Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 72400
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la apertura y funcionamiento como centro privado de educación infantil de primer ciclo el CEI Little Rainbow con 3 unidades de educación infantil de primer ciclo
Hechos
1. La resolución del Consejero de Educación y Formación Profesional de 5 de abril de 2023, autorizó la extinción de la autorización y el cese de la actividad como centro docente al centro privado de educación infantil de primer ciclo el CEI Little Rainbow, con código 07016220.
2. El 2 de noviembre de 2023, el señor Gabriel Isern Ochogavia, como administrador único de la sociedad Herdiepab Advisors SL, presentó nuevamente una solicitud de apertura y funcionamiento del centro de educación infantil de 1er ciclo CEI Little Rainbow, (GOIBE683769/2023), con 3 unidades: 1 unidad de 0 a 1 años, 1 unidad de 1 a 2 años y 1 unidad de 2 a 3 años y adjuntó los planos de la planta del edificio, la memoria justificativa y la documentación de la titularidad del centro. En la solicitud indicaba que querían volver a solicitar la autorización del centro educativo, dado que las circunstancias que obligaron a cerrarlo habían cambiado.
3. El 27 de noviembre de 2023, el arquitecto del Instituto para la Educación de la Primera Infancia (IEPI) emitió un informe favorable, en el que indicaba que la documentación cumplía con los requisitos establecidos en el Decreto 23/2020, de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto Consolidado del Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil.
4. El 1 de diciembre de 2023, se solicitó la visita del técnico para comprobar que las instalaciones se adaptaban a los planos sobre los que había emitido informe favorable en fecha 27 de noviembre de 2023.
5. El 12 de enero de 2024, la Comisión de valoración de las calificaciones del profesorado de educación infantil de primer ciclo emitió un informe favorable provisional respecto al número de profesionales, condicionado a cumplir los compromisos adquiridos respecto a la certificación de conocimientos de lengua catalana exigible de conformidad con el apartado f) del artículo 11 del Texto consolidado del Decreto 23/2020.
6. En fecha 15 de enero de 2024, después de visitar las obras el 12 de enero de 2024, el arquitecto del IEPI emitió un informe técnico favorable sobre la visita de inspección a las instalaciones, en la que comprobó que se adaptaban a los planos sobre los que había emitido informe favorable.
7. El 24 de enero de 2024, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la autorización de apertura y funcionamiento solicitada sobre la que había informado favorablemente el Instituto para la Educación de la Primera Infancia y la Comisión de valoración de las calificaciones del profesorado de educación infantil de primer ciclo.
8. El 25 de enero de 2024, la directora general de Planificación y Gestión Educativas emitió una propuesta de resolución por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del centro de educación infantil de primer ciclo CEI Little Rainbow con la configuración de 3 unidades de educación infantil de primer ciclo.
Fundamentos de derecho
1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).
2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
4. El Decreto ley 5/2023, de 28 de agosto, de medidas urgentes en el ámbito educativo y en el sanitario (BOIB núm. 120, de 29 de agosto).
5. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de Educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102, creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros privados deben someter a la autorización administrativa correspondiente (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).
6. El Decreto 23/2020 de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto consolidado del Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 135, de 1 de agosto).
7. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece, en el artículo 36.2, que , en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
8. Decreto 1/2024, de 4 de enero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, y por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto, (BOIB núm. 3, de 5 de enero).
Por todo ello, de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas en fecha 26 de enero de 2024, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar, con efectos del inicio del curso escolar 2023-2024, la apertura y funcionamiento del centro de educación infantil de primer ciclo CEI Little Rainbow. Se le asigna un nuevo código: 07016785 y su configuración es de 3 unidades de educación infantil de 1r ciclo.
2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:
Código de centro: 07016785
Denominación genérica: centro privado de educación infantil de primer ciclo
Denominación específica: Little Rainbow
Titular: Herdiepab Advisors SL (CIF B57918633)
Domicilio: Son Busquets, núm. 4
Municipio: Palma
Código postal: 07010
Enseñanzas autorizadas:
Educación infantil de primer ciclo: 3 unidades y 37 plazas escolares, distribuidas de la siguiente forma:
- De 0 a 1 año: 1 unidad y 7 plazas escolares.
- De 1 a 2 años: 1 unidad y 12 plazas escolares.
- De 2 a 3 años: 1 unidad y 18 plazas escolares.
3. Inscribir esta autorización en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD) del Ministerio de Educación y Formación Profesional y en el Registro autonómico de centros docentes (Repositorio de centros).
4. Poner en conocimiento del citado centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, (firmado electrónicamente: 5 de febrero de 2024)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany