Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 56024
Notificación de Resolución de denegación a los interesados de la ayuda, Rd4 de fecha 25 de enero de 2024, en el amparo de la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 12 de abril de 2023, por la que se convocan las ayudas destinadas al “Pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas” y “Pago compensatorio en zonas de montaña”, para el año 2023
El punto 3 del apartado Octavo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 12 de abril de 2023, por la cual se convocan ayudas destinadas al “pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas” y al “pago compensatorio en zonas de montaña” para el año 2023, especifican que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y se hará de acuerdo a los términos que prevé el artículo 45.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo que dispone el artículo 43 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 25 de enero de 2024, firmó la siguiente resolución:
“PROPUESTA DE RESOLUCIÓN /RESOLUCIÓN DE DENEGACIÓN
Plan estratégico de la PAC 2023-2027 (PEPAC)
INTERVENCIÓN 6613_01 i 6613_02 SIGC.:
Pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas
Pago compensatorio en zonas de montaña
Convocatoria 2023
Documento: Resolución
SIA: 2987434/ 2987430
Emisor (DIR3): A04026954
Código BDNS: 687628/ 687592
Antecedentes
1.Con fecha 15 de abril de 2023 se publicó, en el BOIB núm. 48, la Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 12 de abril de 2023, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas en las Islas Baleares.
2. Con fecha 15 de abril de 2023 se publicó, en el BOIB núm. 48, la Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 12 de abril de 2023, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas de montaña en las Islas Baleares.
3. De conformidad con los apartados sexto de ambas resoluciones, y de la Resolución de modificación de la Presidenta del FOGAIBA, para el año 2023, de determinadas ayudas comunitarias directas y al desarrollo rural en la Agricultura y en la Ganadería, de fecha 25 de mayo de 2023, publicada en el BOIB núm.71 de 30 de mayo de 2023, el plazo de presentación de solicitudes de las convocatorias terminó el 30/6/23, y tuvieron entrada en el Registro del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares un total de 1357 solicitudes de ayuda de limitaciones específicas y 274 de ayuda de montaña.
4. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de estas ayudas.
5. Una vez evaluadas las solicitudes de ayuda por los órganos gestores, y de acuerdo con los criterios de elegibilidad establecidos, los interesados que figuran en el Anexo I no cumplen el requisito previsto en el punto 1.b) del apartado Tercero de las convocatorias.
6. Con fecha 17 de octubre de 2023 se notifica, mediante publicación en la página web http://www.caib.es, el informe desfavorable y la propuesta provisional de denegación de las ayudas, emitida por Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural a los interesados, concediéndoles un plazo de 10 días para para aportar la documentación solicitada, informando que transcurrido este plazo se darán por desistidas las solicitudes de ayuda si no se ha recibido la documentación la documentación. Los interesados del ANEXO I adjunto, no han aportado los documentos suficientes.
7. Con fecha 8 de enero de 2024, se notifica, mediante publicación en la página web http://www.caib.es, el informe desfavorable y la propuesta provisional de denegación de las ayudas, emitida por Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural a los interesados, concediéndoles un plazo de 10 días para presentar las alegaciones oportunas.
8.Dentro del plazo establecido, los interesados indicados en el Anexo I adjunto no ha presentado alegaciones que no han desmotrado la condición de agricultor no pluriactivo.
Fundamentos de derecho
1.Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 12 de abril de 2023 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas, publicada en el BOIB núm. 48 de día 15 de abril de 2023.
2. Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 12 de abril de 2023 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 de las ayudas destinadas al pago compensatorio en zonas de montaña, publicada en el BOIB núm. 48 de día 15 de abril de 2023.
3. Reglamento UE 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen las normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrario de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los reglamentos (UE) núm. 1305/2013 y (UE) 1307/2013.
4. Reglamento (UE) núm. 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº 1306/2013.
5. La Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la política agrícola común y otras materias conexas.
6. Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la política agrícola común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.
7. Real Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula la gobernanza del Plan Estratégico de la política agrícola común en España y de los Fondos Europeos FEAGA y FEADER.
8. Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la política agrícola común.
9. Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la política agrícola común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de opciones específicas por la lejanía y la insularidad (POSEI).
10. Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el cuaderno digital de explotación agrícola.
11. Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen unas normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios.
12. Real Decreto 1050/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, que establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.
13. Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones previstas en el Plan estratégico de la política agrícola común, modificándose varios reales decretos por los que se regulan distintos aspectos relacionados con la aplicación en España de la política agrícola común para el período 2023-2027.
14. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.
15. Orden 10/2023 de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 5 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Islas Baleares 2023-2027.
16. La ley 3/2019, de 31 de enero, agraria de las Islas Baleares.
El resto de normativa de desarrollo y aplicación.
Propuesta de resolución de denegación
Por todo ello, se informa desfavorablemente y propongo al vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Denegar las solicitudes a los interesados del Anexo I adjunto, por incumplimiento del requisito indicado de ambas ayudas.
2.Declarar concluido el procedimiento y archivar los expedientes detallados en el Anexo I.
3.Notificar la resolución a los interesados del Anexo I, mediante la publicación en el BOIB.
Interposición de recursos
Contra esta resolución - que no agota la vía administrativa - se puede interponer recurso de alzada ante el conseller de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
La jefe del Servicio de Ayudas PDR Gema Canós Franch
Conforme con la propuesta, dicto Resolución
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA Fernando Fernández Such” |
ANEXO I
EXPEDIENTE |
NIF |
BENEFICIARIO |
---|---|---|
04004325 |
B57872301 |
AGRO QUALITAT BALEARS SL |
Palma, a fecha de la firma electrónica (29 de enero de 2024)
El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni