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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 67764
Resolución de la directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa de 2 de febrero de 2024 por la cual se convocan las pruebas libres para obtener los títulos de técnico y de técnico superior de formación profesional del sistema educativo y se concretan aspectos sobre la organización

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Texto

Hechos

1. El artículo 69 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE), modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la cual se modifica la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOMLOE), establece que las administraciones educativas tienen que convocar periódicamente pruebas para obtener directamente los títulos de formación profesional.

2. El artículo 141 del Real decreto 659/2023, de 18 de julio, por el cual se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, fija una periodicidad máxima de un año para convocar pruebas para la obtención de los títulos de técnico y de técnico superior.

3. El artículo 25.5 de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears , indica que la Consejería de Educación y Universidades tiene que convocar periódicamente pruebas libres para la obtención de títulos de técnico y de técnico superior siguiendo los criterios que se determinen.

4. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008 por la cual se regulan las pruebas libres para obtener el título de técnico o de técnico superior de formación profesional del sistema educativo (BOIB núm. 38, de 18 de marzo de 2008) regula las pruebas libres para obtener el título de técnico o de técnico superior de formación profesional del sistema educativo. La disposición final primera de la Orden mencionada autoriza al órgano competente en materia de formación profesional del sistema educativo para que dicte las instrucciones necesarias para el desarrollo y la aplicación de esta Orden.

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la cual se modifica la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

2. El Real decreto 659/2023, de 18 de julio, por el cual se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional (BOE núm. 174, de 23 de julio de 2023).

3. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears (BOIB núm. 38, de 17 de marzo de 2022).

4. El Decreto 91/2012, de 23 de noviembre, por el cual se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Illes Balears (BOIB núm. 177, de 29 de noviembre de 2012).

5. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 13 de julio de 2009 por la cual se regula la organización y el funcionamiento de los ciclos formativos de formación profesional del sistema educativo que se imparten de acuerdo con la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en las Illes Balears en la modalidad de enseñanza presencial (BOIB núm. 108, de 25 de julio de 2009).

6. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008 por la cual se regulan las pruebas libres para obtener el título de técnico o de técnico superior de formación profesional del sistema educativo (BOIB núm. 38, de 18 de marzo de 2008).

Por todo esto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Convocar las pruebas para obtener los títulos de técnico y técnico superior de formación profesional dentro del sistema educativo, de conformidad con las instrucciones que figuran en el anexo 1.

2. Aprobar las instrucciones que concretan determinados aspectos de la organización de las pruebas libres para obtener los títulos de técnico y de técnico superior de formación profesional del sistema educativo en la convocatoria del año 2024 e incluirlas como anexo 1 de esta Resolución.

3. Aprobar los módulos profesionales ofrecidos en esta convocatoria, los cuales se recogen en el anexo 2.

4. Aprobar la lista de módulos de los ciclos formativos de grado superior que, en caso de ser ofrecidos en la convocatoria, se tienen que realizar en lengua inglesa, los cuales se recogen en el anexo 3.

5. Aprobar el calendario del procedimiento de inscripción y de realización de las pruebas para la presente convocatoria, que figura en el anexo 4.

6. Ordenar en todos los centros educativos incluidos en la oferta de esta convocatoria que publiquen un anuncio en su página web antes del inicio del plazo de inscripción.

7. Disponer que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web de Formación Profesional (https://fp.caib.es) y ordenar que empiece a producir efectos al día siguiente de haberse publicado.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrònica (2 de febrero de 2024)

La directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa Maria Isabel Salas Sánchez

 

ANEXO 1 Instrucciones

Primero Objeto y ámbito de aplicación

Estas instrucciones concretan los aspectos necesarios para desarrollar las pruebas libres que se tienen que llevar a cabo en los centros públicos de las Illes Balears en esta convocatoria, de conformidad con la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008 por la cual se regulan las pruebas libres para obtener los títulos de técnico y de técnico superior de formación profesional del sistema educativo (BOIB núm. 38, de 18 de marzo).

Segundo Características de las pruebas

Las características de las pruebas se establecen en el artículo 3 de la Orden de 6 de marzo de 2008.

Tercero Centros que tienen que hacer las pruebas

1. Todos los centros educativos públicos de las Illes Balears autorizados a impartir ciclos formativos en régimen presencial tienen que llevar a cabo las pruebas libres de los módulos que forman parte del currículum de todos los ciclos formativos que se cursan de forma presencial en el centro, con las limitaciones a la oferta establecidas en el anexo 2 de esta Resolución.

2. En el caso de los ciclos formativos que se imparten con una organización temporal especial, sólo se tienen que llevar a cabo las pruebas libres de los módulos que se imparten de forma presencial en el centro durante el curso 2023-2024.

3. Los centros tienen la obligación de aceptar todas las solicitudes de inscripción a las pruebas libres que reciban y de llevar a cabo las pruebas de los módulos que se impartan de forma presencial en el centro, con las limitaciones establecidas en el anexo 2 de esta Resolución.

4. Los alumnos que en cursos anteriores hayan superado algún módulo de un ciclo que ha dejado de ofrecerse en su centro pueden solicitar la inscripción por libre al resto de módulos durante los dos cursos posteriores a aquel en que se haya dejado de ofrecer el módulo que solicita. El centro educativo tiene que aceptar las solicitudes recibidas siempre que disponga de personal con atribuciones docentes en los módulos solicitados, disponga de las instalaciones específicas necesarias para llevar a cabo las pruebas y no se ofrezca el ciclo en otro centro de la misma isla en esta convocatoria.

Cuarto Requisitos para la inscripción

1. Los requisitos para participar en las pruebas para obtener los títulos de técnico y de técnico superior de formación profesional del sistema educativo son los que se establecen en los puntos 1 y 2 del artículo 6 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008 y en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.

2. El artículo 7 de la Orden mencionada recoge las incompatibilidades que no permiten inscribirse en determinados módulos de las pruebas libres.

3. El artículo 141.4 del Real decreto 659/2023 establece que una persona no podrá matricularse en las pruebas para la obtención de un título en el mismo año académico en que se encuentre matriculado de manera ordinaria en el o en los mismos módulos profesionales, en cualquier modalidad y en cualquier comunidad autónoma. En caso de identificarse esta duplicidad, las administraciones competentes implicadas anularan todas las matrículas.

4. Las personas que cumplen los requisitos de acceso y no pueden conciliar la vida laboral y familiar con la oferta formativa ni presencial ni virtual, o bien presentan otras circunstancias, se pueden presentar a alguno de los módulos profesionales de los ciclos formativos, con las limitaciones siguientes:

a. No se pueden matricular de más de 660 horas por convocatoria, de acuerdo con la duración asignada a cada módulo por el currículum vigente del título.

b. Para los módulos que se imparten en inglés en los grados superiores, no se tendrán en cuenta las horas de docencia adicionales para computar la duración del módulo.

c. Se tienen que respetar las limitaciones establecidas en el anexo 2 para algunos ciclos y centros.

d. No se pueden matricular de módulos superados anteriormente por cualquier vía.

5. La inscripción está sujeta al pago de las tasas que se establecen en los artículos 103 duovicies a 103 sexvicies de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Para el año 2024, se han establecido las cuantías siguientes:

a. Inscripción para hacer la prueba libre de módulos que pertenecen a ciclos de grado medio, incluida la expedición del certificado que acredita las calificaciones obtenidas : 9,29 euros por módulo.

b. Inscripción para hacer la prueba libre de módulos que pertenecen a ciclos de grado superior, incluida la expedición del certificado que acredita las calificaciones obtenidas : 12,78 euros por módulo.

6. Quedan exentos del pago de la tasa:

a. Las personas en situación legal de desocupación; las personas en situación de dependencia en grado II o III y los miembros de su unidad familiar; las personas con un grado de discapacidad igual al 33 % o superior y los miembros de su unidad familiar; los miembros de las familias en situación de vulnerabilidad económica especial; los miembros de las familias en riesgo social; las personas sujetas a medidas privativas de libertad; los jóvenes tutelados y extutelados en vía de emancipación, y los jóvenes en situación de acogida familiar. En el momento de la inscripción, los sujetos pasivos de la tasa tienen que acreditar documentalmente que se encuentran en alguna de estas situaciones.

b. Las personas que hayan sido víctimas de actos terroristas, y también el cónyuge y los hijos, siempre que acrediten documentalmente su situación en el momento de la inscripción mediante la resolución administrativa correspondiente. En el caso del cónyuge y los hijos, también tienen que adjuntar el libro de familia o una certificación oficial en que conste el matrimonio o la filiación, respectivamente.

c. Las víctimas de violencia de género, así como los hijos que dependen, siempre que acrediten documentalmente su situación en el momento de la inscripción mediante cualquier de los documentos que prevé la normativa vigente. En el caso de los hijos dependientes, también se tiene que presentar el libro de familia o un certificado oficial en que conste la filiación.

d. Los miembros de familias numerosas, así como los miembros de familias monoparentales de categoría especial, siempre que pidan la exención al centro que presta el servicio y acrediten documentalmente su situación en el momento de la inscripción de acuerdo con los documentos que prevé la normativa vigente.

