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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SA POBLA

Núm. 46111
Acuerdo del Pleno de suspensión aplicación Decreto Ley 6/2023, de 2 de octubre, de medidas urgentes en materia de vivienda

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Texto

Para hacer constar que el PLENO de este Ajuntament de sa Pobla, en sesión ordinaria de día 9 de noviembre de 2023, acordó la suspensión del Decreto Ley 6/2023, de 2 de octubre, de Medidas urgentes en materia de vivienda, conforme sigue:

«PROPUESTA APROBACIÓN DEFINITIVA SUSPENSIÓN APLICACIÓN ADICIONALES DECRETO LEY 6/2023

En fecha 3 de octubre de 2023 (BOIB 135) se publicó el Decreto Ley 6/2023, de 2 de octubre, de medidas urgentes en materia de vivienda, aprobado por el Consejo de Gobierno de las Islas Baleares.

El Decreto Ley 6/2023 regula una nueva figura, que denomina vivienda de precio limitado (HPL), de carácter permanente, que pretende ser una medida para dar respuesta a la problemática que rodea el acceso a la vivienda en las Islas Baleares.

El Decreto Ley consta de doce Disposiciones Adicionales. La primera añade cinco nuevas disposiciones adicionales, de la decimoséptima a la vigésimo primera, a la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares.

Dado que, la regulación contenida en este Decreto Ley respeta la autonomía local, dado que preserva la plena capacidad decisoria de los ayuntamientos sobre las medidas que se implementan, dado que, por acuerdo del Pleno pueden moderar o excluir la aplicabilidad de algunas de las normas que lo integran.

De conformidad con la mencionada regulación, el equipo de gobierno municipal lleva a cabo una suspensión, sin plazo, de la aplicación del Decreto Ley en las Disposiciones Adicionales que el Decreto Ley añade a la Ley 12/2017 y que a continuación se enumeran

- Disposición Adicional Decimoséptima: Norma temporal para facilitar la reconversión de locales existentes en viviendas.

- Disposición Adicional Decimoctava: Norma temporal de modificación de densidad de viviendas y para facilitar la división de viviendas unifamiliares entre medianeras.

- Disposición adicional vigésima: Norma temporal de cambio de uso y de aprovechamiento a los terrenos calificados como equipaciones públicas y privados

- Disposición adicional vigésimo primera: Actuaciones para permitir el crecimiento en estatura.

Dado que en fecha 26/10/2023, los servicios jurídicos municipales han informado favorablemente la posibilidad que el Pleno municipal determine, en conformidad con el establecido al mismo Decreto Ley, la suspensión de su aplicación.

Realizada la tramitación correspondiente y vista la competencia del Pleno, en virtud de los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del artículo 102 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, se propone al mismo la adopción del siguiente

 

ACUERDO

PRIMERO.- Suspender la aplicación, en todo el término municipal de Sa Pobla, de las disposiciones del Decreto Ley 6/2023, de 2 de octubre, de medidas urgentes en materia de vivienda, que a continuación se relacionan:

- Disposición Adicional Decimoséptima: Norma temporal para facilitar la reconversión de locales existentes en viviendas.

- Disposición Adicional Decimoctava: Norma temporal de modificación de densidad de viviendas y para facilitar la división de viviendas unifamiliares entre medianeras.

- Disposición adicional vigésima: Norma temporal de cambio de uso y de aprovechamiento a los terrenos calificados como equipaciones públicas y privados.

- Disposición adicional vigésimo primera: Actuaciones para permitir el crecimiento en estatura

Manteniendo la aplicación directo del resto de disposiciones y normas que integran el Decreto Ley 6/2023 de 2 de octubre, de medidas urgentes en materia de vivienda.

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo al BOIB en los efectos oportunos.»

 

Sa Pobla, firmado electrónicamente (24 de enero de 2024)

El alcalde Biel Ferragut Mir