Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 67764
Resolución de la directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa de 2 de febrero de 2024 por la cual se convocan las pruebas libres para obtener los títulos de técnico y de técnico superior de formación profesional del sistema educativo y se concretan aspectos sobre la organización
Hechos
1. El artículo 69 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE), modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la cual se modifica la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOMLOE), establece que las administraciones educativas tienen que convocar periódicamente pruebas para obtener directamente los títulos de formación profesional.
2. El artículo 141 del Real decreto 659/2023, de 18 de julio, por el cual se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, fija una periodicidad máxima de un año para convocar pruebas para la obtención de los títulos de técnico y de técnico superior.
3. El artículo 25.5 de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears , indica que la Consejería de Educación y Universidades tiene que convocar periódicamente pruebas libres para la obtención de títulos de técnico y de técnico superior siguiendo los criterios que se determinen.
4. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008 por la cual se regulan las pruebas libres para obtener el título de técnico o de técnico superior de formación profesional del sistema educativo (BOIB núm. 38, de 18 de marzo de 2008) regula las pruebas libres para obtener el título de técnico o de técnico superior de formación profesional del sistema educativo. La disposición final primera de la Orden mencionada autoriza al órgano competente en materia de formación profesional del sistema educativo para que dicte las instrucciones necesarias para el desarrollo y la aplicación de esta Orden.
Fundamentos de derecho
1. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la cual se modifica la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).
2. El Real decreto 659/2023, de 18 de julio, por el cual se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional (BOE núm. 174, de 23 de julio de 2023).
3. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears (BOIB núm. 38, de 17 de marzo de 2022).
4. El Decreto 91/2012, de 23 de noviembre, por el cual se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Illes Balears (BOIB núm. 177, de 29 de noviembre de 2012).
5. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 13 de julio de 2009 por la cual se regula la organización y el funcionamiento de los ciclos formativos de formación profesional del sistema educativo que se imparten de acuerdo con la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en las Illes Balears en la modalidad de enseñanza presencial (BOIB núm. 108, de 25 de julio de 2009).
6. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008 por la cual se regulan las pruebas libres para obtener el título de técnico o de técnico superior de formación profesional del sistema educativo (BOIB núm. 38, de 18 de marzo de 2008).
Por todo esto, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Convocar las pruebas para obtener los títulos de técnico y técnico superior de formación profesional dentro del sistema educativo, de conformidad con las instrucciones que figuran en el anexo 1.
2. Aprobar las instrucciones que concretan determinados aspectos de la organización de las pruebas libres para obtener los títulos de técnico y de técnico superior de formación profesional del sistema educativo en la convocatoria del año 2024 e incluirlas como anexo 1 de esta Resolución.
3. Aprobar los módulos profesionales ofrecidos en esta convocatoria, los cuales se recogen en el anexo 2.
4. Aprobar la lista de módulos de los ciclos formativos de grado superior que, en caso de ser ofrecidos en la convocatoria, se tienen que realizar en lengua inglesa, los cuales se recogen en el anexo 3.
5. Aprobar el calendario del procedimiento de inscripción y de realización de las pruebas para la presente convocatoria, que figura en el anexo 4.
6. Ordenar en todos los centros educativos incluidos en la oferta de esta convocatoria que publiquen un anuncio en su página web antes del inicio del plazo de inscripción.
7. Disponer que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web de Formación Profesional (https://fp.caib.es) y ordenar que empiece a producir efectos al día siguiente de haberse publicado.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrònica (2 de febrero de 2024)
La directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa Maria Isabel Salas Sánchez
ANEXO 1 Instrucciones
Primero Objeto y ámbito de aplicación
Estas instrucciones concretan los aspectos necesarios para desarrollar las pruebas libres que se tienen que llevar a cabo en los centros públicos de las Illes Balears en esta convocatoria, de conformidad con la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008 por la cual se regulan las pruebas libres para obtener los títulos de técnico y de técnico superior de formación profesional del sistema educativo (BOIB núm. 38, de 18 de marzo).
Segundo Características de las pruebas
Las características de las pruebas se establecen en el artículo 3 de la Orden de 6 de marzo de 2008.
Tercero Centros que tienen que hacer las pruebas
1. Todos los centros educativos públicos de las Illes Balears autorizados a impartir ciclos formativos en régimen presencial tienen que llevar a cabo las pruebas libres de los módulos que forman parte del currículum de todos los ciclos formativos que se cursan de forma presencial en el centro, con las limitaciones a la oferta establecidas en el anexo 2 de esta Resolución.
2. En el caso de los ciclos formativos que se imparten con una organización temporal especial, sólo se tienen que llevar a cabo las pruebas libres de los módulos que se imparten de forma presencial en el centro durante el curso 2023-2024.
3. Los centros tienen la obligación de aceptar todas las solicitudes de inscripción a las pruebas libres que reciban y de llevar a cabo las pruebas de los módulos que se impartan de forma presencial en el centro, con las limitaciones establecidas en el anexo 2 de esta Resolución.
4. Los alumnos que en cursos anteriores hayan superado algún módulo de un ciclo que ha dejado de ofrecerse en su centro pueden solicitar la inscripción por libre al resto de módulos durante los dos cursos posteriores a aquel en que se haya dejado de ofrecer el módulo que solicita. El centro educativo tiene que aceptar las solicitudes recibidas siempre que disponga de personal con atribuciones docentes en los módulos solicitados, disponga de las instalaciones específicas necesarias para llevar a cabo las pruebas y no se ofrezca el ciclo en otro centro de la misma isla en esta convocatoria.
Cuarto Requisitos para la inscripción
1. Los requisitos para participar en las pruebas para obtener los títulos de técnico y de técnico superior de formación profesional del sistema educativo son los que se establecen en los puntos 1 y 2 del artículo 6 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008 y en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.
2. El artículo 7 de la Orden mencionada recoge las incompatibilidades que no permiten inscribirse en determinados módulos de las pruebas libres.
3. El artículo 141.4 del Real decreto 659/2023 establece que una persona no podrá matricularse en las pruebas para la obtención de un título en el mismo año académico en que se encuentre matriculado de manera ordinaria en el o en los mismos módulos profesionales, en cualquier modalidad y en cualquier comunidad autónoma. En caso de identificarse esta duplicidad, las administraciones competentes implicadas anularan todas las matrículas.
4. Las personas que cumplen los requisitos de acceso y no pueden conciliar la vida laboral y familiar con la oferta formativa ni presencial ni virtual, o bien presentan otras circunstancias, se pueden presentar a alguno de los módulos profesionales de los ciclos formativos, con las limitaciones siguientes:
a. No se pueden matricular de más de 660 horas por convocatoria, de acuerdo con la duración asignada a cada módulo por el currículum vigente del título.
b. Para los módulos que se imparten en inglés en los grados superiores, no se tendrán en cuenta las horas de docencia adicionales para computar la duración del módulo.
c. Se tienen que respetar las limitaciones establecidas en el anexo 2 para algunos ciclos y centros.
d. No se pueden matricular de módulos superados anteriormente por cualquier vía.
5. La inscripción está sujeta al pago de las tasas que se establecen en los artículos 103 duovicies a 103 sexvicies de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Para el año 2024, se han establecido las cuantías siguientes:
a. Inscripción para hacer la prueba libre de módulos que pertenecen a ciclos de grado medio, incluida la expedición del certificado que acredita las calificaciones obtenidas : 9,29 euros por módulo.
b. Inscripción para hacer la prueba libre de módulos que pertenecen a ciclos de grado superior, incluida la expedición del certificado que acredita las calificaciones obtenidas : 12,78 euros por módulo.
6. Quedan exentos del pago de la tasa:
a. Las personas en situación legal de desocupación; las personas en situación de dependencia en grado II o III y los miembros de su unidad familiar; las personas con un grado de discapacidad igual al 33 % o superior y los miembros de su unidad familiar; los miembros de las familias en situación de vulnerabilidad económica especial; los miembros de las familias en riesgo social; las personas sujetas a medidas privativas de libertad; los jóvenes tutelados y extutelados en vía de emancipación, y los jóvenes en situación de acogida familiar. En el momento de la inscripción, los sujetos pasivos de la tasa tienen que acreditar documentalmente que se encuentran en alguna de estas situaciones.
b. Las personas que hayan sido víctimas de actos terroristas, y también el cónyuge y los hijos, siempre que acrediten documentalmente su situación en el momento de la inscripción mediante la resolución administrativa correspondiente. En el caso del cónyuge y los hijos, también tienen que adjuntar el libro de familia o una certificación oficial en que conste el matrimonio o la filiación, respectivamente.
c. Las víctimas de violencia de género, así como los hijos que dependen, siempre que acrediten documentalmente su situación en el momento de la inscripción mediante cualquier de los documentos que prevé la normativa vigente. En el caso de los hijos dependientes, también se tiene que presentar el libro de familia o un certificado oficial en que conste la filiación.
d. Los miembros de familias numerosas, así como los miembros de familias monoparentales de categoría especial, siempre que pidan la exención al centro que presta el servicio y acrediten documentalmente su situación en el momento de la inscripción de acuerdo con los documentos que prevé la normativa vigente.