7. Tienen derecho a una exención del 50 % de la tasa los miembros de familias monoparentales de categoría general, siempre que la pidan al centro que presta el servicio y acrediten documentalmente su situación en el momento de la inscripción de acuerdo con los documentos que prevé la normativa vigente.

8. El importe de la tasa se tiene que devolver, previa solicitud, en el supuesto de que la persona solicitante no sea admitida en las pruebas convocadas.

Quinto Inscripción en los módulos impartidos en lengua inglesa de los ciclos de grado superior amparados por la LOE

Las personas que se inscriban para hacer las pruebas libres de los ciclos de grado superior las enseñanzas de los cuales estén amparados por la LOE se tienen que evaluar en lengua inglesa de los módulos del ciclo que figuran en el anexo 3 de esta Resolución.

Sexto Centros donde se puede hacer la inscripción a las pruebas libres

1. Las personas interesadas a hacer las pruebas libres se tienen que inscribir en un centro educativo público de las Illes Balears autorizado para impartir el ciclo al cual pertenecen los módulos de que se quieren examinar. Si hay más de un centro autorizado, tienen que elegir el centro donde les interese presentarse, con las limitaciones establecidas en el anexo 2 de esta Resolución.

2. Cuando una persona esté interesada en presentarse a una prueba que se hace en un centro situado en una isla diferente de aquella donde vive, puede presentar la solicitud y la documentación que se tenga que adjuntar en el centro educativo público más cercano autorizado a hacer pruebas libres de algún ciclo formativo. Este centro tiene que compulsar las copias de los documentos que se adjunten a la solicitud y tiene que enviar una copia de la solicitud y de la documentación al centro donde se pide hacer las pruebas, y comprobar la recepción correcta. Una vez acabado el plazo de admisión de solicitudes para hacer las pruebas, se tienen que enviar al centro donde se hacen las pruebas los originales de las solicitudes y la documentación que se adjunte.

3. Como norma general, las personas que se presenten a la prueba libre de un módulo de un ciclo en un centro se tienen que inscribir en este mismo centro para examinarse del resto de módulos de este ciclo en las convocatorias sucesivas. Si por alguna circunstancia tienen que cambiar de centro, tienen que comunicar al nuevo centro el nombre del centro en el cual hicieron el resto de pruebas libres.

Séptimo Formalización de la solicitud de inscripción

1. La solicitud se tiene que formalizar por duplicado mediante el impreso oficial. Todos los centros educativos públicos de las Illes Balears que imparten enseñanzas de formación profesional del sistema educativo tienen que facilitar este impreso, que también se puede encontrar en la página web de Formación Profesional (https://fp.caib.es).

2. A la solicitud mencionada se tienen que adjuntar los documentos que correspondan de entre todos los que figuran en el punto noveno de estas instrucciones.

3. Los solicitantes que, por sus características físicas o sensoriales, necesiten una adaptación de las condiciones en que se tienen que hacer las pruebas lo tienen que hacer constar en la solicitud.

4. En la solicitud tiene que constar si la persona ya ha superado algún módulo del ciclo en el cual se inscribe y el último centro donde ha hecho los estudios y/o las pruebas libres correspondientes.

Octavo Plazo de inscripción a las pruebas

La inscripción a las pruebas libres se tiene que formalizar del 6 al 18 de marzo de 2024, ambos incluidos.

Noveno Documentación para acreditar los requisitos de inscripción a las pruebas

1. Para acreditar el pago de la tasa correspondiente, se tiene que presentar el documento de ingreso 046 a nombre del solicitante. Si el pago se ha hecho electrónicamente, es suficiente presentar una copia simple. Si el pago se ha hecho de manera presencial, se tiene que presentar el original sellado por el banco para cotejarlo. El código del concepto para esta tasa es P40.

2. Para acreditar la exención total o parcial del pago de la tasa, se tiene que presentar, según corresponda, alguno de los documentos que se indican a continuación:

a. Las personas en situación legal de desocupación tienen que presentar el informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desocupación, emitido por un servicio público de ocupación. La fecha de este documento no puede ser anterior en más de treinta días naturales al inicio del plazo de inscripción.

b. Las personas con una discapacidad igual o superior al 33 % tienen que presentar el certificado que acredita el tipo y el grado de discapacidad que tienen, expedido por un organismo oficial competente en materia de asuntos sociales. En el caso que el solicitante sea un familiar de hasta segundo grado de una persona con discapacidad, también tiene que aportar el libro de familia o, alternativamente, el certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga, así como el volante o el certificado de convivencia emitido por el padrón municipal.

c. Las personas con grado II o III de dependencia reconocido tienen que presentar el certificado o la resolución que acredita el grado de dependencia, expedido por un organismo oficial competente en materia de asuntos sociales. En el supuesto de que el solicitante sea un familiar de una persona dependiente, también tiene que aportar el libro de familia o, alternativamente, el certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga, así como el volante o el certificado de convivencia emitido por el padrón municipal.

d. Los miembros de familias en riesgo social con menores de edad que han sido objeto de declaración de riesgo por parte de la administración competente en materia de protección de menores tienen que presentar la resolución o el certificado de declaración de riesgo emitida por el órgano o bien con el convenio de intervención social y educativa familiar entre la familia del menor y los servicios sociales del municipio. También tienen que aportar el libro de familia o, alternativamente, el certificado del registro oficial en el que conste la relación familiar o análoga.

e. Los miembros de familias con menores de edad retornados después de la aplicación de medidas administrativas de protección tienen que aportar la resolución o certificación oficial del órgano competente. También tienen que aportar el libro de familia o, alternativamente, el certificado del registro oficial en el que conste la relación familiar o análoga.

f. Los miembros de familias con menores de edad retornados después de la aplicación de medidas de justicia juvenil tienen que presentar la resolución o certificado del Servicio de Justicia Juvenil de la Dirección General de Infancia Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad del Gobierno de las Illes Balears o del organismo autonómico competente, el cual tiene que estar vigente en la fecha de presentación. También tienen que aportar el libro de familia o, alternativamente, certificado del registro oficial en el que conste la relación familiar o análoga.

g. Las personas que acrediten ser miembros de una familia numerosa tienen que presentar el título o certificado expedido al efecto por el órgano competente, de acuerdo con aquello que prevé la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas.

h. Los miembros de unidades familiares que perciban la renta mínima de inserción tienen que presentar el certificado de ingresos de renta mínima de inserción con fecha posterior al 1 de enero de 2024.

i. Los miembros de unidades familiares que perciban la renta social garantizada tienen que presentar el certificado de ingresos de renta social garantizada con fecha posterior al 1 de enero de 2024.

j. Los beneficiarios del ingreso mínimo vital tienen que presentar la resolución o un certificado de concesión de la entidad gestora de la ayuda con fecha posterior al 1 de enero de 2024. Si el solicitante es familiar del beneficiario, también tiene que presentar el libro de familia o, alternativamente, certificado del registro oficial en el que conste la relación familiar o análoga, así como el volante o certificado de convivencia emitido por el padrón municipal.

k. Los solicitantes que perciban el subsidio de desocupación tienen que presentar el certificado que acredite esta situación emitido por el Servicio Público de Ocupación Estatal (SEPE), la fecha de emisión del cual no puede ser anterior en más de treinta días naturales al inicio del plazo de inscripción. Si el solicitante es familiar del beneficiario, también tiene que aportar el libro de familia o, alternativamente, certificado del registro oficial en que conste la relación familiar o análoga, así como el volante o certificado de convivencia emitido por el padrón municipal.

l. Las personas sujetas a medidas privativas de libertad y los jóvenes tutelados y extutelados en vía de emancipación tienen que presentar la resolución judicial que determine esta situación.

m. Las personas que hayan sido víctimas de actos terroristas tienen que presentar alguno de los documentos siguientes:

  • Un certificado como víctima del terrorismo o familiar, emitido por el Ministerio del Interior a nombre de la persona solicitante.
  • Una resolución previa de indemnización por acto terrorista. En el caso de ser cónyuge o hijo del beneficiario, también se tiene que presentar el libro de familia o, alternativamente, certificado del registro oficial en el cual conste la relación familiar o análoga.
  • Un título de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo. En el caso de ser cónyuge o hijo del beneficiario, también se tiene que presentar el libro de familia o, alternativamente, certificado del registro oficial en el que conste la relación familiar o análoga.

n. Las personas que hayan sido víctimas de violencia de género tienen que presentar alguno de los documentos siguientes:

  • Una orden de protección a favor de la víctima.
  • Una sentencia condenatoria.
  • Un informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios que la demandante es víctima de violencia de género, hasta que se dicte la orden de protección.
  • Una resolución judicial con la cual se hayan acordado medidas cautelares para la protección de la víctima.
  • Un informe de la administración competente en materia de servicios sociales o de la casa de acogida, o bien un informe del Instituto Balear de la Mujer, de la Oficina de la Mujer del Consejo Insular de Ibiza, o del órgano competente del Consejo Insular de Menorca o del organismo autonómico competente.

En el caso de ser hijo dependiente, también se tiene que presentar el libro de familia o, alternativamente, certificado del registro oficial en el cual conste la relación familiar o análoga, así como el volante o certificado de convivencia emitido por el padrón municipal.

o. Los miembros de familias monoparentales tienen que aportar el título o carné individual de familia monoparental emitido por el consejo insular correspondiente o bien por la administración competente en su lugar de residencia. Se reconocerán los títulos de familias monoparentales expedidos por otras comunidades autónomas, siempre que haya reciprocidad, hasta que dejen de estar vigentes.

p. Los jóvenes en situación de acogida tienen que presentar la resolución judicial o administrativa de la acogida, o, si no hay, un certificado emitido por la entidad correspondiente (Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales —IMAS—, Servicio Insular de Familia del Departamento de Bienestar Social del Consejo Insular de Menorca, Servicio de Protección de Menores del Consejo Insular de Ibiza o Consejo Insular de Formentera).

3. Para acreditar el requisito de edad se tiene que aportar el original y una copia del documento oficial de identificación de que se disponga (DNI, pasaporte, etc.).

4. Para acreditar el requisito de acceso al ciclo formativo, se tiene que presentar el original y una copia de alguno de estos documentos:

a. El título oficial que permite el acceso al ciclo o el resguardo de haber hecho el pago para obtenerlo. En el caso de estar pendiente de homologación de estudios extranjeros en el momento de la inscripción, el solicitante tiene que presentar el volante para la inscripción condicional en centros docentes o exámenes oficiales, sellado por la unidad de registro donde se haya presentado la solicitud de homologación o convalidación. Antes del inicio de la primera prueba se tiene que presentar la resolución definitiva de homologación o convalidación.

b. Una certificación académica personal que indique que se han superado los estudios que dan acceso directo al ciclo formativo.

c. Cualquiera de los certificados o documentos acreditativos que permiten la admisión al ciclo formativo para las diferentes vías.

5. Si los requisitos de acceso no se pueden acreditar documentalmente durante el periodo de inscripción, se tiene que acreditar que se pueden tener en el momento de hacer las pruebas y se tienen que entregar al presidente de la comisión evaluadora al inicio de la primera prueba. En caso de no presentarlos, se decae en su derecho a hacer la prueba.

6. Las personas que, dadas sus características físicas o sensoriales, solicitan la adaptación de las condiciones en que se tienen que hacer las pruebas tienen que presentar el certificado que acredite el tipo y el grado de discapacidad que tienen, expedido por un organismo oficial competente en materia de asuntos sociales.

Décimo Solicitud de convalidaciones o de exenciones de módulos

No se pueden solicitar convalidaciones o exenciones a las pruebas para la obtención directa de un título (pruebas libres), dado que el artículo 4 del Real decreto 1085/2020 establece que las solicitudes se tienen que presentar en el centro donde están matriculados para cursar las enseñanzas para las cuales se solicita la convalidación y las pruebas libres no incluyen la docencia de las enseñanzas.

Undécimo Actuación con la documentación necesaria para inscribirse en la prueba

1. El secretario del centro donde se hacen las inscripciones para hacer la prueba tiene que sellar uno de los ejemplares de la solicitud y lo tiene que devolver a la persona interesada. Además, se tiene que quedar con el otro ejemplar y con una copia compulsada de toda la documentación que se presenta.

2. La documentación se tiene que incorporar al expediente del alumno y se tiene que custodiar mientras el centro exista.

Duodécimo Relación provisional de inscritos

El 25 de marzo de 2024 los centros tienen que publicar en el tablón de anuncios y en su página web la relación provisional de personas inscritas a cada ciclo con la indicación del nombre de los módulos a los cuales están inscritas para examinarse y el nombre del ciclo al cual pertenecen.

Decimotercero Plazo de reclamaciones

Los días 25, 26 y 27 de marzo de 2024 se pueden presentar, mediante una solicitud dirigida a la dirección del centro, las reclamaciones contra la relación provisional de personas inscritas.

Decimocuarto Relación definitiva de inscritos

El 12 de abril de 2024 el centro tiene que publicar en el tablón de anuncios y en su página web las relaciones definitivas de personas inscritas en cada ciclo, con la indicación de los módulos a los cuales están admitidas.

Decimoquinto Orientación para las personas inscritas

1. La orientación para las personas interesadas a presentarse a las pruebas libres está regulada en el artículo 12 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008.

2. El centro educativo tiene que establecer el procedimiento por el cual se tiene que informar y orientar a las personas inscritas en las pruebas libres que lo soliciten.

3. La información tiene que incluir los contenidos curriculares, la bibliografía recomendada, los criterios de evaluación y las características de los exámenes.

4. Para mejorar el proceso de revisión de las pruebas cada comisión evaluadora tiene que llevar un registro con los datos de las personas que han solicitado información, una síntesis de la información enviada, la fecha de atención y el nombre de la persona que ha dado la información.

Decimosexto Registro de los datos de los inscritos

Las personas que figuran en la relación definitiva de personas inscritas y que cumplen las condiciones académicas o las acreditaciones que permiten acceder al ciclo formativo al cual pertenecen los módulos de que se quieren examinar quedan matriculadas, en régimen de enseñanza libre, del ciclo formativo mencionado.

Decimoséptimo Calendario de las pruebas

1. Las pruebas libres que se convocan mediante esta Resolución se tienen que llevar a cabo dentro del periodo comprendido entre el 2 de mayo y el 31 de mayo de 2024, ambos incluidos.

2. Cada comisión evaluadora tiene que elaborar el calendario de las pruebes de un ciclo de forma conjunta con el jefe de estudios del centro, teniendo en cuenta el periodo establecido en el punto anterior.

3. En el calendario se tienen que hacer constar el día, la hora, el lugar y el tiempo máximo para hacer la prueba correspondiente a cada módulo profesional, así como el material necesario para poder hacerla, se tiene que indicar si la prueba tiene más de una parte y si alguna de las partes es eliminatoria. También se tiene que indicar la fecha de publicación de los resultados de cada examen así como la hora y la fecha de la convocatoria de revisión del examen.

4. Además, el calendario tienen que indicar el día de la publicación de los resultados provisionales de cada ciclo formativo e indicar el plazo de tres días hábiles para que las personas interesadas puedan presentar reclamaciones. Esta fecha tiene que ser posterior a la última fecha de revisión de los exámenes que forman parte del ciclo formativo.

5. El calendario y los criterios de evaluación se tienen que publicar en el tablón de anuncios y en la página web del centro el 19 de abril de 2024, como máximo.

6. Cada centro educativo tiene que enviar una copia del calendario mencionado al Servicio de Planificación y Participación de la Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa el mismo día que se publican, como máximo.

7. Cuando, por circunstancias justificadas, no sea posible hacer la prueba de un módulo determinado el día y la hora previstos, la Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa puede autorizar que se haga la prueba en otra fecha. La fecha nueva se tiene que publicar en el tablón de anuncios y en la página web del centro y se tiene que comunicar a los alumnos afectados.

Decimoctavo Elaboración de las pruebas

1. Cada una de las comisiones evaluadoras que se constituyen en cada centro de acuerdo con aquello que se prevé en el artículo 16 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008 tiene que elaborar una prueba para cada uno de los módulos profesionales del ciclo correspondiente en los cuales haya candidatos inscritos.

2. La comisión evaluadora tiene que facilitar los enunciados de los exámenes en la lengua oficial de la comunidad autónoma indicada por el inscrito en su solicitud, salvo los módulos que se tienen que realizar en lengua extranjera.

Decimonoveno Contenidos y criterios de valoración de las pruebas

1. Los aspirantes tienen que superar una prueba para cada uno de los módulos profesionales a los cuales se han matriculado.

2. El módulo profesional de Proyecto se tiene que evaluar de acuerdo con lo dispuesto en el punto trigésimo segundo de estas instrucciones.

3. Los contenidos de las pruebas se tienen que fundamentar en el currículum vigente del ciclo formativo y en las competencias profesionales recogidas en los títulos.

4. Las pruebas tienen que ser presenciales y tienen que incluir contenidos teóricos y prácticos que permitan evidenciar, a través de los criterios de evaluación y realización correspondientes, que el aspirante ha logrado las diferentes capacidades, resultados del aprendizaje o competencias profesionales correspondientes al módulo.

5. La comisión evaluadora puede estructurar la prueba de cada módulo profesional en partes independientes y establecer, si corresponde, el carácter eliminatorio de cada parte. Se tiene que informar a los candidatos de esta circunstancia, de acuerdo con lo que se establece en el punto decimoséptimo de estas instrucciones.

6. Los criterios de calificación se tienen que especificar en el enunciado de la prueba.

Vigésimo Calificación de las pruebas y custodia de materiales de evaluación

1. Las pruebas se tienen que evaluar de conformidad con la normativa vigente en materia de evaluación de los ciclos formativos. En los caso de las personas que no se presenten a la convocatoria de las pruebas de algún módulo o de alguna parte de estas se tiene que informar en el software de gestión académica con la indicación NP (no presentado).

2. El centro tiene que custodiar los exámenes y otros materiales de evaluación realizados por los aspirantes durante un periodo de cuatro meses a contar desde el día en que se cierra el procedimiento establecido en el punto vigésimo octavo de este anexo. En el supuesto de que el inscrito presente recurso, la documentación se tiene que custodiar hasta que concluyan los procedimientos abiertos.

Vigésimo primero Revisión de las pruebas

1. Los resultados preliminares de cada módulo se tienen que publicar el día establecido en el calendario en el tablón de anuncios y en la página web del centro.

2. Los inscritos tienen derecho a acceder a sus pruebas y a recibir una explicación razonada de la calificación. Al mismo tiempo y por los mismos medios que se publiquen los resultados del módulo se tiene que indicar el día y la hora en que se convoquen las personas inscritas que quieran revisar su prueba, de acuerdo con el calendario establecido por la comisión evaluadora.

3. Las personas que no estén de acuerdo con su calificación pueden presentar una solicitud de revisión de los resultados provisionales del ciclo formativo ante la comisión evaluadora en el plazo indicado al calendario del centro, según el procedimiento establecido en el punto vigésimo tercero de este anexo.

Vigésimo segundo Publicación de los resultados provisionales del ciclo formativo

Los resultados provisionales de cada ciclo formativo se tienen que publicar en el tablón de anuncios y en la página web del centro educativo el día indicado al calendario del centro.

Vigésimo tercero Procedimiento para la revisión de los resultados provisionales del ciclo formativo

1. Se dispone de un plazo de tres días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de los resultados provisionales del ciclo formativo para presentar reclamaciones ante la comisión evaluadora, dirigidas al presidente.

2. Los inscritos pueden presentar reclamaciones ante la comisión evaluadora, tanto si han optado por la revisión de la prueba como si no han ejercido este derecho.

3. La comisión evaluadora tiene que resolver las reclamaciones correspondientes al ciclo formativo y tiene que extender acta antes de la publicación de los resultados definitivos.

4. En caso de desestimar total o parcialmente la solicitud, la comisión evaluadora tiene que hacer constar en el acta de la sesión de resolución de las reclamaciones la motivación razonada de la desestimación, la cual tiene que hacer referencia a:

a. La adecuación de los resultados de aprendizaje evaluados en la prueba con los establecidos en el real decreto que establece el título por el módulo. En los ciclos LOGSE se valorará la adecuación a las capacidades terminales del módulo.

b. La adecuación de los procedimientos e instrumentos de evaluación.

c. La aplicación correcta de los criterios de calificación.

d. La decisión de modificación o de ratificación de la calificación.

5. Los resultados definitivos se tienen que publicar en el tablón de anuncios y en la página web del centro el día siguiente de la sesión de resolución de las reclamaciones. La publicación de los resultados definitivos es el medio de notificación a los interesantes del resultado de la revisión de su solicitud.

6. En el plazo máximo de cinco días desde la publicación de los resultados definitivos, el centro educativo tiene que comunicar al interesado el contenido de la resolución de su reclamación. La comunicación se tiene que enviar a la dirección de correo electrónico que el interesado haya facilitado en la inscripción. En el caso de las solicitudes desestimadas, la comunicación tiene que incluir la motivación razonada de la resolución de la reclamación del interesado y tiene que indicar explícitamente la posibilidad de presentar un recurso de alzada ante la directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa en el plazo de un mes a contar desde la publicación de los resultados definitivos.

Vigésimo cuarto Acta de evaluación de las pruebas

1. Cada comisión evaluadora tiene que extender las actas de evaluación en que figuren los resultados obtenidos en cada uno de los módulos del ciclo.

2. El modelo de acta que se tiene que usar para documentar los resultados obtenidos por los aspirantes con las condiciones de acceso al ciclo formativo es el mismo que se usa para los ciclos que se cursan presencialmente, pero se tiene que hacer constar que se trata de una acta de pruebas libres. En la acta también se tienen que hacer constar las propuestas que afectan a las personas que figuran (acceso a FCT, obtención del título, etc.).

3. Todas las actas tienen que estar firmadas por todos los miembros de la comisión evaluadora.

Vigésimo quinto Registro de las calificaciones obtenidas en las pruebas

Las calificaciones de los módulos superados mediante pruebas libres obtenidas por personas que cumplen las condiciones académicas o tienen las acreditaciones que permiten acceder al ciclo formativo se tienen que reflejar en el expediente académico y en el resto de documentos del proceso de evaluación de las personas interesadas.

Vigésimo sexto Registro de las calificaciones obtenidas en pruebas libres de convocatorias anteriores por las personas que no tenían en aquel momento las condiciones académicas o las acreditaciones que permiten acceder al ciclo formativo

1. Las calificaciones obtenidas en convocatorias anteriores de pruebas libres por personas que no cumplían en el momento en que las hicieron las condiciones académicas o las acreditaciones que permiten acceder a un ciclo formativo se tienen que reflejar en los documentos del proceso de evaluación en el momento que acrediten que han conseguido los requisitos de acceso.

2. Los datos de estas personas y las calificaciones que han obtenido en convocatorias anteriores de pruebas libres se tienen que añadir a la acta de evaluación que se tiene que usar para documentar los resultados obtenidos por las personas con las condiciones de acceso al ciclo formativo en esta convocatoria.

3. Se tiene que abrir un expediente académico para cada persona, en el cual tiene que figurar la documentación que se indica en el punto noveno de estas instrucciones y toda la que acredita que han superado módulos en convocatorias anteriores, cuando todavía no cumplían los requisitos de acceso al ciclo.

Vigésimo séptimo Expedición de certificados, acreditaciones y títulos

Los centros tienen que entregar los certificados a las personas que han superado módulos de ciclos formativos mediante una prueba libre, de acuerdo con aquello que se especifica sobre registro de datos en los artículos 23, 24 y 25 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008.

Vigésimo octavo Fecha de fin del proceso

El proceso de evaluación de los módulos profesionales tiene que acabar antes del 21 de junio de 2024.

Vigésimo noveno Recurso de alzada

1. Las personas inscritas que no estén de acuerdo con la resolución de la revisión de los resultados de la comisión evaluadora pueden interponer un recurso de alzada ante la directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa en el plazo de un mes a contar desde la publicación de los resultados definitivos.

2. El recurso de alzada se tiene que presentar en el registro de entrada del Gobierno de las Illes Balears por cualquiera de los medios indicados en la normativa del proceso administrativo común.

3. En un plazo no superior a tres días hábiles, la dirección del centro tiene que enviar a la Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa la documentación que esta le solicite para resolver el expediente.

4. La directora general de Formación Profesional y Ordenación Educativa, con el informe preceptivo previo del Departamento de Inspección Educativa, tiene que resolver el recurso y tiene que informar al centro sobre el contenido de este.

5. La Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa tiene que notificar la resolución del recurso al interesado.

6. Si, una vez acabado el proceso de revisión, se tiene que modificar alguna calificación final, el secretario del centro tiene que insertar la diligencia correspondiente en las actas y, si corresponde, en el expediente académico y en el historial académico del alumno. La diligencia tiene que ser visada por el director del centro.

Trigésimo Calendario del procedimiento de inscripción y de realización de las pruebas libres

El calendario del procedimiento de inscripción y de realización de las pruebas de esta convocatoria se encuentra en el anexo 4 de esta Resolución.

Trigésimo primero Realización del módulo de Formación en Centros de Trabajo

1. Las condiciones para poder cursar el módulo de Formación en Centros de Trabajo se recogen en la disposición adicional primera de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 6 de marzo de 2008.

2. La matrícula para cursar el módulo de Formación en Centros de Trabajo se tiene que formalizar en el régimen presencial.

Trigésimo segundo Realización del módulo profesional de Proyecto de los ciclos formativos de grado superior

1. Los alumnos que tengan que cursar el módulo profesional de Proyecto y no tengan aprobado o no estén exentos de hacer el módulo de Formación en Centros de Trabajo lo tienen que cursar en la modalidad presencial.

2. Los alumnos que tengan que cursar el módulo profesional de Proyecto y tengan superado el módulo de Formación en Centros de Trabajo en el momento de la inscripción pueden matricularse en el periodo establecido para inscribirse a las pruebas libres mencionado en el punto octavo de estas instrucciones.

3. El procedimiento para evaluar este módulo en la modalidad libre es el siguiente:

a. La comisión evaluadora tiene que proponer posibles proyectos a realizar al candidato en condiciones de ser evaluado del módulo de Proyecto; no obstante, los alumnos también pueden proponer proyectos a la comisión. Los contenidos de las pruebas se tienen que fundamentar en el currículum vigente del módulo.

b. Antes del 26 de abril de 2024, la comisión evaluadora tiene que determinar el proyecto que tiene que llevar a cabo cada candidato y tiene que informar y asesorar en todos los aspectos relevantes para llevarlo a cabo.

c. La comisión evaluadora tiene que convocar a los inscritos para hacer la prueba libre del módulo profesional de Proyecto. Tiene que haber un plazo mínimo de cinco semanas naturales entre la fecha de asignación del proyecto al alumno y la fecha fijada para presentarlo.

d. Esta prueba consiste en la presentación y la defensa del proyecto elaborado por el alumno. El módulo tiene que versar sobre la experiencia laboral del alumno que dio lugar a la exención o a la evaluación positiva del módulo de Formación en Centros de Trabajo en convocatorias anteriores.

e. Si se supera el módulo, tiene que quedar reflejado en el acta de evaluación y se tiene que incluir en la propuesta de expedición de título.

4. Los profesores que tienen que evaluar la prueba libre de este módulo son los mismos que tienen la competencia para evaluar los alumnos matriculados en la modalidad presencial.

Trigésimo tercero

Publicación de los enunciados de las pruebas

Con objeto de facilitar el derecho al acceso a la información pública desarrollado por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, una vez acabado el proceso establecido en esta convocatoria los centros tienen que publicar los enunciados de las pruebas aplicadas en su página web, donde tienen que permanecer accesibles durante un plazo no inferior a un año desde la publicación.

 

ANEXO 2 Oferta de ciclos que hacen pruebas libres en 2024 y limitaciones a la oferta de pruebas libres

Ciclo

Centro

Limitaciones

ADG21_Técnico en Gestión administrativa

CIFP JOAN TAIX

 

ADG21_Técnico en Gestión administrativa

CIFP JUNÍPER SERRA

 

ADG21_Técnico en Gestión administrativa

CIFP PAU CASESNOVES

 

ADG21_Técnico en Gestión administrativa

CIFP PERE DE SON GALL

 

ADG21_Técnico en Gestión administrativa

CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT

 

ADG21_Técnico en Gestión administrativa

IES ALCÚDIA

 

ADG21_Técnico en Gestión administrativa

IES CALVIÀ

 

ADG21_Técnico en Gestión administrativa

IES FELANITX

 

ADG21_Técnico en Gestión administrativa

IES GUILLEM COLOM CASASNOVAS

 

ADG21_Técnico en Gestión administrativa

IES GUILLEM SAGRERA

 

ADG21_Técnico en Gestión administrativa

IES LLORENÇ GARCIAS I FONT

 

ADG21_Técnico en Gestión administrativa

IES MARC FERRER

 

ADG21_Técnico en Gestión administrativa

IES MARIA ÀNGELS CARDONA

 

ADG21_Técnico en Gestión administrativa

IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS

 

ADG21_Técnico en Gestión administrativa

IES QUARTÓ DE PORTMANY

 

ADG21_Técnico en Gestión administrativa

IES SA BLANCA DONA

 

ADG21_Técnico en Gestión administrativa

IES SES ESTACIONES

 

ADG21_Técnico en Gestión administrativa

IES SON PACS

 

ADG21_Técnico en Gestión administrativa

IES XARC

 

ADG31_Técnico superior en Asistencia a la dirección

CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

ADG31_Técnico superior en Asistencia a la dirección

IES GUILLEM SAGRERA

 

ADG31_Técnico superior en Asistencia a la dirección

IES SES ESTACIONES

 

ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas

CIFP JOAN TAIX

 

ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas

CIFP JUNÍPER SERRA

 

ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas

CIFP PAU CASESNOVES

 

ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas

CIFP PERE DE SON GALL

 

ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas

CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT

 

ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas

IES ALCÚDIA

 

ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas

IES CALVIÀ

 

ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas

IES FELANITX

 

ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas

IES MARIA ÀNGELS CARDONA

 

ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas

IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS

 

ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas

IES QUARTÓ DE PORTMANY

 

ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas

IES SA BLANCA DONA

 

ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas

IES SES ESTACIONES

 

ADG32_Técnico superior en Administración y finanzas

IES SON PACS

 

AFD21_Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre

IES ALBUHAIRA

 

AFD21_Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre

IES ALGARB

 

AFD21_Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre

IES BALÀFIA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

AFD21_Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre

IES BENDINAT

 

AFD21_Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre

IES CAP DE LLEVANT

 

AFD21_Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre

IES CENTRE DE TECNIFICACIÓ ESPORTIVA IB

 

AFD21_Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre

IES GUILLEM CIFRE DE COLONYA

 

AFD21_Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre

IES LLORENÇ GARCIAS I FONT

 

AFD21_Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre

IES SON RULLAN

 

AFD31_Técnico superior en Enseñanza y animación sociodeportiva

IES ALBUHAIRA

 

AFD31_Técnico superior en Enseñanza y animación sociodeportiva

IES ALGARB

 

AFD31_Técnico superior en Enseñanza y animación sociodeportiva

IES BENDINAT

 

AFD31_Técnico superior en Enseñanza y animación sociodeportiva

IES CAP DE LLEVANT

 

AFD31_Técnico superior en Enseñanza y animación sociodeportiva

IES CENTRE DE TECNIFICACIÓ ESPORTIVA IB

 

AFD31_Técnico superior en Enseñanza y animación sociodeportiva

IES GUILLEM CIFRE DE COLONYA

 

AFD31_Técnico superior en Enseñanza y animación sociodeportiva

IES LLORENÇ GARCIAS I FONT

 

AFD31_Técnico superior en Enseñanza y animación sociodeportiva

IES SON RULLAN

 

AFD32_Técnico superior en Acondicionamiento físico

IES ALBUHAIRA

 

AFD32_Técnico superior en Acondicionamiento físico

IES CENTRE DE TECNIFICACIÓ ESPORTIVA IB

 

AFD32_Técnico superior en Acondicionamiento físico

IES GUILLEM CIFRE DE COLONYA

 

AFD32_Técnico superior en Acondicionamiento físico

IES LLORENÇ GARCIAS I FONT

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

AGA21_Técnico en Producción agroecológica

CIFP CAN MARINES

 

AGA22_Técnico en Producción agropecuaria

IES JOSEP SUREDA I BLANES

 

AGA22_Técnico en Producción agropecuaria

IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

AGA23_Técnico en Jardinería y floristería

CIFP JOAN TAIX

 

AGA23_Técnico en Jardinería y floristería

IES FELANITX

 

AGA23_Técnico en Jardinería y floristería

IES JOSEP SUREDA I BLANES

 

AGA23_Técnico en Jardinería y floristería

IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS

 

AGA25_Técnico en Aprovechamiento y conservación del medio natural

IES JOSEP SUREDA I BLANES

 

AGA31_Técnico superior en Paisajismo y medio rural

CIFP CAN MARINES

 

AGA31_Técnico superior en Paisajismo y medio rural

CIFP JOAN TAIX

 

AGA32_Técnico superior en Gestión forestal y del medio natural

CIFP JOAN TAIX

 

ARG21_Técnico en Preimpresión digital

CEPA FRANCESC DE BORJA MOLL

 

ARG21_Técnico en Preimpresión digital

IES JOSEP MARIA LLOMPART

 

ARG22_Técnico en Impresión gráfica

IES JOSEP MARIA LLOMPART

 

ARG32_Técnico superior en Diseño y edición de publicaciones impresas y multimedia

IES JOSEP MARIA LLOMPART

 

COM 21_Técnico en Actividades comerciales

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

COM 21_Técnico en Actividades comerciales

CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT

 

COM 21_Técnico en Actividades comerciales

IES BERENGUER D'ANOIA

 

COM 21_Técnico en Actividades comerciales

IES GUILLEM SAGRERA

Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso

COM 21_Técnico en Actividades comerciales

IES JOSEP MIQUEL GUÀRDIA

 

COM 21_Técnico en Actividades comerciales

IES SA BLANCA DONA

 

COM 31_Técnico superior en Marketing y publicidad

CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT

 

COM 31_Técnico superior en Marketing y publicidad

IES BERENGUER D'ANOIA

 

COM 31_Técnico superior en Marketing y publicidad

IES CALVIÀ

 

COM 31_Técnico superior en Marketing y publicidad

IES JOSEP MIQUEL GUÀRDIA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

COM 31_Técnico superior en Marketing y publicidad

IES SA BLANCA DONA

 

