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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 72947
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se excluye a los aspirantes E.B.M y A.L.H, del proceso de estabilización por concurso-oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

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Texto

(datos personales ocultos)Antecedentes

1. Mediante la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 16 de septiembre de 2022 se aprobó la convocatoria del proceso de estabilización por concurso-oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre).

2. Mediante sendas Resoluciones de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad del 4 y del 11 de noviembre de 2022 se aprobaron las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas, con expresión de la causa de exclusión, del citado proceso.

3. Mediante la Resolución de la consejera Presidencia, Función Pública e Igualdad de 25 de noviembre se aprobaron listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, del proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 155, de 29 de noviembre).

El/La aspirante (datos personales ocultos) consta como persona admitida en el proceso selectivo, en los siguientes cuerpos:

- Cuerpo superior Mallorca, reserva de personas con discapacidad.

- Cuerpo administrativo Mallorca.

- Cuerpo auxiliar Mallorca, reserva de personas con discapacidad.

- Cuerpo subalterno Mallorca, reserva de personas con discapacidad.

El/La aspirante (datos personales ocultos). consta como persona admitida en el proceso selectivo, en el cuerpo superior Mallorca, reserva de personas con discapacidad.

4. Dado que estas personas aspirantes no cumplen uno de los requisitos establecidos en la base 13.3 de la convocatoria, los tribunales calificadores, previa audiencia a las personas interesadas, han acordado, en sesión de 2 de febrero de 2024, proponer su exclusión a la consejera de Presidencia y Administraciones públicas por los motivos que les serán comunicados oportunamente, de los siguientes cuerpos:

-(datos personales ocultos). del concurso oposición cuerpo superior mallorca reserva de personas con discapacidad.

-(datos personales ocultos). del concurso oposición cuerpo subalterno mallorca reserva de personas con discapacidad.

Fundamentos de derecho

1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas, y la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.

3. Artículo 19 de la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de cuerpos y escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 49, de 3 de abril de 2007).

4. Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

5. Artículo 29 del Decreto 27/1994, de 11 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

6. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

7. El Decreto 36/2004, de 16 de abril, por el que se regula el acceso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la función pública de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

8. La Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 16 de septiembre de 2022 (BOIB número 122 de 17 de septiembre) por la que se aprueba la convocatoria del proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Excluir definitivamente a las personas aspirantes (datos personales ocultos). del proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de acuerdo con lo que se dispone a continuación:

LISTAS DEFINITIVAS DE PERSONAS EXCLUIDAS

 

CUERPOS GENERALES

 

CONCURSO OPOSICIÓN CUERPO SUPERIOR MALLORCA RESERVA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

 

 

NOMBRE

DNI

MOTIVOS DE EXCLUSIÓN

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

NO APTO

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

NO APTO

 

CONCURSO OPOSICIÓN CUERPO SUBALTERNO MALLORCA RESERVA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

 

 

NOMBRE

DNI

MOTIVOS DE EXCLUSIÓN

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

NO APTO

2. Modificar, en los términos establecidos en el punto anterior, las listas definitivas de admitidos y excluidos del citado proceso, aprobadas por resolución de 25 de noviembre de 2022 (BOIB núm. 155, de 29 de noviembre de 2022).

3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la Sede electrónica www.caib.es y en el Portal del Opositor (http://oposicions.caib.es).

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación, de de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.

Contra aquesta Resolució, que posa fi a la via administrativa, es pot interposar un recurs potestatiu de reposició davant la consellera de Presidència i Administracions Públiques en el termini d'un mes, comptador des de l'endemà d'haver-se publicat, d'acord amb els articles 123 i 124 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, del procediment administratiu comú.

 

(Firmado electrónicamente: 5 de febrero de 2024)

La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens