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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN

Núm. 60174
Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 30 de enero de 2024 por la que se modifica el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2021-2023, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2021

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Texto

Hechos

1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2021 (BOIB n.º 175, de 23 de diciembre), se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2021-2023, el cual ha sido prorrogado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de diciembre de 2023 (BOIB n.º 173, de 23 de diciembre).

2. La Dirección General del Tesoro, Política Financiera i Patrimonio (de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación) ha instado la modificación del anexo del mencionado Plan Estratégico de Subvenciones, concretamente dentro del punto 1 («Crecimiento inteligente») del objetivo III («Competitividad»), en el sentido de añadir una nueva línea, la línea II.1.12, con la finalidad de posibilitar la convocatoria de ayudas a favor de la micro, pequeña y mediana empresa y de determinadas grandes empresas elegibles, según lo previsto en las respectivas convocatorias, con actividad en el territorio de las Illes Balears para cubrir los intereses, el coste del aval de ISBA, SGR, y las comisiones de estudio y apertura de operaciones de financiación con la finalidad de facilitar el acceso a la financiación de las empresas con necesidades de liquidez o de inversión productiva o en innovación.

3. El apartado tercero del mencionado Acuerdo del Consejo de Gobierno establece que la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones se delegan en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, ya prevista en el anexo del Plan para el año 2022.

Corresponde, por lo tanto, al consejero de Economía, Hacienda e Innovación aprobar y modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones.

4. De acuerdo con el apartado 9 de la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 27 de julio de 2023 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, se delega en la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación la firma de las resoluciones de modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 25 y 31 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por los decretos de la presidenta de las Illes Balears 16/2023, de 20 de julio y 17/2023, de 23 de agosto.

3. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en el que se nombra a don Antoni Costa Costa consejero de Economía, Hacienda e Innovación.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Baleares para los ejercicios 2021-2023, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2021 (BOIB n.º 175, de 23 de diciembre) y prorrogado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de diciembre de 2023, dentro del objetivo III, sobre competitividad, y más concretamente en el punto 1, relativo a crecimiento inteligente, en el sentido de añadir una nueva línea, la línea III.1.12, con el siguiente contenido:

III.1.12

Dirección general: Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio

Fuente de financiación: capítulo IV (6.170.394€ de fondos propios, y 12.394.042 € —FF31111— de fondos FEDER PO 2021-2027)

Descripción: ayudas a la micro, pequeña y mediana empresa y a determinadas grandes empresas elegibles, según lo previsto en las respectivas convocatorias, con actividad en las Illes Balears para cubrir los intereses, el coste del aval de ISBA, SGR, y las comisiones de estudio y apertura de operaciones de financiación de liquidez y de inversiones productivas y en innovación

Objetivos y efectos: facilitar el acceso a la financiación por necesidades de liquidez o de inversión empresarial, según lo previsto en las respectivas convocatorias, para empresas con actividad en las Illes Balears

Convocatoria: anual (2024)

Coste: 18.564.436 €

Indicadores: número e importe de avales formalizados que reciben las ayudas; variación respecto al año anterior; promedio del importe de las operaciones; media de las ayudas concedidas; porcentaje de emprendimiento; porcentaje de operaciones de inversión y de liquidez

Incidencia sobre el mercado: incidencia positiva en el mercado

2. Disponer que esta Resolución produzca efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (30 de enero de 2024)

La secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación Catalina Mir Ferrer Por delegación de firma del consejero de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB n.º 106, de 29 de julio)