COM 33_Técnico superior en Gestión de ventas y espacios comerciales

CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

COM 33_Técnico superior en Gestión de ventas y espacios comerciales

IES BERENGUER D'ANOIA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

COM 34_Técnico superior en Comercio internacional

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

COM 34_Técnico superior en Comercio internacional

IES BERENGUER D'ANOIA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

COM 35_Técnico superior en Transporte y logística

IES BERENGUER D'ANOIA

 

ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas

CIFP JOAN TAIX

 

ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas

CIFP PAU CASESNOVES

 

ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas

CIFP PERE DE SON GALL

 

ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas

CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT

 

ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas

IES ARXIDUC LLUÍS SALVADOR

 

ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas

IES FELANITX

 

ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas

IES ISIDOR MACABICH

 

ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas

IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS

 

ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas

IES POLITÈCNIC

 

ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas

IES SA SERRA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

ELE21_Técnico en Instalaciones eléctricas y automáticas

IES SON PACS

 

ELE22_Técnico en Instalaciones de telecomunicaciones

CIFP PAU CASESNOVES

 

ELE22_Técnico en Instalaciones de telecomunicaciones

IES ISIDOR MACABICH

 

ELE22_Técnico en Instalaciones de telecomunicaciones

IES POLITÈCNIC

 

ELE22_Técnico en Instalaciones de telecomunicaciones

IES SON PACS

 

ELE31_Técnico superior en Sistemas electrotécnicos y automatizados

CIFP PAU CASESNOVES

 

ELE31_Técnico superior en Sistemas electrotécnicos y automatizados

CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

ELE31_Técnico superior en Sistemas electrotécnicos y automatizados

IES ARXIDUC LLUÍS SALVADOR

 

ELE31_Técnico superior en Sistemas electrotécnicos y automatizados

IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS

 

ELE32_Técnico superior en Sistemas de telecomunicaciones e informáticos

IES POLITÉCNIC

 

ELE33_Técnico superior en Mantenimiento electrónico

IES POLITÈCNIC

 

ELE34_Técnico superior en Automatización y robótica industrial

CIFP JOAN TAIX

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

ELE34_Técnico superior en Automatización y robótica industrial

IES POLITÈCNIC

 

ENA31_Técnico superior en Eficiencia energética y energía solar térmica

CIFP PERE DE SON GALL

 

ENA33_Técnico superior en Energías renovables

CIFP PAU CASESNOVES

 

EOC21_Técnico en Construcción

IES POLITÈCNIC

 

EOC22_Técnico en Obras de interior, decoración y rehabilitación

IES ISIDOR MACABICH

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

EOC22_Técnico en Obras de interior, decoración y rehabilitación

IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

EOC22_Técnico en Obras de interior, decoración y rehabilitación

IES POLITÈCNIC

Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso

EOC31_Técnico superior en Proyectos de edificación

IES POLITÈCNIC

 

EOC32_Técnico superior en Proyectos de obra civil

IES POLITÈCNIC

 

FME21_Técnico en Mecanización

IES PASQUAL CALBÓ I CALDÉS

 

HOT21_Técnico en Cocina y gastronomía

CIFP JUNÍPER SERRA

 

HOT21_Técnico en Cocina y gastronomía

IES ALCÚDIA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

HOT21_Técnico en Cocina y gastronomía

IES CALVIÀ

 

HOT21_Técnico en Cocina y gastronomía

IES GUILLEM COLOM CASASNOVAS

 

HOT21_Técnico en Cocina y gastronomía

IES ISIDOR MACABICH

 

HOT21_Técnico en Cocina y gastronomía

IES MARC FERRER

 

HOT21_Técnico en Cocina y gastronomía

IES MARIA ÀNGELS CARDONA

 

HOT21_Técnico en Cocina y gastronomía

IES PUIG DE SA FONT

 

HOT21_Técnico en Cocina y gastronomía

IES SA SERRA

 

HOT22_Técnico en Servicios en restauración

CIFP JUNÍPER SERRA

 

HOT22_Técnico en Servicios en restauración

IES ALCÚDIA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

HOT22_Técnico en Servicios en restauración

IES BALÀFIA

 

HOT22_Técnico en Servicios en restauración

IES CALVIÀ

 

HOT22_Técnico en Servicios en restauración

IES ISIDOR MACABICH

 

HOT22_Técnico en Servicios en restauración

IES MARC FERRER

 

HOT22_Técnico en Servicios en restauración

IES MARIA ÀNGELS CARDONA

 

HOT22_Técnico en Servicios en restauración

IES PUIG DE SA FONT

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

HOT31_Técnico superior en Gestión de alojamientos turísticos

CIFP JUNÍPER SERRA

 

HOT31_Técnico superior en Gestión de alojamientos turísticos

IES ALCÚDIA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

HOT31_Técnico superior en Gestión de alojamientos turísticos

IES CALVIÀ

 

HOT32_Técnico superior en Agencias de viajes y gestión de acontecimientos

CIFP JUNÍPER SERRA

 

HOT32_Técnico superior en Agencias de viajes y gestión de acontecimientos

IES ISIDOR MACABICH

Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 2º curso

HOT33_Técnico superior en Guía, información y asistencias turísticas

CIFP JUNÍPER SERRA

 

HOT33_Técnico superior en Guía, información y asistencias turísticas

IES ISIDOR MACABICH

Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso

HOT34_Técnico superior en Dirección de cocina

CIFP JUNÍPER SERRA

 

HOT34_Técnico superior en Dirección de cocina

IES CALVIÀ

 

HOT34_Técnico superior en Dirección de cocina

IES MARIA ÀNGELS CARDONA

 

HOT34_Técnico superior en Dirección de cocina

IES PUIG DE SA FONT

Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso

HOT35_Técnico superior en Dirección de servicios en restauración

CIFP JUNÍPER SERRA

 

IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes

CIFP PAU CASESNOVES

 

IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes

CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT

 

IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes

IES BIEL MARTÍ

 

IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes

IES CAPDEPERA

 

IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes

IES EMILI DARDER

 

IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes

IES JOAN RAMIS I RAMIS

 

IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes

IES POLITÈCNIC

 

IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes

IES PORTO CRISTO

 

IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes

IES SA COLOMINA

 

IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes

IES SANTA MARIA D'EIVISSA

 

IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes

IES S'ARENAL

 

IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes

IES SINEU

 

IFC21_Técnico en Sistemas microinformáticos y redes

IES SON FERRER

 

IFC31_Técnico superior en Administración de sistemas informáticos en red

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

IFC31_Técnico superior en Administración de sistemas informáticos en red

CIFP PAU CASESNOVES

 

IFC31_Técnico superior en Administración de sistemas informáticos en red

CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT

 

IFC31_Técnico superior en Administración de sistemas informáticos en red

IES EMILI DARDER

 

IFC31_Técnico superior en Administración de sistemas informáticos en red

IES SA COLOMINA

 

IFC32_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones multiplataforma

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

IFC32_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones multiplataforma

CIFP PAU CASESNOVES

 

IFC32_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones multiplataforma

CIFP PERE DE SON GALL

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

IFC32_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones multiplataforma

IES JOAN RAMIS I RAMIS

Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso

IFC32_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones multiplataforma

IES SON FERRER

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

IFC33_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

IFC33_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web

CIFP PAU CASESNOVES

 

IFC33_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web

CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT

 

IFC33_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web

IES EMILI DARDER

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

IFC33_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web

IES JOAN RAMIS I RAMIS

 

IFC33_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web

IES SANTA MARIA D'EIVISSA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

IFC33_Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web

IES SON FERRER

 

IMA21_Técnico en Instalaciones de producción de calor

CIFP PERE DE SON GALL

Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 2º curso

IMA21_Técnico en Instalaciones de producción de calor

IES ISIDOR MACABICH

Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso

IMA22_Técnico en Instalaciones frigoríficas y de climatización

CIFP PERE DE SON GALL

Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso

IMA22_Técnico en Instalaciones frigoríficas y de climatización

IES ISIDOR MACABICH

Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 2º curso

IMA22_Técnico en Instalaciones frigoríficas y de climatización

IES JOSEP MARIA QUADRADO

 

IMA22_Técnico en Instalaciones frigoríficas y de climatización

IES POLITÈCNIC

 

IMA23_Técnico en Mantenimiento electromecánico

IESPOLITÈCNIC

 

IMA32_Técnico superior en Mantenimiento de instalaciones térmicas y de fluidos

IES JOSEP MARIA QUADRADO

 

IMA32_Técnico superior en Mantenimiento de instalaciones térmicas y de fluidos

IES POLITÈCNIC

 

IMP21_Técnico en Estética y belleza

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

IMP21_Técnico en Estética y belleza

CIFP JOAN TAIX

 

IMP21_Técnico en Estética y belleza

CIFP PERE DE SON GALL

Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso

IMP22_Técnico en Peluquería y cosmética capilar

CEPA LA BALANGUERA

 

IMP22_Técnico en Peluquería y cosmética capilar

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

IMP22_Técnico en Peluquería y cosmética capilar

CIFP JOAN TAIX

 

IMP22_Técnico en Peluquería y cosmética capilar

IES ALGARB

 