7. Tienen derecho a una exención del 50 % de la tasa los miembros de familias monoparentales de categoría general, siempre que la pidan al centro que presta el servicio y acrediten documentalmente su situación en el momento de la inscripción de acuerdo con los documentos que prevé la normativa vigente.
8. El importe de la tasa se tiene que devolver, previa solicitud, en el supuesto de que la persona solicitante no sea admitida en las pruebas convocadas.
Quinto Inscripción en los módulos impartidos en lengua inglesa de los ciclos de grado superior amparados por la LOE
Las personas que se inscriban para hacer las pruebas libres de los ciclos de grado superior las enseñanzas de los cuales estén amparados por la LOE se tienen que evaluar en lengua inglesa de los módulos del ciclo que figuran en el anexo 3 de esta Resolución.
Sexto Centros donde se puede hacer la inscripción a las pruebas libres
1. Las personas interesadas a hacer las pruebas libres se tienen que inscribir en un centro educativo público de las Illes Balears autorizado para impartir el ciclo al cual pertenecen los módulos de que se quieren examinar. Si hay más de un centro autorizado, tienen que elegir el centro donde les interese presentarse, con las limitaciones establecidas en el anexo 2 de esta Resolución.
2. Cuando una persona esté interesada en presentarse a una prueba que se hace en un centro situado en una isla diferente de aquella donde vive, puede presentar la solicitud y la documentación que se tenga que adjuntar en el centro educativo público más cercano autorizado a hacer pruebas libres de algún ciclo formativo. Este centro tiene que compulsar las copias de los documentos que se adjunten a la solicitud y tiene que enviar una copia de la solicitud y de la documentación al centro donde se pide hacer las pruebas, y comprobar la recepción correcta. Una vez acabado el plazo de admisión de solicitudes para hacer las pruebas, se tienen que enviar al centro donde se hacen las pruebas los originales de las solicitudes y la documentación que se adjunte.
3. Como norma general, las personas que se presenten a la prueba libre de un módulo de un ciclo en un centro se tienen que inscribir en este mismo centro para examinarse del resto de módulos de este ciclo en las convocatorias sucesivas. Si por alguna circunstancia tienen que cambiar de centro, tienen que comunicar al nuevo centro el nombre del centro en el cual hicieron el resto de pruebas libres.
Séptimo Formalización de la solicitud de inscripción
1. La solicitud se tiene que formalizar por duplicado mediante el impreso oficial. Todos los centros educativos públicos de las Illes Balears que imparten enseñanzas de formación profesional del sistema educativo tienen que facilitar este impreso, que también se puede encontrar en la página web de Formación Profesional (https://fp.caib.es).
2. A la solicitud mencionada se tienen que adjuntar los documentos que correspondan de entre todos los que figuran en el punto noveno de estas instrucciones.
3. Los solicitantes que, por sus características físicas o sensoriales, necesiten una adaptación de las condiciones en que se tienen que hacer las pruebas lo tienen que hacer constar en la solicitud.
4. En la solicitud tiene que constar si la persona ya ha superado algún módulo del ciclo en el cual se inscribe y el último centro donde ha hecho los estudios y/o las pruebas libres correspondientes.
Octavo Plazo de inscripción a las pruebas
La inscripción a las pruebas libres se tiene que formalizar del 6 al 18 de marzo de 2024, ambos incluidos.
Noveno Documentación para acreditar los requisitos de inscripción a las pruebas
1. Para acreditar el pago de la tasa correspondiente, se tiene que presentar el documento de ingreso 046 a nombre del solicitante. Si el pago se ha hecho electrónicamente, es suficiente presentar una copia simple. Si el pago se ha hecho de manera presencial, se tiene que presentar el original sellado por el banco para cotejarlo. El código del concepto para esta tasa es P40.
2. Para acreditar la exención total o parcial del pago de la tasa, se tiene que presentar, según corresponda, alguno de los documentos que se indican a continuación:
a. Las personas en situación legal de desocupación tienen que presentar el informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desocupación, emitido por un servicio público de ocupación. La fecha de este documento no puede ser anterior en más de treinta días naturales al inicio del plazo de inscripción.
b. Las personas con una discapacidad igual o superior al 33 % tienen que presentar el certificado que acredita el tipo y el grado de discapacidad que tienen, expedido por un organismo oficial competente en materia de asuntos sociales. En el caso que el solicitante sea un familiar de hasta segundo grado de una persona con discapacidad, también tiene que aportar el libro de familia o, alternativamente, el certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga, así como el volante o el certificado de convivencia emitido por el padrón municipal.
c. Las personas con grado II o III de dependencia reconocido tienen que presentar el certificado o la resolución que acredita el grado de dependencia, expedido por un organismo oficial competente en materia de asuntos sociales. En el supuesto de que el solicitante sea un familiar de una persona dependiente, también tiene que aportar el libro de familia o, alternativamente, el certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga, así como el volante o el certificado de convivencia emitido por el padrón municipal.
d. Los miembros de familias en riesgo social con menores de edad que han sido objeto de declaración de riesgo por parte de la administración competente en materia de protección de menores tienen que presentar la resolución o el certificado de declaración de riesgo emitida por el órgano o bien con el convenio de intervención social y educativa familiar entre la familia del menor y los servicios sociales del municipio. También tienen que aportar el libro de familia o, alternativamente, el certificado del registro oficial en el que conste la relación familiar o análoga.
e. Los miembros de familias con menores de edad retornados después de la aplicación de medidas administrativas de protección tienen que aportar la resolución o certificación oficial del órgano competente. También tienen que aportar el libro de familia o, alternativamente, el certificado del registro oficial en el que conste la relación familiar o análoga.
f. Los miembros de familias con menores de edad retornados después de la aplicación de medidas de justicia juvenil tienen que presentar la resolución o certificado del Servicio de Justicia Juvenil de la Dirección General de Infancia Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad del Gobierno de las Illes Balears o del organismo autonómico competente, el cual tiene que estar vigente en la fecha de presentación. También tienen que aportar el libro de familia o, alternativamente, certificado del registro oficial en el que conste la relación familiar o análoga.
g. Las personas que acrediten ser miembros de una familia numerosa tienen que presentar el título o certificado expedido al efecto por el órgano competente, de acuerdo con aquello que prevé la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas.
h. Los miembros de unidades familiares que perciban la renta mínima de inserción tienen que presentar el certificado de ingresos de renta mínima de inserción con fecha posterior al 1 de enero de 2024.
i. Los miembros de unidades familiares que perciban la renta social garantizada tienen que presentar el certificado de ingresos de renta social garantizada con fecha posterior al 1 de enero de 2024.
j. Los beneficiarios del ingreso mínimo vital tienen que presentar la resolución o un certificado de concesión de la entidad gestora de la ayuda con fecha posterior al 1 de enero de 2024. Si el solicitante es familiar del beneficiario, también tiene que presentar el libro de familia o, alternativamente, certificado del registro oficial en el que conste la relación familiar o análoga, así como el volante o certificado de convivencia emitido por el padrón municipal.
k. Los solicitantes que perciban el subsidio de desocupación tienen que presentar el certificado que acredite esta situación emitido por el Servicio Público de Ocupación Estatal (SEPE), la fecha de emisión del cual no puede ser anterior en más de treinta días naturales al inicio del plazo de inscripción. Si el solicitante es familiar del beneficiario, también tiene que aportar el libro de familia o, alternativamente, certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga, así como el volante o certificado de convivencia emitido por el padrón municipal.
l. Las personas sujetas a medidas privativas de libertad y los jóvenes tutelados y extutelados en vía de emancipación tienen que presentar la resolución judicial que determine esta situación.
m. Las personas que hayan sido víctimas de actos terroristas tienen que presentar alguno de los documentos siguientes:
n. Las personas que hayan sido víctimas de violencia de género tienen que presentar alguno de los documentos siguientes:
En el caso de ser hijo dependiente, también se tiene que presentar el libro de familia o, alternativamente, certificado del registro oficial en el cual conste la relación familiar o análoga, así como el volante o certificado de convivencia emitido por el padrón municipal.
o. Los miembros de familias monoparentales tienen que aportar el título o carné individual de familia monoparental emitido por el consejo insular correspondiente o bien por la administración competente en su lugar de residencia. Se reconocerán los títulos de familias monoparentales expedidos por otras comunidades autónomas, siempre que haya reciprocidad, hasta que dejen de estar vigentes.
p. Los jóvenes en situación de acogida tienen que presentar la resolución judicial o administrativa de la acogida, o, si no hay, un certificado emitido por la entidad correspondiente (Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales —IMAS—, Servicio Insular de Familia del Departamento de Bienestar Social del Consejo Insular de Menorca, Servicio de Protección de Menores del Consejo Insular de Ibiza o Consejo Insular de Formentera).
3. Para acreditar el requisito de edad se tiene que aportar el original y una copia del documento oficial de identificación de que se disponga (DNI, pasaporte, etc.).
4. Para acreditar el requisito de acceso al ciclo formativo, se tiene que presentar el original y una copia de alguno de estos documentos:
a. El título oficial que permite el acceso al ciclo o el resguardo de haber hecho el pago para obtenerlo. En el caso de estar pendiente de homologación de estudios extranjeros en el momento de la inscripción, el solicitante tiene que presentar el volante para la inscripción condicional en centros docentes o exámenes oficiales, sellado por la unidad de registro donde se haya presentado la solicitud de homologación o convalidación. Antes del inicio de la primera prueba se tiene que presentar la resolución definitiva de homologación o convalidación.
b. Una certificación académica personal que indique que se han superado los estudios que dan acceso directo al ciclo formativo.
c. Cualquiera de los certificados o documentos acreditativos que permiten la admisión al ciclo formativo para las diferentes vías.
5. Si los requisitos de acceso no se pueden acreditar documentalmente durante el periodo de inscripción, se tiene que acreditar que se pueden tener en el momento de hacer las pruebas y se tienen que entregar al presidente de la comisión evaluadora al inicio de la primera prueba. En caso de no presentarlos, se decae en su derecho a hacer la prueba.
6. Las personas que, dadas sus características físicas o sensoriales, solicitan la adaptación de las condiciones en que se tienen que hacer las pruebas tienen que presentar el certificado que acredite el tipo y el grado de discapacidad que tienen, expedido por un organismo oficial competente en materia de asuntos sociales.
Décimo Solicitud de convalidaciones o de exenciones de módulos
No se pueden solicitar convalidaciones o exenciones a las pruebas para la obtención directa de un título (pruebas libres), dado que el artículo 4 del Real decreto 1085/2020 establece que las solicitudes se tienen que presentar en el centro donde están matriculados para cursar las enseñanzas para las cuales se solicita la convalidación y las pruebas libres no incluyen la docencia de las enseñanzas.
Undécimo Actuación con la documentación necesaria para inscribirse en la prueba
1. El secretario del centro donde se hacen las inscripciones para hacer la prueba tiene que sellar uno de los ejemplares de la solicitud y lo tiene que devolver a la persona interesada. Además, se tiene que quedar con el otro ejemplar y con una copia compulsada de toda la documentación que se presenta.
2. La documentación se tiene que incorporar al expediente del alumno y se tiene que custodiar mientras el centro exista.
Duodécimo Relación provisional de inscritos
El 25 de marzo de 2024 los centros tienen que publicar en el tablón de anuncios y en su página web la relación provisional de personas inscritas a cada ciclo con la indicación del nombre de los módulos a los cuales están inscritas para examinarse y el nombre del ciclo al cual pertenecen.
Decimotercero Plazo de reclamaciones
Los días 25, 26 y 27 de marzo de 2024 se pueden presentar, mediante una solicitud dirigida a la dirección del centro, las reclamaciones contra la relación provisional de personas inscritas.
Decimocuarto Relación definitiva de inscritos
El 12 de abril de 2024 el centro tiene que publicar en el tablón de anuncios y en su página web las relaciones definitivas de personas inscritas en cada ciclo, con la indicación de los módulos a los cuales están admitidas.
Decimoquinto Orientación para las personas inscritas
1. La orientación para las personas interesadas a presentarse a las pruebas libres está regulada en el artículo 12 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008.
2. El centro educativo tiene que establecer el procedimiento por el cual se tiene que informar y orientar a las personas inscritas en las pruebas libres que lo soliciten.
3. La información tiene que incluir los contenidos curriculares, la bibliografía recomendada, los criterios de evaluación y las características de los exámenes.
4. Para mejorar el proceso de revisión de las pruebas cada comisión evaluadora tiene que llevar un registro con los datos de las personas que han solicitado información, una síntesis de la información enviada, la fecha de atención y el nombre de la persona que ha dado la información.
Decimosexto Registro de los datos de los inscritos
Las personas que figuran en la relación definitiva de personas inscritas y que cumplen las condiciones académicas o las acreditaciones que permiten acceder al ciclo formativo al cual pertenecen los módulos de que se quieren examinar quedan matriculadas, en régimen de enseñanza libre, del ciclo formativo mencionado.
Decimoséptimo Calendario de las pruebas
1. Las pruebas libres que se convocan mediante esta Resolución se tienen que llevar a cabo dentro del periodo comprendido entre el 2 de mayo y el 31 de mayo de 2024, ambos incluidos.
2. Cada comisión evaluadora tiene que elaborar el calendario de las pruebes de un ciclo de forma conjunta con el jefe de estudios del centro, teniendo en cuenta el periodo establecido en el punto anterior.
3. En el calendario se tienen que hacer constar el día, la hora, el lugar y el tiempo máximo para hacer la prueba correspondiente a cada módulo profesional, así como el material necesario para poder hacerla, se tiene que indicar si la prueba tiene más de una parte y si alguna de las partes es eliminatoria. También se tiene que indicar la fecha de publicación de los resultados de cada examen así como la hora y la fecha de la convocatoria de revisión del examen.
4. Además, el calendario tienen que indicar el día de la publicación de los resultados provisionales de cada ciclo formativo e indicar el plazo de tres días hábiles para que las personas interesadas puedan presentar reclamaciones. Esta fecha tiene que ser posterior a la última fecha de revisión de los exámenes que forman parte del ciclo formativo.
5. El calendario y los criterios de evaluación se tienen que publicar en el tablón de anuncios y en la página web del centro el 19 de abril de 2024, como máximo.
6. Cada centro educativo tiene que enviar una copia del calendario mencionado al Servicio de Planificación y Participación de la Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa el mismo día que se publican, como máximo.
7. Cuando, por circunstancias justificadas, no sea posible hacer la prueba de un módulo determinado el día y la hora previstos, la Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa puede autorizar que se haga la prueba en otra fecha. La fecha nueva se tiene que publicar en el tablón de anuncios y en la página web del centro y se tiene que comunicar a los alumnos afectados.
Decimoctavo Elaboración de las pruebas
1. Cada una de las comisiones evaluadoras que se constituyen en cada centro de acuerdo con aquello que se prevé en el artículo 16 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008 tiene que elaborar una prueba para cada uno de los módulos profesionales del ciclo correspondiente en los cuales haya candidatos inscritos.
2. La comisión evaluadora tiene que facilitar los enunciados de los exámenes en la lengua oficial de la comunidad autónoma indicada por el inscrito en su solicitud, salvo los módulos que se tienen que realizar en lengua extranjera.
Decimonoveno Contenidos y criterios de valoración de las pruebas
1. Los aspirantes tienen que superar una prueba para cada uno de los módulos profesionales a los cuales se han matriculado.
2. El módulo profesional de Proyecto se tiene que evaluar de acuerdo con lo dispuesto en el punto trigésimo segundo de estas instrucciones.
3. Los contenidos de las pruebas se tienen que fundamentar en el currículum vigente del ciclo formativo y en las competencias profesionales recogidas en los títulos.
4. Las pruebas tienen que ser presenciales y tienen que incluir contenidos teóricos y prácticos que permitan evidenciar, a través de los criterios de evaluación y realización correspondientes, que el aspirante ha logrado las diferentes capacidades, resultados del aprendizaje o competencias profesionales correspondientes al módulo.
5. La comisión evaluadora puede estructurar la prueba de cada módulo profesional en partes independientes y establecer, si corresponde, el carácter eliminatorio de cada parte. Se tiene que informar a los candidatos de esta circunstancia, de acuerdo con lo que se establece en el punto decimoséptimo de estas instrucciones.
6. Los criterios de calificación se tienen que especificar en el enunciado de la prueba.
Vigésimo Calificación de las pruebas y custodia de materiales de evaluación
1. Las pruebas se tienen que evaluar de conformidad con la normativa vigente en materia de evaluación de los ciclos formativos. En los caso de las personas que no se presenten a la convocatoria de las pruebas de algún módulo o de alguna parte de estas se tiene que informar en el software de gestión académica con la indicación NP (no presentado).
2. El centro tiene que custodiar los exámenes y otros materiales de evaluación realizados por los aspirantes durante un periodo de cuatro meses a contar desde el día en que se cierra el procedimiento establecido en el punto vigésimo octavo de este anexo. En el supuesto de que el inscrito presente recurso, la documentación se tiene que custodiar hasta que concluyan los procedimientos abiertos.
Vigésimo primero Revisión de las pruebas
1. Los resultados preliminares de cada módulo se tienen que publicar el día establecido en el calendario en el tablón de anuncios y en la página web del centro.
2. Los inscritos tienen derecho a acceder a sus pruebas y a recibir una explicación razonada de la calificación. Al mismo tiempo y por los mismos medios que se publiquen los resultados del módulo se tiene que indicar el día y la hora en que se convoquen las personas inscritas que quieran revisar su prueba, de acuerdo con el calendario establecido por la comisión evaluadora.
3. Las personas que no estén de acuerdo con su calificación pueden presentar una solicitud de revisión de los resultados provisionales del ciclo formativo ante la comisión evaluadora en el plazo indicado al calendario del centro, según el procedimiento establecido en el punto vigésimo tercero de este anexo.
Vigésimo segundo Publicación de los resultados provisionales del ciclo formativo
Los resultados provisionales de cada ciclo formativo se tienen que publicar en el tablón de anuncios y en la página web del centro educativo el día indicado al calendario del centro.
Vigésimo tercero Procedimiento para la revisión de los resultados provisionales del ciclo formativo
1. Se dispone de un plazo de tres días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de los resultados provisionales del ciclo formativo para presentar reclamaciones ante la comisión evaluadora, dirigidas al presidente.
2. Los inscritos pueden presentar reclamaciones ante la comisión evaluadora, tanto si han optado por la revisión de la prueba como si no han ejercido este derecho.
3. La comisión evaluadora tiene que resolver las reclamaciones correspondientes al ciclo formativo y tiene que extender acta antes de la publicación de los resultados definitivos.
4. En caso de desestimar total o parcialmente la solicitud, la comisión evaluadora tiene que hacer constar en el acta de la sesión de resolución de las reclamaciones la motivación razonada de la desestimación, la cual tiene que hacer referencia a:
a. La adecuación de los resultados de aprendizaje evaluados en la prueba con los establecidos en el real decreto que establece el título por el módulo. En los ciclos LOGSE se valorará la adecuación a las capacidades terminales del módulo.
b. La adecuación de los procedimientos e instrumentos de evaluación.
c. La aplicación correcta de los criterios de calificación.
d. La decisión de modificación o de ratificación de la calificación.
5. Los resultados definitivos se tienen que publicar en el tablón de anuncios y en la página web del centro el día siguiente de la sesión de resolución de las reclamaciones. La publicación de los resultados definitivos es el medio de notificación a los interesantes del resultado de la revisión de su solicitud.
6. En el plazo máximo de cinco días desde la publicación de los resultados definitivos, el centro educativo tiene que comunicar al interesado el contenido de la resolución de su reclamación. La comunicación se tiene que enviar a la dirección de correo electrónico que el interesado haya facilitado en la inscripción. En el caso de las solicitudes desestimadas, la comunicación tiene que incluir la motivación razonada de la resolución de la reclamación del interesado y tiene que indicar explícitamente la posibilidad de presentar un recurso de alzada ante la directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa en el plazo de un mes a contar desde la publicación de los resultados definitivos.
Vigésimo cuarto Acta de evaluación de las pruebas
1. Cada comisión evaluadora tiene que extender las actas de evaluación en que figuren los resultados obtenidos en cada uno de los módulos del ciclo.
2. El modelo de acta que se tiene que usar para documentar los resultados obtenidos por los aspirantes con las condiciones de acceso al ciclo formativo es el mismo que se usa para los ciclos que se cursan presencialmente, pero se tiene que hacer constar que se trata de una acta de pruebas libres. En la acta también se tienen que hacer constar las propuestas que afectan a las personas que figuran (acceso a FCT, obtención del título, etc.).
3. Todas las actas tienen que estar firmadas por todos los miembros de la comisión evaluadora.
Vigésimo quinto Registro de las calificaciones obtenidas en las pruebas
Las calificaciones de los módulos superados mediante pruebas libres obtenidas por personas que cumplen las condiciones académicas o tienen las acreditaciones que permiten acceder al ciclo formativo se tienen que reflejar en el expediente académico y en el resto de documentos del proceso de evaluación de las personas interesadas.
Vigésimo sexto Registro de las calificaciones obtenidas en pruebas libres de convocatorias anteriores por las personas que no tenían en aquel momento las condiciones académicas o las acreditaciones que permiten acceder al ciclo formativo
1. Las calificaciones obtenidas en convocatorias anteriores de pruebas libres por personas que no cumplían en el momento en que las hicieron las condiciones académicas o las acreditaciones que permiten acceder a un ciclo formativo se tienen que reflejar en los documentos del proceso de evaluación en el momento que acrediten que han conseguido los requisitos de acceso.
2. Los datos de estas personas y las calificaciones que han obtenido en convocatorias anteriores de pruebas libres se tienen que añadir a la acta de evaluación que se tiene que usar para documentar los resultados obtenidos por las personas con las condiciones de acceso al ciclo formativo en esta convocatoria.
3. Se tiene que abrir un expediente académico para cada persona, en el cual tiene que figurar la documentación que se indica en el punto noveno de estas instrucciones y toda la que acredita que han superado módulos en convocatorias anteriores, cuando todavía no cumplían los requisitos de acceso al ciclo.
Vigésimo séptimo Expedición de certificados, acreditaciones y títulos
Los centros tienen que entregar los certificados a las personas que han superado módulos de ciclos formativos mediante una prueba libre, de acuerdo con aquello que se especifica sobre registro de datos en los artículos 23, 24 y 25 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008.
Vigésimo octavo Fecha de fin del proceso
El proceso de evaluación de los módulos profesionales tiene que acabar antes del 21 de junio de 2024.
Vigésimo noveno Recurso de alzada
1. Las personas inscritas que no estén de acuerdo con la resolución de la revisión de los resultados de la comisión evaluadora pueden interponer un recurso de alzada ante la directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa en el plazo de un mes a contar desde la publicación de los resultados definitivos.
2. El recurso de alzada se tiene que presentar en el registro de entrada del Gobierno de las Illes Balears por cualquiera de los medios indicados en la normativa del proceso administrativo común.
3. En un plazo no superior a tres días hábiles, la dirección del centro tiene que enviar a la Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa la documentación que esta le solicite para resolver el expediente.
4. La directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa, con el informe preceptivo previo del Departamento de Inspección Educativa, tiene que resolver el recurso y tiene que informar al centro sobre el contenido de este.
5. La Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa tiene que notificar la resolución del recurso al interesado.
6. Si, una vez acabado el proceso de revisión, se tiene que modificar alguna calificación final, el secretario del centro tiene que insertar la diligencia correspondiente en las actas y, si corresponde, en el expediente académico y en el historial académico del alumno. La diligencia tiene que ser visada por el director del centro.
Trigésimo Calendario del procedimiento de inscripción y de realización de las pruebas libres
El calendario del procedimiento de inscripción y de realización de las pruebas de esta convocatoria se encuentra en el anexo 4 de esta Resolución.
Trigésimo primero Realización del módulo de Formación en Centros de Trabajo
1. Las condiciones para poder cursar el módulo de Formación en Centros de Trabajo se recogen en la disposición adicional primera de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008.
2. La matrícula para cursar el módulo de Formación en Centros de Trabajo se tiene que formalizar en el régimen presencial.
Trigésimo segundo Realización del módulo profesional de Proyecto de los ciclos formativos de grado superior
1. Los alumnos que tengan que cursar el módulo profesional de Proyecto y no tengan aprobado o no estén exentos de hacer el módulo de Formación en Centros de Trabajo lo tienen que cursar en la modalidad presencial.
2. Los alumnos que tengan que cursar el módulo profesional de Proyecto y tengan superado el módulo de Formación en Centros de Trabajo en el momento de la inscripción pueden matricularse en el periodo establecido para inscribirse a las pruebas libres mencionado en el punto octavo de estas instrucciones.
3. El procedimiento para evaluar este módulo en la modalidad libre es el siguiente:
a. La comisión evaluadora tiene que proponer posibles proyectos a realizar al candidato en condiciones de ser evaluado del módulo de Proyecto; no obstante, los alumnos también pueden proponer proyectos a la comisión. Los contenidos de las pruebas se tienen que fundamentar en el currículum vigente del módulo.
b. Antes del 26 de abril de 2024, la comisión evaluadora tiene que determinar el proyecto que tiene que llevar a cabo cada candidato y tiene que informar y asesorar en todos los aspectos relevantes para llevarlo a cabo.
c. La comisión evaluadora tiene que convocar a los inscritos para hacer la prueba libre del módulo profesional de Proyecto. Tiene que haber un plazo mínimo de cinco semanas naturales entre la fecha de asignación del proyecto al alumno y la fecha fijada para presentarlo.
d. Esta prueba consiste en la presentación y la defensa del proyecto elaborado por el alumno. El módulo tiene que versar sobre la experiencia laboral del alumno que dio lugar a la exención o a la evaluación positiva del módulo de Formación en Centros de Trabajo en convocatorias anteriores.
e. Si se supera el módulo, tiene que quedar reflejado en el acta de evaluación y se tiene que incluir en la propuesta de expedición de título.
