 19.2 y 19.4 del Decreto 68/2012, de 27 de julio, por el cual se regula el Boletín Oficial de las Islas Baleares, dicto la siguiente
Resolución
Rectificar la errata advertida en la publicación de la versión castellana del Decreto 1/2024, de 5 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento sancionador de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en el sentido siguiente:
Donde dice:
3. Se puede prescindir de este trámite en los siguientes casos:
a) Cuando las personas interesadas hayan manifestado anteriormente su decisión de no formular nuevas alegaciones y de no aportar nuevos documentos o elementos de juicio.
b) Cuando no figuren en el procedimiento otros hechos ni otras manifestaciones y pruebas que los presentados por la persona inculpada.
Debe decir:
2. Se puede prescindir de este trámite en los siguientes casos:
a) Cuando las personas interesadas hayan manifestado anteriormente su decisión de no formular nuevas alegaciones y de no aportar nuevos documentos o elementos de juicio.
b) Cuando no figuren en el procedimiento otros hechos ni otras manifestaciones y pruebas que los presentados por la persona inculpada.
Palma, en fecha de la firma electrónica (6 de febrero de 2024)
La secretaria general Maria José Bauzá Alonso