IMP22_Técnico en Peluquería y cosmética capilar

IES CAP DE LLEVANT

 

IMP22_Técnico en Peluquería y cosmética capilar

IES PUIG DE SA FONT

Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso

IMP31_Técnico superior en Estética integral y bienestar

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 2º curso

IMP32_Técnico superior en Estilismo y dirección de peluquería

IES CAP DE LLEVANT

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

IMP33_Técnico superior en Asesoría de imagen personal y corporativa

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

IMS21_Técnico en Vídeo disc-jockey y sonido

CIFP JUNÍPER SERRA

 

IMS21_Técnico en Vídeo disc-jockey y sonido

IES ISIDOR MACABICH

Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso

IMS32_Técnico superior en Realización de proyectos de audiovisuales y espectáculos

CIFP JUNÍPER SERRA

 

IMS35_Técnico superior en Iluminación, captación y tratamiento de imagen

CIFP JUNÍPER SERRA

 

INA21_Técnico en Panadería, repostería y confitería

IES JOSEP SUREDA I BLANES

 

INA21_Técnico en Panadería, repostería y confitería

IES SA SERRA

 

INA22_Técnico en Aceites de oliva y vino

IES BINISSALEM

 

INA31_Técnico superior en Vitivinicultura

IES FELANITX

 

MAM21_Técnico en Maderaje y mueble

IES POLITÈCNIC

 

MAM31_Técnico Superior en Diseño y amueblamiento

IES POLITÈCNIC

Sólo se hacen pruebas libres de los módulos de 1r curso

MAP 22_Técnico en Mantenimiento y control de la maquinaria de barcos y embarcaciones

CIFP ESCOLA NAUTICOPESQUERA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

MAP 24_Técnico en Navegación y pesca de litoral

CIFP CAN MARINES

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

MAP 32_Técnico superior en Transporte marítimo y pesca de altura

CIFP CAN MARINES

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

MAP 32_Técnico superior en Transporte marítimo y pesca de altura

CIFP ESCOLA NAUTICOPESQUERA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

MAP 33_Técnico superior en Organización del mantenimiento de maquinaria de barcos y embarcaciones

CIFP ESCOLA NAUTICOPESQUERA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

QUI31_Técnico superior en Laboratorio de análisis y de control de calidad

IES JOSEP MARIA LLOMPART

 

SAN21_Técnico en Emergencias sanitarias

IES JOSEP MARIA LLOMPART

Sólo se hacen pruebas libres de los módulos siguientes:

Anatomofisiología y patología básicas, teleemergencias, FOL y EIE

SAN22_Técnico en Farmacia y parafarmacia

CEPA MANCOMUNITAT DES PLA DE MALLORCA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

SAN22_Técnico en Farmacia y parafarmacia

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

SAN22_Técnico en Farmacia y parafarmacia

IES ALGARB

 

SAN22_Técnico en Farmacia y parafarmacia

IES JOSEP MARIA LLOMPART

 

SAN22_Técnico en Farmacia y parafarmacia

IES JOSEP MIQUEL GUÀRDIA

 

SAN22_Técnico en Farmacia y parafarmacia

IES MARRATXÍ

 

SAN22_Técnico en Farmacia y parafarmacia

IES PORTO CRISTO

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

SAN23_Técnico en Curas auxiliares de enfermería

CEPA CALVIÀ

 

SAN23_Técnico en Curas auxiliares de enfermería

CEPA FRANCESC DE BORJA MOLL

 

SAN23_Técnico en Curas auxiliares de enfermería

CEPA MANCOMUNITAT DES PLA DE MALLORCA

 

SAN23_Técnico en Curas auxiliares de enfermería

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

SAN23_Técnico en Curas auxiliares de enfermería

IES ALBUHAIRA

 

SAN23_Técnico en Curas auxiliares de enfermería

IES ALGARB

 

SAN23_Técnico en Curas auxiliares de enfermería

IES CAP DE LLEVANT

 

SAN23_Técnico en Curas auxiliares de enfermería

IES JOSEP MARIA LLOMPART

 

SAN23_Técnico en Curas auxiliares de enfermería

IES MARRATXÍ

 

SAN23_Técnico en Curas auxiliares de enfermería

IES MOSSÈN ALCOVER

 

SAN31_Técnico superior en Anatomía patológica y citodiagnóstico

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

SAN32_Técnico superior en Dietética

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

SAN32_Técnico superior en Dietética

IES ALBUHAIRA

 

SAN32_Técnico superior en Dietética

IES ALGARB

 

SAN32_Técnico superior en Dietética

IES JOSEP MIQUEL GUÀRDIA

 

SAN34_Técnico superior en Higiene bucodental

IES MARRATXÍ

 

SAN34_Técnico superior en Higiene bucodental

IES MOSSÈN ALCOVER

 

SAN35_Técnico superior en Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear

IES JOSEP MARIA LLOMPART

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

SAN36_Técnico superior en Laboratorio clínico y biomédico

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

 

SAN36_Técnico superior en Laboratorio clínico y biomédico

IES CAP DE LLEVANT

 

SEA21_Técnico en Emergencias y protección civil

CIFP FRANCESC DE BORJA MOLL

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia

CEPA ARTÀ

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia

CEPA CALVIÀ

 

SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia

CEPA FRANCESC DE BORJA MOLL

 

SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia

CEPA MANCOMUNITAT DES PLA DE MALLORCA

 

SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia

CIFP SON LLEBRE

 

SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia

IES ALGARB

 

SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia

IES CAP DE LLEVANT

 

SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia

IES MARC FERRER

 

SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia

IES PORTO CRISTO

 

SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia

IES RAMON LLULL

 

SSC21_Técnico en Atención a personas en situación de dependencia

IES SANTA MARGALIDA

 

SSC31_Técnico superior en Educación infantil

IES ANTONI MAURA

 

SSC31_Técnico superior en Educación infantil

IES CAP DE LLEVANT

 

SSC31_Técnico superior en Educación infantil

IES MOSSÈN ALCOVER

 

SSC31_Técnico superior en Educación infantil

IES QUARTÓ DE PORTMANY

 

SSC31_Técnico superior en Educación infantil

IES SANTA MARGALIDA

 

SSC32_Técnico superior en Animación sociocultural y turística

IES RAMON LLULL

 

SSC32_Técnico superior en Animación sociocultural y turística

IES XARC

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

SSC33_Técnico superior en Integración social

CEPA CALVIÀ

 

SSC33_Técnico superior en Integración social

CIFP SON LLEBRE

 

SSC33_Técnico superior en Integración social

IES ALGARB

 

SSC33_Técnico superior en Integración social

IES CAP DE LLEVANT

 

SSC33_Técnico superior en Integración social

IES MOSSÈN ALCOVER

 

SSC33_Técnico superior en Integración social

IES RAMON LLULL

 

SSC33_Técnico superior en Integración social

IES SANTA MARGALIDA

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

SSC34_Técnico superior en Mediación comunicativa

CIFP SON LLEBRE

 

SSC35_Técnico superior en Promoción de la igualdad de género

CIFP SON LLEBRE

 

TMV21_Técnico en Carrocería

CIFP JUNÍPER SERRA

 

TMV21_Técnico en Carrocería

CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT

 

TMV22_Técnico en Electromecánica de vehículos automóviles

CIFP JUNÍPER SERRA

 

TMV22_Técnico en Electromecánica de vehículos automóviles

CIFP PAU CASESNOVES

 

TMV22_Técnico en Electromecánica de vehículos automóviles

CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT

 

TMV22_Técnico en Electromecánica de vehículos automóviles

IES ISIDOR MACABICH

 

TMV22_Técnico en Electromecánica de vehículos automóviles

IES MARIA ÀNGELS CARDONA

 

TMV22_Técnico en Electromecánica de vehículos automóviles

IES SON PACS

 

TMV26_Técnico en Mantenimiento de embarcaciones de recreo

CIFP CENTRE DE LA MAR

 

TMV26_Técnico en Mantenimiento de embarcaciones de recreo

CIFP L'EMBAT

 

TMV31_Técnico superior en Automoción

CIFP JUNÍPER SERRA

 

TMV31_Técnico superior en Automoción

CIFP PAU CASESNOVES

 

TMV31_Técnico superior en Automoción

CIFP POLITÈCNIC DE LLEVANT

 

TMV32_Técnico superior en mantenimiento aeromecánico de aviones con motor de turbina

IES SON PACS

No se hacen pruebas libres de ningún módulo

 

ANEXO 3 Módulos de los ciclos de grado superior LOE que se imparten en inglés el curso 2023-2024