4. Los profesores que tienen que evaluar la prueba libre de este módulo son los mismos que tienen la competencia para evaluar los alumnos matriculados en la modalidad presencial.
Trigésimo tercero
Publicación de los enunciados de las pruebas
Con objeto de facilitar el derecho al acceso a la información pública desarrollado por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, una vez acabado el proceso establecido en esta convocatoria los centros tienen que publicar los enunciados de las pruebas aplicadas en su página web, donde tienen que permanecer accesibles durante un plazo no inferior a un año desde la publicación.
ANEXO 2 Oferta de ciclos que hacen pruebas libres en 2024 y limitaciones a la oferta de pruebas libres
Ciclo |
Centro |
Limitaciones |
---|---|---|
ADG21_Técnico en Gestión administrativa |
CIFP JOAN TAIX |
|
ADG21_Técnico en Gestión administrativa |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
ADG21_Técnico en Gestión administrativa |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
ADG21_Técnico en Gestión administrativa |
CIFP PERE DE SON GALL |
|
ADG21_Técnico en Gestión administrativa |
CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT |
|
ADG21_Técnico en Gestión administrativa |
IES ALCÚDIA |
|
ADG21_Técnico en Gestión administrativa |
IES CALVIÀ |
|
ADG21_Técnico en Gestión administrativa |
IES FELANITX |
|
ADG21_Técnico en Gestión administrativa |
IES GUILLEM COLOM CASASNOVAS |
|
ADG21_Técnico en Gestión administrativa |
IES GUILLEM SAGRERA |
|
ADG21_Técnico en Gestión administrativa |
IES LLORENÇ GARCIAS I FONT |
|
ADG21_Técnico en Gestión administrativa |
IES MARC FERRER |
|
ADG21_Técnico en Gestión administrativa |
IES MARIA ÀNGELS CARDONA |
|
ADG21_Técnico en Gestión administrativa |
IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS |
|
ADG21_Técnico en Gestión administrativa |
IES QUARTÓ DE PORTMANY |
|
ADG21_Técnico en Gestión administrativa |
IES SA BLANCA DONA |
|
ADG21_Técnico en Gestión administrativa |
IES SES ESTACIONES |
|
ADG21_Técnico en Gestión administrativa |
IES SON PACS |
|
ADG21_Técnico en Gestión administrativa |
IES XARC |
|
ADG31_Técnico superior en Asistencia a la dirección |
CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
ADG31_Técnico superior en Asistencia a la dirección |
IES GUILLEM SAGRERA |
|
ADG31_Técnico superior en Asistencia a la dirección |
IES SES ESTACIONES |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas |
CIFP JOAN TAIX |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas |
CIFP PERE DE SON GALL |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas |
CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas |
IES ALCÚDIA |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas |
IES CALVIÀ |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas |
IES FELANITX |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas |
IES MARIA ÀNGELS CARDONA |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas |
IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas |
IES QUARTÓ DE PORTMANY |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas |
IES SA BLANCA DONA |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas |
IES SES ESTACIONES |
|
ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas |
IES SON PACS |
|
AFD21_Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre |
IES ALBUHAIRA |
|
AFD21_Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre |
IES ALGARB |
|
AFD21_Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre |
IES BALÀFIA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
AFD21_Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre |
IES BENDINAT |
|
AFD21_Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre |
IES CAP DE LLEVANT |
|
AFD21_Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre |
IES CENTRE DE TECNIFICACIÓ ESPORTIVA IB |
|
AFD21_Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre |
IES GUILLEM CIFRE DE COLONYA |
|
AFD21_Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre |
IES LLORENÇ GARCIAS I FONT |
|
AFD21_Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre |
IES SON RULLAN |
|
AFD31_Técnico superior en Enseñanza y animación sociodeportiva |
IES ALBUHAIRA |
|
AFD31_Técnico superior en Enseñanza y animación sociodeportiva |
IES ALGARB |
|
AFD31_Técnico superior en Enseñanza y animación sociodeportiva |
IES BENDINAT |
|
AFD31_Técnico superior en Enseñanza y animación sociodeportiva |
IES CAP DE LLEVANT |
|
AFD31_Técnico superior en Enseñanza y animación sociodeportiva |
IES CENTRE DE TECNIFICACIÓ ESPORTIVA IB |
|
AFD31_Técnico superior en Enseñanza y animación sociodeportiva |
IES GUILLEM CIFRE DE COLONYA |
|
AFD31_Técnico superior en Enseñanza y animación sociodeportiva |
IES LLORENÇ GARCIAS I FONT |
|
AFD31_Técnico superior en Enseñanza y animación sociodeportiva |
IES SON RULLAN |
|
AFD32_Técnico superior en Acondicionamiento físico |
IES ALBUHAIRA |
|
AFD32_Técnico superior en Acondicionamiento físico |
IES CENTRE DE TECNIFICACIÓ ESPORTIVA IB |
|
AFD32_Técnico superior en Acondicionamiento físico |
IES GUILLEM CIFRE DE COLONYA |
|
AFD32_Técnico superior en Acondicionamiento físico |
IES LLORENÇ GARCIAS I FONT |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
AGA21_Técnico en Producción agroecológica |
CIFP CAN MARINES |
|
AGA22_Técnico en Producción agropecuaria |
IES JOSEP SUREDA I BLANES |
|
AGA22_Técnico en Producción agropecuaria |
IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
AGA23_Técnico en Jardinería y floristería |
CIFP JOAN TAIX |
|
AGA23_Técnico en Jardinería y floristería |
IES FELANITX |
|
AGA23_Técnico en Jardinería y floristería |
IES JOSEP SUREDA I BLANES |
|
AGA23_Técnico en Jardinería y floristería |
IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS |
|
AGA25_Técnico en Aprovechamiento y conservación del medio natural |
IES JOSEP SUREDA I BLANES |
|
AGA31_Técnico superior en Paisajismo y medio rural |
CIFP CAN MARINES |
|
AGA31_Técnico superior en Paisajismo y medio rural |
CIFP JOAN TAIX |
|
AGA32_Técnico superior en Gestión forestal y del medio natural |
CIFP JOAN TAIX |
|
ARG21_Técnico en Preimpresión digital |
CEPA FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
ARG21_Técnico en Preimpresión digital |
IES JOSEP MARIA LLOMPART |
|
ARG22_Técnico en Impresión gráfica |
IES JOSEP MARIA LLOMPART |
|
ARG32_Técnico superior en Diseño y edición de publicaciones impresas y multimedia |
IES JOSEP MARIA LLOMPART |
|
COM 21_Técnico en Actividades comerciales |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
COM 21_Técnico en Actividades comerciales |
CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT |
|
COM 21_Técnico en Actividades comerciales |
IES BERENGUER D'ANOIA |
|
COM 21_Técnico en Actividades comerciales |
IES GUILLEM SAGRERA |
Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso |
COM 21_Técnico en Actividades comerciales |
IES JOSEP MIQUEL GUÀRDIA |
|
COM 21_Técnico en Actividades comerciales |
IES SA BLANCA DONA |
|
COM 31_Técnico superior en Marketing y publicidad |
CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT |
|
COM 31_Técnico superior en Marketing y publicidad |
IES BERENGUER D'ANOIA |
|
COM 31_Técnico superior en Marketing y publicidad |
IES CALVIÀ |
|
COM 31_Técnico superior en Marketing y publicidad |
IES JOSEP MIQUEL GUÀRDIA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
COM 31_Técnico superior en Marketing y publicidad |
IES SA BLANCA DONA |
|
COM 33_Técnico superior en Gestión de ventas y espacios comerciales |
CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
COM 33_Técnico superior en Gestión de ventas y espacios comerciales |
IES BERENGUER D'ANOIA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
COM 34_Técnico superior en Comercio internacional |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
COM 34_Técnico superior en Comercio internacional |
IES BERENGUER D'ANOIA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
COM 35_Técnico superior en Transporte y logística |
IES BERENGUER D'ANOIA |
|
ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas |
CIFP JOAN TAIX |
|
ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas |
CIFP PERE DE SON GALL |
|
ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas |
CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT |
|
ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas |
IES ARXIDUC LLUÍS SALVADOR |
|
ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas |
IES FELANITX |
|
ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas |
IES ISIDOR MACABICH |
|
ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas |
IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS |
|
ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas |
IES POLITÈCNIC |
|
ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas |
IES SA SERRA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas |
IES SON PACS |
|
ELE22_Técnico en Instalaciones de telecomunicaciones |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
ELE22_Técnico en Instalaciones de telecomunicaciones |
