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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, MEDIO RURAL Y DEPORTES

Núm. 64237
Resolución de la onceava concesión y reconocimiento de la obligación a 67 personas beneficiarias de la subvención para la concesión de ayudas económicas para la realización de actividades deportivas federadas de niños y jóvenes en edad escolar durante la temporada 2022-2023 para paliar los efectos de la situación económica actual

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Texto

BDNS 676959

La consejera ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local, por suplencia del consejero ejecutivo de Medio Ambiente, Medio Rural y Deportes, de acuerdo con el Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca de 28 de julio de 2023 por el que se establecen las suplencias de los consejeros ejecutivos y consejeras ejecutivas, ha dictado en fecha 20 de diciembre de 2023, la siguiente resolución:

1. Conceder la subvención en el marco de la convocatoria de subvenciones para la concesión de ayudas económicas para la realización de actividades deportivas federadas de niños y jóvenes en edad escolar durante la temporada 2022-2023 para paliar los efectos de la situación económica actual a las siguientes personas y por los siguientes importes:

 

Núm. Entrada

Documento

DNI-NIE

Importe total por el cual

se solicita subvención

Importe concedido

y reconocido

1

20839

76712612E

350

350,00 €

2

20843

43136010Q

300

300,00 €

3

21036

53105131V

172

172,00 €

4

21179

43162046Q

300

300,00 €

5

21210

43126179Y

5.040

600,00 €

6

21219

18224237A

200

180,00 €

7

21240

43089284A

725

380,00 €

8

21648

18225295A

800

500,00 €

9

21677

43157770H

370

370,00 €

10

21715

46628544T

400

385,00 €

11

21771

43125608X

200

100,00 €

12

21868

43213370G

1.500

600,00 €

13

21919

43055655T

1.245

600,00 €

14

21966

43146683V

960

600,00 €

15

21981

43101150R

300

300,00 €

16

22052

34069117E

66

66,00 €

17

22069

41454196P

1.530

600,00 €

18

22157

43113219H

1.275

600,00 €

19

22184

41518009L

180

180,00 €

20

22228

42389402B

1.700

600,00 €

21

22272

43165562J

44

44,00 €

22

22298

43078018F

600

600,00 €

23

22443

44329788W

190

190,00 €

24

22458

37341068Q

150

150,00 €

25

22507

43083086S

800

800,00 €

26

22537

43096246L

600

600,00 €

27

22598

55085854A

200

53,00 €

28

22640

43102644T

350

350,00 €

29

22979

43155754A

1.979,45

600,00 €

30

23293

43115154K

350

350,00 €

31

24110

78214072L

1.350

600,00 €

32

24390

18220438E

1.350

600,00 €

33

24532

41519410V

360

360,00 €

34

24875

37342297A

340

340,00 €

35

24877

43151605V

150

150,00 €

36

25419

37338662W

400

380,00 €

37

26750

X8816349N

1.430

600,00 €

38

26996

41516898N

600

600,00 €

39

27064

43226958E

190

190,00 €

40

27236

34069956X

600

600,00 €

41

28446

43081708V

170

170,00 €

42

28590

43149833Q

160

160,00 €

43

29783

37338097N

1.255

600,00 €

44

29951

43135579E

200

170,00 €

45

30069

37342108K

150

150,00 €

46

30225

07173462S

325

325,00 €

47

30279

37339814G

240

240,00 €

48

30770

43055985P

1.686

600,00 €

49

31193

43189276Z

100

100,00 €

50

31241

X6002648Q

350

350,00 €

51

31261

43126891M

300

300,00 €

52

31909

46344353C

600

600,00 €

53

31971

37335322C

160

160,00 €

54

32158

78217327P

1.250

800,00 €

55

32329

78215626D

980

600,00 €

56

32888

38825489V

1.645

600,00 €

57

33737

43116888F

350

350,00 €

58

34816

X7737931H

400

50,00 €

59

35288

38837353J

600

350,00 €

60

35344

X9417966H

600

600,00 €

61

36048

09805238Q

200

176,00 €

62

36441

43170246M

150

150,00 €

63

36752

18227848A

220

220,00 €

64

36973

41459684E

1.500

600,00 €

65

36986

43120802B

600

600,00 €

66

37284

18217352H

387

387,00 €

67

37408

43118198Y

600

600,00 €

   

Importe total

25.948,00 €

2. Aprobar la cuenta justificativa de la subvención presentada por las personas beneficiarias y por los importes que se relacionan en la tabla del punto primero de esta resolución.

3. Disponer el gasto con cargo a la aplicación presupuestaria 30.34101.48910, del presupuesto 2023 del Consejo de Mallorca, a favor de las personas beneficiarias y por los importes que se relacionan en la tabla del punto primero de esta resolución.

4. Reconocer la obligación de gasto a favor de las personas beneficiarias y por los importes que se relacionan en la tabla del punto primero de esta resolución, con cargo a la aplicación presupuestaria 30.34101.48910 del presupuesto 2023 del Consejo de Mallorca.

5. Notificar esta Resolución a las personas beneficiarias mediante publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y la sede electrónica del Consejo de Mallorca y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso puede interponerse formalmente ante este consejero ejecutivo/consejera ejecutiva o ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de altura.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente de la presunta desestimación.

No obstante lo anterior, puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, 30 de enero de 2024

El vicepresidente segundo y consejero ejecutivo del Departamento de Medio Ambiente, Medio Rural y Deportes Pedro Bestard Martínez