Título

Módulo de primer curso

Módulo de segundo curso

ADG31. Técnico superior en Asistencia a la Dirección

0649. Ofimática y Proceso de la Información

0663. Gestión Avanzada de la Información

ADG32. Técnico superior en Administración y Finanzas

0649. Ofimática y Proceso de la Información

0656. Simulación Empresarial

AFD31. Técnico superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva

1138. Juegos y Actividades Fisicorecreativas y de Animación Turística

1123. Actividades de Ocio y Tiempo Libre

AFD32. Técnico superior en Acondicionamiento Físico

1149. Actividades Básicas de Acondicionamiento Físico con Apoyo Musical

1150. Actividades Especializadas de Acondicionamiento Físico con Apoyo Musical

AGA31. Técnico superior en Paisajismo y Medio Rural

0694. Maquinaria e Instalaciones Forestales

0698. Conservación de Jardines y Zonas Deportivas

AGA32 Técnico superior en Gestión Forestal y del Medio Natural

0694. Maquinaria e Instalaciones Forestales

0790. Técnicas de Educación Ambiental

ARG32. Técnico superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia

1417. Materiales de Producción Gráfica

1481. Gestión de la Producción en Procesos de Edición

COM31. Técnico superior en Marketing y Publicidad

0931. Marketing Digital

1008. Medios y Apoyos de Comunicación

COM33. Técnico superior en Gestión de Ventas y Espacios Comerciales

0931. Marketing Digital

0929. Técnicas de Venta y Negociación

COM34. Técnico superior en Comercio Internacional

0627. Gestión Administrativa del Comercio Internacional

0826. Medios de pago Internacional

COM35. Técnico superior en Transporte y Logística

0627. Gestión Administrativa del Comercio Internacional

0624. Comercialización del Transporte y la Logística

ELE31. Técnico superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados

0523. Configuración de Instalaciones Domóticas y Automáticas

0521. Técnicas y Procesos en Instalaciones Domóticas y Automáticas

ELE32. Técnico superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos

0525. Configuración de Infraestructuras de Sistemas de Telecomunicaciones

0555. Redes Telemáticas

ELE33. Técnico superior en Mantenimiento Electrónico

1052. Equipos Microprogramables

1057. Mantenimiento de Equipos de Vídeo

ELE34. Técnico superior en Automatización y Robótica Industrial

0960. Sistemas Secuenciales Programables

0965. Sistemas Programables Avanzados

ENA31. Técnico superior en Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica

0354. Promoción del Uso Eficiente de la Energía y del Agua

0352. Configuración de Instalaciones Solares Térmicas

ENA33. Técnico superior en Energías Renovables

0670. Telecontrol y Automatismos

0683. Gestión del Montaje de Parques Eólicos

EOC31. Técnico superior en Proyectos de Edificación

0567. Diseño y Construcción de Edificios

0570. Desarrollo de Proyectos de Edificación Residencial

EOC32. Técnico superior en Proyectos de Obra Civil

0769. Urbanismo y Obra Civil

0772. Desarrollo de Proyectos Urbanísticos

HOT31. Técnico superior en Gestión de Alojamientos Turísticos

0176. Recepción y Reservas

0178. Comercialización de Acontecimientos

HOT32. Técnico superior en Agencias de Viajes y Gestión de Acontecimientos

0383. Destinos Turísticos

0398. Venta de Servicios Turísticos

HOT33. Técnico superior en Guía, Información y Asistencia Turísticas

0383. Destinos Turísticos

0385. Servicios de Información Turística

HOT34. Técnico superior en Dirección de Cocina

0499. Procesos de Elaboración Culinaria

0498. Elaboración de Pastelería y Repostería

HOT35. Técnico superior en Dirección de Servicios de Restauración

0510. Procesos de Servicios a Restaurante

0512. Planificación y Dirección de Servicios y Acontecimientos en Restauración

IFC31. Técnico superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red

0372. Gestión de Bases de Datos

0376. Implantación de Aplicaciones Web

IFC32. Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma

0484. Bases de Datos

0488. Desarrollo de Interfaces

IFC33. Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Web

0484. Bases de Datos

0615. Diseño de Interfaces Web

IMA32. Técnico superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos

0121. Equipos e Instalaciones Térmicas

0133. Gestión del Montaje, de la Calidad y del Mantenimiento

IMP31. Técnico superior en Estética Integral y Bienestar

0747. Masaje Estético

0748. Drenaje Estético y Técnicas por Presión

IMP32. Técnico superior en Estilismo y Dirección de Peluquería

1065. Recursos Técnicos y Cosméticos

1071. Dirección y Comercialización

IMP33. Técnico superior en Asesoría de Imagen Personal y Corporativa

1182. Diseño de Imagen Integral

1071. Dirección y Comercialización

IMS32. Técnico superior en Realización de Proyectos Audiovisuales y Espectáculos

0910. Medios técnicos Audiovisuales y Escénicos

0903. Procesos de Realización en Cine y Vídeo

IMS35. Técnico superior en Iluminación, Captación y Tratamiento de la Imagen

1158. Planificación de Cámara en Audiovisuales

1164. Toma Fotográfica

INA31. Técnico superior en Vitivinicultura

0077. Viticultura

0084. Comercialización y Logística en la Industria Alimentaria

MAM31. Técnico superior en Diseño y Amueblamiento

0986. Desarrollo de Producto en Maderaje y Mueble

0989. Diseño de Maderaje y Mueble

QUI31. Técnico superior en Laboratorio de Análisis y Control de Calidad

0070. Ensayos Microbiológicos

0071. Ensayos Biotecnológicos

SAN31. Técnico superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico

1369. Biología Molecular y Citogenética

1382. Citología General

SAN33. Técnico superior en Documentación y Administración Sanitarias

1519. Sistemas de Información y Clasificación Sanitarios

1523. Gestión Administrativa Sanitaria

SAN34. Técnico superior en Higiene Bucodental

0731. Estudio de la Cavidad Oral

0735. Educación para la Salud Oral

SAN36. Técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico

1369. Biología Molecular y Citogenética

1372. Técnicas de Inmunodiagnóstico

SSC31. Técnico superior en Educación Infantil

0012. Autonomía Personal y Salud Infantil

0013. El Juego Infantil y su Metodología

SSC32. Técnico superior en Animación Sociocultural y Turística

1125. Animación y Gestión Cultural

1126. Animación Turística

SSC33. Técnico superior en Integración Social

0342. Promoción de la Autonomía Personal

0017. Habilidades Sociales

SSC34. Técnico superior en Mediación Comunicativa

0017. Habilidades Sociales

1121. Empresa e Iniciativa Emprendedora

SSC35. Técnico superior en Promoción de la Igualdad de Género

0344. Metodología de la Intervención Social

1401. Información y Comunicación con Perspectiva de Género

TMV31. Técnico superior en Automoción

0291. Sistemas Eléctricos y de Seguridad y Confortabilidad

0297. Gestión y Logística del Mantenimiento del Vehículo

 

ANEXO 4 Calendario de las pruebas libres correspondiente a la convocatoria de 2024

Fecha

Actuación

Apartado anexo 1

Del 6 al 18 de marzo

Inscripción para hacer las pruebas.

8

Antes de la publicación de la relación provisional

Creación de las comisiones evaluadoras.

12

25 de marzo

Publicación de las relaciones provisionales de inscritos en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro.

12

25, 26 y 27 de marzo

Plazo de reclamaciones contra las relaciones provisionales de inscritos.

13

12 de abril

Publicación de las listas definitivas de inscritos en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro.

14

Antes del 19 de abril

Publicación del calendario del centro, los criterios de evaluación y la relación de material necesario para hacer las pruebas en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro.

17.3

17.5

El mismo día que se publica en el centro

Remisión a la DG, por vía electrónica, del calendario de las pruebas.

17.6

Antes del 26 de abril

Asignación del proyecto que hay que realizar para la evaluación del módulo de Proyecto de los alumnos que tienen superado el módulo de FCT.

32.3.b

Del 2 al 31 de mayo

Periodo para la realización de las pruebas libres según el calendario del centro.

17.1

El día indicado en el calendario del centro

Publicación, en el tablón de anuncios y en la página web del centro, de los resultados de la prueba de cada módulo y convocatoria para hacer la revisión.

21

El día indicado en el calendario del centro

Publicación de la lista provisional de las calificaciones del ciclo formativo en el tablón de anuncios y en la página web según el calendario del centro.

22

Tres días hábiles posteriores a la publicación de los resultados provisionales del ciclo

Plazo de reclamaciones ante la comisión evaluadora.

23

El día siguiente de la resolución de las reclamaciones

Publicación de la lista definitiva de las calificaciones del ciclo formativo en el tablón de anuncios y en la página web de cada centro.

23.5

Un mes desde el día siguiente de la publicación de la lista definitiva de calificaciones

Plazo para que quien no esté de acuerdo con el resultado de la revisión que resuelva la comisión evaluadora pueda presentar un recurso de alzada.

29

A partir de la publicación de la lista definitiva

Entrega de los certificados y de las acreditaciones.

27

Antes del 21 de junio

Finalización del proceso de evaluación.

28