IES ISIDOR MACABICH |
|
ELE22_Técnico en Instalaciones de telecomunicaciones |
IES POLITÈCNIC |
|
ELE22_Técnico en Instalaciones de telecomunicaciones |
IES SON PACS |
|
ELE31_Técnico superior en Sistemas electrotécnicos y automatizados |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
ELE31_Técnico superior en Sistemas electrotécnicos y automatizados |
CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
ELE31_Técnico superior en Sistemas electrotécnicos y automatizados |
IES ARXIDUC LLUÍS SALVADOR |
|
ELE31_Técnico superior en Sistemas electrotécnicos y automatizados |
IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS |
|
ELE32_Técnico superior en Sistemas de telecomunicaciones e informáticos |
IES POLITÉCNIC |
|
ELE33_Técnico superior en Mantenimiento electrónico |
IES POLITÈCNIC |
|
ELE34_Técnico superior en Automatización y robótica industrial |
CIFP JOAN TAIX |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
ELE34_Técnico superior en Automatización y robótica industrial |
IES POLITÈCNIC |
|
ENA31_Técnico superior en Eficiencia energética y energía solar térmica |
CIFP PERE DE SON GALL |
|
ENA33_Técnico superior en Energías renovables |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
EOC21_Técnico en Construcción |
IES POLITÈCNIC |
|
EOC22_Técnico en Obras de interior, decoración y rehabilitación |
IES ISIDOR MACABICH |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
EOC22_Técnico en Obras de interior, decoración y rehabilitación |
IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
EOC22_Técnico en Obras de interior, decoración y rehabilitación |
IES POLITÈCNIC |
Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso |
EOC31_Técnico superior en Proyectos de edificación |
IES POLITÈCNIC |
|
EOC32_Técnico superior en Proyectos de obra civil |
IES POLITÈCNIC |
|
FME21_Técnico en Mecanización |
IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS |
|
HOT21_Técnico en Cocina y gastronomía |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
HOT21_Técnico en Cocina y gastronomía |
IES ALCÚDIA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
HOT21_Técnico en Cocina y gastronomía |
IES CALVIÀ |
|
HOT21_Técnico en Cocina y gastronomía |
IES GUILLEM COLOM CASASNOVAS |
|
HOT21_Técnico en Cocina y gastronomía |
IES ISIDOR MACABICH |
|
HOT21_Técnico en Cocina y gastronomía |
IES MARC FERRER |
|
HOT21_Técnico en Cocina y gastronomía |
IES MARIA ÀNGELS CARDONA |
|
HOT21_Técnico en Cocina y gastronomía |
IES PUIG DE SA FONT |
|
HOT21_Técnico en Cocina y gastronomía |
IES SA SERRA |
|
HOT22_Técnico en Servicios en restauración |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
HOT22_Técnico en Servicios en restauración |
IES ALCÚDIA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
HOT22_Técnico en Servicios en restauración |
IES BALÀFIA |
|
HOT22_Técnico en Servicios en restauración |
IES CALVIÀ |
|
HOT22_Técnico en Servicios en restauración |
IES ISIDOR MACABICH |
|
HOT22_Técnico en Servicios en restauración |
IES MARC FERRER |
|
HOT22_Técnico en Servicios en restauración |
IES MARIA ÀNGELS CARDONA |
|
HOT22_Técnico en Servicios en restauración |
IES PUIG DE SA FONT |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
HOT31_Técnico superior en Gestión de alojamientos turísticos |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
HOT31_Técnico superior en Gestión de alojamientos turísticos |
IES ALCÚDIA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
HOT31_Técnico superior en Gestión de alojamientos turísticos |
IES CALVIÀ |
|
HOT32_Técnico superior en Agencias de viajes y gestión de acontecimientos |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
HOT32_Técnico superior en Agencias de viajes y gestión de acontecimientos |
IES ISIDOR MACABICH |
Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 2º curso |
HOT33_Técnico superior en Guía, información y asistencias turísticas |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
HOT33_Técnico superior en Guía, información y asistencias turísticas |
IES ISIDOR MACABICH |
Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso |
HOT34_Técnico superior en Dirección de cocina |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
HOT34_Técnico superior en Dirección de cocina |
IES CALVIÀ |
|
HOT34_Técnico superior en Dirección de cocina |
IES MARIA ÀNGELS CARDONA |
|
HOT34_Técnico superior en Dirección de cocina |
IES PUIG DE SA FONT |
Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso |
HOT35_Técnico superior en Dirección de servicios en restauración |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes |
CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT |
|
IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes |
IES BIEL MARTÍ |
|
IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes |
IES CAPDEPERA |
|
IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes |
IES EMILI DARDER |
|
IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes |
IES JOAN RAMIS I RAMIS |
|
IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes |
IES POLITÈCNIC |
|
IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes |
IES PORTO CRISTO |
|
IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes |
IES SA COLOMINA |
|
IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes |
IES SANTA MARIA D'EIVISSA |
|
IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes |
IES S'ARENAL |
|
IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes |
IES SINEU |
|
IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes |
IES SON FERRER |
|
IFC31_Técnico superior en Administración de sistemas informáticos en red |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
IFC31_Técnico superior en Administración de sistemas informáticos en red |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
IFC31_Técnico superior en Administración de sistemas informáticos en red |
CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT |
|
IFC31_Técnico superior en Administración de sistemas informáticos en red |
IES EMILI DARDER |
|
IFC31_Técnico superior en Administración de sistemas informáticos en red |
IES SA COLOMINA |
|
IFC32_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones multiplataforma |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
IFC32_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones multiplataforma |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
IFC32_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones multiplataforma |
CIFP PERE DE SON GALL |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
IFC32_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones multiplataforma |
IES JOAN RAMIS I RAMIS |
Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso |
IFC32_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones multiplataforma |
IES SON FERRER |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
IFC33_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
IFC33_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
IFC33_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web |
CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT |
|
IFC33_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web |
IES EMILI DARDER |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
IFC33_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web |
IES JOAN RAMIS I RAMIS |
|
IFC33_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web |
IES SANTA MARIA D'EIVISSA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
IFC33_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web |
IES SON FERRER |
|
IMA21_Técnico en Instalaciones de producción de calor |
CIFP PERE DE SON GALL |
Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 2º curso |
IMA21_Técnico en Instalaciones de producción de calor |
IES ISIDOR MACABICH |
Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso |
IMA22_Técnico en Instalaciones frigoríficas y de climatización |
CIFP PERE DE SON GALL |
Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso |
IMA22_Técnico en Instalaciones frigoríficas y de climatización |
IES ISIDOR MACABICH |
Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 2º curso |
IMA22_Técnico en Instalaciones frigoríficas y de climatización |
IES JOSEP MARIA QUADRADO |
|
IMA22_Técnico en Instalaciones frigoríficas y de climatización |
IES POLITÈCNIC |
|
IMA23_Técnico en Mantenimiento electromecánico |
IESPOLITÈCNIC |
|
IMA32_Técnico superior en Mantenimiento de instalaciones térmicas y de fluidos |
IES JOSEP MARIA QUADRADO |
|
IMA32_Técnico superior en Mantenimiento de instalaciones térmicas y de fluidos |
IES POLITÈCNIC |
|
IMP21_Técnico en Estética y belleza |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
IMP21_Técnico en Estética y belleza |
CIFP JOAN TAIX |
|
IMP21_Técnico en Estética y belleza |
CIFP PERE DE SON GALL |
Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso |
IMP22_Técnico en Peluquería y cosmética capilar |
CEPA LA BALANGUERA |
|
IMP22_Técnico en Peluquería y cosmética capilar |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
