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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 69197
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se revoca parcialmente la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 7 de septiembre de 2023 por la que se minora la cantidad de la ayuda de las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU en la parte que afecta al expediente MOVESIII -2001/2021

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Texto

Antecedentes

1. El 3 de julio de 2021 se publicó la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 3 de agosto de 2022 (BOIB núm. 103, de 6 de agosto de 2022).

2. En fecha 29 de junio de 2022, don Antonio Sánchez Núñez, solicitó una subvención de esta convocatoria para la adquisición de un vehículo eléctrico (con expediente MOVES III 2001/2021).

3. El 21 de noviembre de 2022, el consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática dictó una Resolución por la que se concedía una subvención al de don Antonio Sánchez Núñez, por importe de 4.950 euros (expediente MOVES III 2001/2021) .

4. En fecha 13 de abril de 2023, el beneficiario de la subvención presentó la documentación justificativa de esta subvención.

5. El 17 de agosto de 2023 se publicó en el BOIB núm. 114 la propuesta de resolución del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se minoraba la cantidad de la ayuda y se proponía el pago en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo. La cuantía final de pago de subvención propuesta para don Sánchez Núñez se reducía a 4.500 euros por el motivo “No corresponde incremento del 10% de la ayuda por vehículo adaptado puesto que no consta ninguna adaptación del vehículo a la ficha técnica.

6. En fecha 12 de septiembre de 2023 se publicó en el BOIB núm. 126, la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se minoraba la cantidad de la ayuda y se reconocía y se proponía el pago de las subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo, en idénticos términos al de la propuesta

7. En fecha 14 de septiembre de 2023, según consta con registro de entrada ENV/124017/2023, el señor Antonio Sánchez Núñez ha presentado un escrito que, en virtud de lo que prevé el artículo 115.2 de la Ley 39/2015, se debe considerar como un recurso de reposición contra la Resolución mencionada. En fecha 5 de octubre de 2023, la jefa de la Sección VIII de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático ha emitido informe en relación con el recurso presentado.

8. Con fecha 9 de octubre se dictó la Resolución por la que se estima el recurso potestativo de reposición interpuesto por don Antonio Sánchez Núñez contra la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 7 de septiembre de 2023, por la que se minora la cantidad de la ayuda y se reconoce y propone el pago de las subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo, sobre el expediente MOVES III 2001/2021.

Fundamentos de derecho

1. El consejero de Empresa, Empleo y Energía es el órgano competente para resolver el procedimiento dado el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de les Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears (modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, de la presidenta deles Illes Balears), competencia delegada en el director general de Economía Circular, Transición energética y Cambio Climático por la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 20 de julio de 2023 de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería (BOIB núm. 103, de 22 de julio de 2023).

2. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

3. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB núm. 88, de 3 de julio de 2021).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Revocar parcialmente la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 7 de septiembre de 2023 por la que se minora la cantidad de la ayuda de las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea NextGenerationEU en la parte que afecta a Antonio Sánchez Núñez, expediente MOVESIII-2001/2021.

2. Retrotraer las actuaciones en el momento anterior en que se dictó la Resolución de minoración y continuar la tramitación del expediente MOVESIII-2001/2021.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico del Administración de la Comunidad Autónoma deles Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 1 de febrero de 2024

El director general De Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB núm.103, de 22/07/2023)