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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS

Núm. 74191
Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se conceden las subvenciones para apoyar la proyección exterior de la edición y la promoción de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración de las Illes Balears para el año 2023

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Texto

Hechos

1. En el Boletín Oficial de las Illes Balears nº. 32, de 14 de marzo de 2023, se publicó la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones para apoyar la proyección exterior de la edición y la promoción de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración de las Illes Balears para el año 2023 (BOIB nº. 32, de 14 de marzo de 2023).

2. El 11 y el 12 de diciembre de 2023, las Comisiones Evaluadoras revisaron y valoraron las 120 solicitudes presentadas a la convocatoria.

3. En el BOIB nº. 176, de 30 de diciembre de 2023, se publicó la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se modifica la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones para apoyar la proyección exterior de la edición y la promoción de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración de las Illes Balears para el año 2023, que aumentaba el importe asignado a la convocatoria en 19.000 €. Por lo tanto, el crédito disponible para esta convocatoria aumentó hasta 259.000 €.

4. El 4 de enero de 2024, se publicó en el web del IEB la Propuesta de resolución del director del Instituto de Estudios Baleáricos en relación con las solicitudes presentadas a la convocatoria de subvenciones para apoyar la proyección exterior de la edición y la promoción de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración de las Illes Balears para el año 2023, con lo cual se abrió el periodo estipulado para presentar alegaciones.

5. Durante este periodo, se presentaron diez alegaciones, una de las cuales fue estimada y el resto desestimadas.

Fundamentos de derecho

1. La Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones para apoyar la proyección exterior de la edición y la promoción de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración de las Illes Balears para el año 2023 (BOIB nº. 32, de 14 de marzo de 2023).

2. El artículo 10.1.j) de los Estatutos del Instituto de Estudios Baleáricos, aprobados por el Decreto 48/2018, de 21 de diciembre (BOIB nº. 160, de 22 de diciembre de 2018; corrección de errores: BOIB nº.6, de 12 de enero de 2019).

3. La Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB nº. 100, de 11 de julio de 2009).

4. La disposición adicional primera del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre (BOIB nº. 196, de 31 de diciembre de 2005).

5. El Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre (BOE n.º 289, de 1 de diciembre de 2012).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar y conceder subvenciones por un importe total de 254.839,28a favor de los beneficiarios que se incluyen en el annexo 1.

2. Autorizar y disponer el gasto a favor de los beneficiarios que figuran en el anexo 1, con cargo en el capítulo 4 del presupuesto del IEB, con los importes detallados en dicho anexo.

3. Denegar la concesión de subvenciones a las solicitudes que se incluyen en el anexo 2.

4. Publicar esta Resolució en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse un recurso potestativo de reposición ante el presidente del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También podrá interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 5 de febrero de 2024)

El presidente del Instituto de Estudios Baleáricos Jaime Bauzá Mayol

Documentos adjuntos