IMP22_Técnico en Peluquería y cosmética capilar |
CIFP JOAN TAIX |
|
IMP22_Técnico en Peluquería y cosmética capilar |
IES ALGARB |
|
IMP22_Técnico en Peluquería y cosmética capilar |
IES CAP DE LLEVANT |
|
IMP22_Técnico en Peluquería y cosmética capilar |
IES PUIG DE SA FONT |
Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso |
IMP31_Técnico superior en Estética integral y bienestar |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 2º curso |
IMP32_Técnico superior en Estilismo y dirección de peluquería |
IES CAP DE LLEVANT |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
IMP33_Técnico superior en Asesoría de imagen personal y corporativa |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
IMS21_Técnico en Vídeo disc-jockey y sonido |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
IMS21_Técnico en Vídeo disc-jockey y sonido |
IES ISIDOR MACABICH |
Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso |
IMS32_Técnico superior en Realización de proyectos de audiovisuales y espectáculos |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
IMS35_Técnico superior en Iluminación, captación y tratamiento de imagen |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
INA21_Técnico en Panadería, repostería y confitería |
IES JOSEP SUREDA I BLANES |
|
INA21_Técnico en Panadería, repostería y confitería |
IES SA SERRA |
|
INA22_Técnico en Aceites de oliva y vino |
IES BINISSALEM |
|
INA31_Técnico superior en Vitivinicultura |
IES FELANITX |
|
MAM21_Técnico en Maderaje y mueble |
IES POLITÈCNIC |
|
MAM31_Técnico Superior en Diseño y amueblamiento |
IES POLITÈCNIC |
Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso |
MAP 22_Técnico en Mantenimiento y control de la maquinaria de barcos y embarcaciones |
CIFP ESCOLA NAUTICOPESQUERA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
MAP 24_Técnico en Navegación y pesca de litoral |
CIFP CAN MARINES |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
MAP 32_Técnico superior en Transporte marítimo y pesca de altura |
CIFP CAN MARINES |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
MAP 32_Técnico superior en Transporte marítimo y pesca de altura |
CIFP ESCOLA NAUTICOPESQUERA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
MAP 33_Técnico superior en Organización del mantenimiento de maquinaria de barcos y embarcaciones |
CIFP ESCOLA NAUTICOPESQUERA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
QUI31_Técnico superior en Laboratorio de análisis y de control de calidad |
IES JOSEP MARIA LLOMPART |
|
SAN21_Técnico en Emergencias sanitarias |
IES JOSEP MARIA LLOMPART |
Sólo se hacen pruebas libres de los módulos siguientes: Anatomofisiología y patología básicas, teleemergencias, FOL y EIE |
SAN22_Técnico en Farmacia y parafarmacia |
CEPA MANCOMUNITAT DES PLA DE MALLORCA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
SAN22_Técnico en Farmacia y parafarmacia |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
SAN22_Técnico en Farmacia y parafarmacia |
IES ALGARB |
|
SAN22_Técnico en Farmacia y parafarmacia |
IES JOSEP MARIA LLOMPART |
|
SAN22_Técnico en Farmacia y parafarmacia |
IES JOSEP MIQUEL GUÀRDIA |
|
SAN22_Técnico en Farmacia y parafarmacia |
IES MARRATXÍ |
|
SAN22_Técnico en Farmacia y parafarmacia |
IES PORTO CRISTO |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
SAN23_Técnico en Curas auxiliares de enfermería |
CEPA CALVIÀ |
|
SAN23_Técnico en Curas auxiliares de enfermería |
CEPA FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
SAN23_Técnico en Curas auxiliares de enfermería |
CEPA MANCOMUNITAT DES PLA DE MALLORCA |
|
SAN23_Técnico en Curas auxiliares de enfermería |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
SAN23_Técnico en Curas auxiliares de enfermería |
IES ALBUHAIRA |
|
SAN23_Técnico en Curas auxiliares de enfermería |
IES ALGARB |
|
SAN23_Técnico en Curas auxiliares de enfermería |
IES CAP DE LLEVANT |
|
SAN23_Técnico en Curas auxiliares de enfermería |
IES JOSEP MARIA LLOMPART |
|
SAN23_Técnico en Curas auxiliares de enfermería |
IES MARRATXÍ |
|
SAN23_Técnico en Curas auxiliares de enfermería |
IES MOSSÈN ALCOVER |
|
SAN31_Técnico superior en Anatomía patológica y citodiagnóstico |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
SAN32_Técnico superior en Dietética |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
SAN32_Técnico superior en Dietética |
IES ALBUHAIRA |
|
SAN32_Técnico superior en Dietética |
IES ALGARB |
|
SAN32_Técnico superior en Dietética |
IES JOSEP MIQUEL GUÀRDIA |
|
SAN34_Técnico superior en Higiene bucodental |
IES MARRATXÍ |
|
SAN34_Técnico superior en Higiene bucodental |
IES MOSSÈN ALCOVER |
|
SAN35_Técnico superior en Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear |
IES JOSEP MARIA LLOMPART |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
SAN36_Técnico superior en Laboratorio clínico y biomédico |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
SAN36_Técnico superior en Laboratorio clínico y biomédico |
IES CAP DE LLEVANT |
|
SEA21_Técnico en Emergencias y protección civil |
CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia |
CEPA ARTÀ |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia |
CEPA CALVIÀ |
|
SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia |
CEPA FRANCESC DE BORJA MOLL |
|
SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia |
CEPA MANCOMUNITAT DES PLA DE MALLORCA |
|
SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia |
CIFP SON LLEBRE |
|
SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia |
IES ALGARB |
|
SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia |
IES CAP DE LLEVANT |
|
SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia |
IES MARC FERRER |
|
SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia |
IES PORTO CRISTO |
|
SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia |
IES RAMON LLULL |
|
SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia |
IES SANTA MARGALIDA |
|
SSC31_Técnico superior en Educación infantil |
IES ANTONI MAURA |
|
SSC31_Técnico superior en Educación infantil |
IES CAP DE LLEVANT |
|
SSC31_Técnico superior en Educación infantil |
IES MOSSÈN ALCOVER |
|
SSC31_Técnico superior en Educación infantil |
IES QUARTÓ DE PORTMANY |
|
SSC31_Técnico superior en Educación infantil |
IES SANTA MARGALIDA |
|
SSC32_Técnico superior en Animación sociocultural y turística |
IES RAMON LLULL |
|
SSC32_Técnico superior en Animación sociocultural y turística |
IES XARC |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
SSC33_Técnico superior en Integración social |
CEPA CALVIÀ |
|
SSC33_Técnico superior en Integración social |
CIFP SON LLEBRE |
|
SSC33_Técnico superior en Integración social |
IES ALGARB |
|
SSC33_Técnico superior en Integración social |
IES CAP DE LLEVANT |
|
SSC33_Técnico superior en Integración social |
IES MOSSÈN ALCOVER |
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SSC33_Técnico superior en Integración social |
IES RAMON LLULL |
|
SSC33_Técnico superior en Integración social |
IES SANTA MARGALIDA |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
SSC34_Técnico superior en Mediación comunicativa |
CIFP SON LLEBRE |
|
SSC35_Técnico superior en Promoción de la igualdad de género |
CIFP SON LLEBRE |
|
TMV21_Técnico en Carrocería |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
TMV21_Técnico en Carrocería |
CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT |
|
TMV22_Técnico en Electromecánica de vehículos automóviles |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
TMV22_Técnico en Electromecánica de vehículos automóviles |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
TMV22_Técnico en Electromecánica de vehículos automóviles |
CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT |
|
TMV22_Técnico en Electromecánica de vehículos automóviles |
IES ISIDOR MACABICH |
|
TMV22_Técnico en Electromecánica de vehículos automóviles |
IES MARIA ÀNGELS CARDONA |
|
TMV22_Técnico en Electromecánica de vehículos automóviles |
IES SON PACS |
|
TMV26_Técnico en Mantenimiento de embarcaciones de recreo |
CIFP CENTRE DE LA MAR |
|
TMV26_Técnico en Mantenimiento de embarcaciones de recreo |
CIFP L'EMBAT |
|
TMV31_Técnico superior en Automoción |
CIFP JUNÍPER SERRA |
|
TMV31_Técnico superior en Automoción |
CIFP PAU CASESNOVES |
|
TMV31_Técnico superior en Automoción |
CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT |
|
TMV32_Técnico superior en mantenimiento aeromecánico de aviones con motor de turbina |
IES SON PACS |
No se hacen pruebas libres de ningún módulo |
ANEXO 3 Módulos de los ciclos de grado superior LOE que se imparten en inglés el curso 2023-2024
Título |
Módulo de primer curso |
Módulo de segundo curso |
---|---|---|
ADG31. Técnico superior en Asistencia a la Dirección |
0649. Ofimática y Proceso de la Información |
0663. Gestión Avanzada de la Información |
ADG32. Técnico superior en Administración y Finanzas |
0649. Ofimática y Proceso de la Información |
0656. Simulación Empresarial |
AFD31. Técnico superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva |
