Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 71584
Resolución del director gerente del Hospital Comarcal de Inca por la que se adjudica por el procedimiento de libre designación, el puesto de trabajo de jefe/a de Servicio de Otorrinolaringología del Hospital Comarcal de Inca
Hechos
1. Mediante la Resolución del director gerente del Hospital Comarcal de Inca de 7 de noviembre de 2023 (BOIB núm. 153, de 11 de noviembre de 2023), se convocó por la provisión ,por el sistema de libre designación de jefe de Otorrinolaringología de la plantilla orgánica
2. Transcurrido el plazo para presentar la solicitud , la única aspirante Francisca Jaume Monrroig defendió delante del órgano convocante y sus asesores, el proyecto técnico de gestión de la unidad asistencial de Otorrinolaringología del Hospital Comarcal de Inca.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud.
2. El Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público.
3. El Decreto 39/2006, de 21 de abril, por el que se aprueban los estatutos del ente público del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
4. El Real decreto ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social, que se mantendrá vigente, con rango reglamentario y sin carácter básico, en tanto se proceda a la modificación en cada servicio de salud, según lo que se establece en la disposición transitoria sexta, punto 1c), de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre.
5. El Decreto 87/2006, de 6 de octubre, de provisión de jefaturas de carácter asistencial del Servicio de Salud de les Islas Baleares.
6 La disposición final segunda, punto1, del Decreto ley 5/2023, de 28 de agosto, de medidas urgentes en el ámbito educativo y sanitario, por el que se modifica
la Ley 3/2007, de 27 de marzo de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que establece lo siguiente:
1. La letra d) del artículo 30 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de las Comunidad Autónoma de las Illes Balears, queda modificada de la siguiente manera:
d) Nivel exigido de conocimiento de la lengua catalana, en los términos establecidos reglamentariamente.
Se exceptúa de esta exigencia al personal estatutario y laboral sanitario del Servicio de Salud de las Illes Balears y de los entes públicos adscritos a este Servicio, cuyo requisito de acceso sea una titulación de la rama sanitaria. Respecto de este personal, el conocimiento de la lengua catalana no tendrá en ningún caso el carácter o condición de requisito para el ingreso, provisión u ocupación de puestos de trabajo o desempeño de funciones en aquel Servicio o en los entes públicos adscritos al mismo. Así, en relación con este personal, el conocimiento de lengua catalana tendrá la condición de mérito, en los términos que se determinen reglamentariamente.
En el ejercicio de las competencias atribuidas por la Resolución de la consejera de Salud de 8 de agosto de 2023, de delegación de competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 112 de 12 de agosto de 2023), dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Adjudicar a la Sra. Francesca Jaume Monroig, el puesto de trabajo de jefe/a de Servicio de Otorrinolaringología del Hospital Comarcal de Inca.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la intranet del Hospital Comarcal de Inca
Interposición de recursos
Contra esta Resolución –que agota la vía administrativa– se puede interponer un recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. También se puede interponer cualquier otro recurso que se considere procedente.
No obstante, las personas interesadas pueden optar por interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta la Resolución en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución. En este caso, no se podrá interponer el recurso contencioso administrativo hasta que no se haya dictado una resolución expresa o presunta sobre el recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Inca, 4 de febrero de 2023
El director gerente del Hospital Comarcal de Inca Por delegación de la consejera de salud ( Boib núm.112 de 2 de agosto de 2023) Francisco Ferrer Sancho