1138. Juegos y Actividades Fisicorecreativas y de Animación Turística |
1123. Actividades de Ocio y Tiempo Libre |
AFD32. Técnico superior en Acondicionamiento Físico |
1149. Actividades Básicas de Acondicionamiento Físico con Apoyo Musical |
1150. Actividades Especializadas de Acondicionamiento Físico con Apoyo Musical |
AGA31. Técnico superior en Paisajismo y Medio Rural |
0694. Maquinaria e Instalaciones Forestales |
0698. Conservación de Jardines y Zonas Deportivas |
AGA32 Técnico superior en Gestión Forestal y del Medio Natural |
0694. Maquinaria e Instalaciones Forestales |
0790. Técnicas de Educación Ambiental |
ARG32. Técnico superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia |
1417. Materiales de Producción Gráfica |
1481. Gestión de la Producción en Procesos de Edición |
COM31. Técnico superior en Marketing y Publicidad |
0931. Marketing Digital |
1008. Medios y Apoyos de Comunicación |
COM33. Técnico superior en Gestión de Ventas y Espacios Comerciales |
0931. Marketing Digital |
0929. Técnicas de Venta y Negociación |
COM34. Técnico superior en Comercio Internacional |
0627. Gestión Administrativa del Comercio Internacional |
0826. Medios de pago Internacional |
COM35. Técnico superior en Transporte y Logística |
0627. Gestión Administrativa del Comercio Internacional |
0624. Comercialización del Transporte y la Logística |
ELE31. Técnico superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados |
0523. Configuración de Instalaciones Domóticas y Automáticas |
0521. Técnicas y Procesos en Instalaciones Domóticas y Automáticas |
ELE32. Técnico superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos |
0525. Configuración de Infraestructuras de Sistemas de Telecomunicaciones |
0555. Redes Telemáticas |
ELE33. Técnico superior en Mantenimiento Electrónico |
1052. Equipos Microprogramables |
1057. Mantenimiento de Equipos de Vídeo |
ELE34. Técnico superior en Automatización y Robótica Industrial |
0960. Sistemas Secuenciales Programables |
0965. Sistemas Programables Avanzados |
ENA31. Técnico superior en Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica |
0354. Promoción del Uso Eficiente de la Energía y del Agua |
0352. Configuración de Instalaciones Solares Térmicas |
ENA33. Técnico superior en Energías Renovables |
0670. Telecontrol y Automatismos |
0683. Gestión del Montaje de Parques Eólicos |
EOC31. Técnico superior en Proyectos de Edificación |
0567. Diseño y Construcción de Edificios |
0570. Desarrollo de Proyectos de Edificación Residencial |
EOC32. Técnico superior en Proyectos de Obra Civil |
0769. Urbanismo y Obra Civil |
0772. Desarrollo de Proyectos Urbanísticos |
HOT31. Técnico superior en Gestión de Alojamientos Turísticos |
0176. Recepción y Reservas |
0178. Comercialización de Acontecimientos |
HOT32. Técnico superior en Agencias de Viajes y Gestión de Acontecimientos |
0383. Destinos Turísticos |
0398. Venta de Servicios Turísticos |
HOT33. Técnico superior en Guía, Información y Asistencia Turísticas |
0383. Destinos Turísticos |
0385. Servicios de Información Turística |
HOT34. Técnico superior en Dirección de Cocina |
0499. Procesos de Elaboración Culinaria |
0498. Elaboración de Pastelería y Repostería |
HOT35. Técnico superior en Dirección de Servicios de Restauración |
0510. Procesos de Servicios a Restaurante |
0512. Planificación y Dirección de Servicios y Acontecimientos en Restauración |
IFC31. Técnico superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red |
0372. Gestión de Bases de Datos |
0376. Implantación de Aplicaciones Web |
IFC32. Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma |
0484. Bases de Datos |
0488. Desarrollo de Interfaces |
IFC33. Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Web |
0484. Bases de Datos |
0615. Diseño de Interfaces Web |
IMA32. Técnico superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos |
0121. Equipos e Instalaciones Térmicas |
0133. Gestión del Montaje, de la Calidad y del Mantenimiento |
IMP31. Técnico superior en Estética Integral y Bienestar |
0747. Masaje Estético |
0748. Drenaje Estético y Técnicas por Presión |
IMP32. Técnico superior en Estilismo y Dirección de Peluquería |
1065. Recursos Técnicos y Cosméticos |
1071. Dirección y Comercialización |
IMP33. Técnico superior en Asesoría de Imagen Personal y Corporativa |
1182. Diseño de Imagen Integral |
1071. Dirección y Comercialización |
IMS32. Técnico superior en Realización de Proyectos Audiovisuales y Espectáculos |
0910. Medios técnicos Audiovisuales y Escénicos |
0903. Procesos de Realización en Cine y Vídeo |
IMS35. Técnico superior en Iluminación, Captación y Tratamiento de la Imagen |
1158. Planificación de Cámara en Audiovisuales |
1164. Toma Fotográfica |
INA31. Técnico superior en Vitivinicultura |
0077. Viticultura |
0084. Comercialización y Logística en la Industria Alimentaria |
MAM31. Técnico superior en Diseño y Amueblamiento |
0986. Desarrollo de Producto en Maderaje y Mueble |
0989. Diseño de Maderaje y Mueble |
QUI31. Técnico superior en Laboratorio de Análisis y Control de Calidad |
0070. Ensayos Microbiológicos |
0071. Ensayos Biotecnológicos |
SAN31. Técnico superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico |
1369. Biología Molecular y Citogenética |
1382. Citología General |
SAN33. Técnico superior en Documentación y Administración Sanitarias |
1519. Sistemas de Información y Clasificación Sanitarios |
1523. Gestión Administrativa Sanitaria |
SAN34. Técnico superior en Higiene Bucodental |
0731. Estudio de la Cavidad Oral |
0735. Educación para la Salud Oral |
SAN36. Técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico |
1369. Biología Molecular y Citogenética |
1372. Técnicas de Inmunodiagnóstico |
SSC31. Técnico superior en Educación Infantil |
0012. Autonomía Personal y Salud Infantil |
0013. El Juego Infantil y su Metodología |
SSC32. Técnico superior en Animación Sociocultural y Turística |
1125. Animación y Gestión Cultural |
1126. Animación Turística |
SSC33. Técnico superior en Integración Social |
0342. Promoción de la Autonomía Personal |
0017. Habilidades Sociales |
SSC34. Técnico superior en Mediación Comunicativa |
0017. Habilidades Sociales |
1121. Empresa e Iniciativa Emprendedora |
SSC35. Técnico superior en Promoción de la Igualdad de Género |
0344. Metodología de la Intervención Social |
1401. Información y Comunicación con Perspectiva de Género |
TMV31. Técnico superior en Automoción |
0291. Sistemas Eléctricos y de Seguridad y Confortabilidad |
0297. Gestión y Logística del Mantenimiento del Vehículo |
ANEXO 4 Calendario de las pruebas libres correspondiente a la convocatoria de 2024
Fecha |
Actuación |
Apartado anexo 1 |
---|---|---|
Del 6 al 18 de marzo |
Inscripción para hacer las pruebas. |
8 |
Antes de la publicación de la relación provisional |
Creación de las comisiones evaluadoras. |
12 |
25 de marzo |
Publicación de las relaciones provisionales de inscritos en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro. |
12 |
25, 26 y 27 de marzo |
Plazo de reclamaciones contra las relaciones provisionales de inscritos. |
13 |
12 de abril |
Publicación de las listas definitivas de inscritos en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro. |
14 |
Antes del 19 de abril |
Publicación del calendario del centro, los criterios de evaluación y la relación de material necesario para hacer las pruebas en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro. |
17.3 17.5 |
El mismo día que se publica en el centro |
Remisión a la DG, por vía electrónica, del calendario de las pruebas. |
17.6 |
Antes del 26 de abril |
Asignación del proyecto que hay que realizar para la evaluación del módulo de Proyecto de los alumnos que tienen superado el módulo de FCT. |
32.3.b |
Del 2 al 31 de mayo |
Periodo para la realización de las pruebas libres según el calendario del centro. |
17.1 |
El día indicado en el calendario del centro |
Publicación, en el tablón de anuncios y en la página web del centro, de los resultados de la prueba de cada módulo y convocatoria para hacer la revisión. |
21 |
El día indicado en el calendario del centro |
Publicación de la lista provisional de las calificaciones del ciclo formativo en el tablón de anuncios y en la página web según el calendario del centro. |
22 |
Tres días hábiles posteriores a la publicación de los resultados provisionales del ciclo |
Plazo de reclamaciones ante la comisión evaluadora. |
23 |
El día siguiente de la resolución de las reclamaciones |
Publicación de la lista definitiva de las calificaciones del ciclo formativo en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro. |
23.5 |
Un mes desde el día siguiente de la publicación de la lista definitiva de calificaciones |
Plazo para que quien no esté de acuerdo con el resultado de la revisión que resuelva la comisión evaluadora pueda presentar un recurso de alzada. |
29 |
A partir de la publicación de la lista definitiva |
Entrega de los certificados y de las acreditaciones. |
27 |
Antes del 21 de junio |
Finalización del proceso de evaluación. |
28 |