Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FUNDACIÓN BALEAR DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGIA (FUNDACIÓN BIT)
Núm. 44475
Bases específicas que regirán el proceso selectivo para contratar un/a Facultativo/va Técnico/a TIC para prestar servicios de programador/a de aplicaciones en el área de Gobierno Digital de la Fundació Bit, referencia GD01-24
Primera.- La selección se regirá por las indicaciones recogidas en la presente convocatoria y en la normativa de aplicación.
Segunda.- Se ofrece un contrato temporal durante el proceso de selección o promoción, para su cobertura definitiva, grupo de clasificación B, remuneración bruta anual de 30.571,14.-€ distribuida en doce pagas, para una jornada completa de 37,5 horas semanales, con el siguiente horario general de lunes a viernes de 08:00h a 15:30h y con un régimen flexible de entrada y salida. La persona trabajadora dispondrá, además del periodo de vacaciones anuales, de 6 días de libre disposición y tendrá la posibilidad de adherirse al Acuerdo de teletrabajo de la entidad.
La persona trabajadora se integrará dentro del equipo de desarrollo del Área de Gobierno Digital donde realizará tareas de análisis, desarrollo y apoyo a la implantación de aplicaciones informáticas relacionadas con el ámbito de la Administración Electrónica. Se trata de aplicaciones estratégicas dentro de la administración que se encuentran implantadas en el Gobierno de las Islas Baleares y en otras administraciones de las Islas Baleares. Actualmente se desarrollan aplicaciones como el Registro Electrónico, la plataforma de firma electrónica Portafib, la Carpeta Ciudadana, aplicación de digitalización y copia auténtica Digitalib,... Para encontrar más información sobre estos proyectos, pueden acceder a https://github.com/governib
Para desarrollar estas tareas se emplearán, entre otras, algunas de las siguientes tecnologías y/o lenguajes de programación: Java, JavaScript, SQL, React JS, React Native, JEE o JSE. Dentro del equipo de desarrollo se aplica una metodología de trabajo basado en AGILE, lo que permite una rápida adaptación a la dinámica de trabajo, ser un miembro activo dentro del equipo de desarrollo, y ocasionalmente participar en varios proyectos para ayudar a cumplir los objetivos.
Tercera.- Los/las candidatos/se tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
Cuarta.- El proceso de selección se realizará por una comisión de selección:
Quinta.- El proceso selectivo constará de 4 fases:
Fase 1-Presentación de candidaturas
Toda la documentación justificativa (original y fotocopia) se tendrá que aportar de manera presencial en el registro de la Fundació Bit, calle Laura Bassi, s/n-Centro Empresarial Son Espanyol, ParcBit, en el horario de 09:00h a 14:00h. También se puede remitir mediante correo electrónico, seleccion@fundaciobit.org, o a través de correo postal, en ambos casos con copia cotejada de la titulación universitaria y del conocimiento de catalán. No serán admitidas en el proceso de selección las candidaturas que no se presenten en el plazo y con las formas antes descritas. Documentación a remitir:
La solicitud de participación y la declaración jurada o promesa se encuentran a disposición en la web https://www.fundaciobit.org/category/ofertes-de-feina/ y en las oficinas de la entidad. Junto con la documentación anterior se tendrán que presentar los documentos justificativos para la valoración de los méritos.
Las personas interesadas en participar en la convocatoria disponen de 15 días naturales para presentar la solicitud, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Finalizado el plazo para presentar las solicitudes, se publicará una lista provisional de admitidos y excluidos con un plazo de 5 días hábiles para enmendar las posibles omisiones y/o deficiencias.
La comisión de selección confeccionará la lista definitiva de admitidos y empezará la siguiente fase.
Solo los candidatos o candidatas que cumplan con los requisitos pasarán a la fase 2.
Fase 2- Entrevista personal
Se valorarán las competencias específicas que se requieren por la realización del trabajo: tener capacidad de trabajar en equipo, capacidad de autoaprendizaje, iniciativa y rápida adaptabilidad en el nuevo entorno.
La puntuación máxima de este apartado será de 1 punto.
Fase 3- Valoración de méritos
1. Valoración de los conocimientos de idiomas:
La puntuación máxima de este apartado relativo a conocimientos de idiomas será de 1 punto.
2. Valoración de formación reglada:
Se valorarán las titulaciones académicas oficiales de nivel igual o superior a las exigidas en la convocatoria y relacionadas directamente con las funciones de la categoría profesional y especialidad que son objeto de la oferta.
No se valorarán los títulos académicos que han servido para obtener la titulación académica superior que ya se ha valorado o que se han presentado como requisito.
La formación reglada se valorará de la forma siguiente:
a) Títulos académicos:
b) Títulos propios de posgrado (máster, especialista universitario, experto universitario y cursos de actualización universitaria), 0,01 puntos por cada crédito LRU o por cada 10 horas lectivas y 0,025 por cada crédito ECTS o por cada 25 horas, con un máximo de 1 punto.
La puntuación máxima de este apartado relativo a estudios y títulos es de 3 puntos.
3. Valoración de formación no reglada:
Solo se valoran las acciones formativas (cursos de formación y de perfeccionamiento, jornadas, seminarios y congresos) relacionadas directamente con las funciones de la categoría profesional y especialidad que son objeto de la oferta.
La ponderación es la siguiente: se otorgarán 0,01 por cada 10 horas lectivas con un máximo de 1 punto.
Los cursos con el mismo contenido, solo se valorarán una vez y puntuará̀ aquel que tenga más créditos o más horas.
La puntuación máxima de este apartado relativo a formación y perfeccionamiento será de 1 punto.
Fase 4. Valoración de experiencia profesional
En la categoría profesional y especialidad que se solicita:
Solo se valorará la experiencia profesional relacionada directamente con las funciones del puesto de trabajo que se solicita. Se otorgarán 0,04 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 4 puntos.
La experiencia en la Administración Pública o en cualquier ente del sector público instrumental como personal funcionario o personal laboral se acreditará mediante un certificado acreditativo de los servicios prestados, con la acreditación de la categoría y las funciones. Por servicios prestados en entidades de derecho público sometidas al derecho privado, consorcios, fundaciones y empresas societarias del sector público instrumental la experiencia se acreditará con certificado de la vida laboral y la acreditación de la categoría y las funciones mediante el contrato laboral o certificado de la empresa.
La experiencia de servicios prestados en el sector privado se acreditará con un informe de la vida laboral y la acreditación de la categoría y las funciones mediante el contrato laboral o certificado de la empresa oficial, y/o certificado de funciones.
La puntuación máxima de este apartado relativo a la experiencia profesional es de 4 puntos.
Concluida la valoración de méritos, la Comisión de Selección elaborará una lista provisional con las puntuaciones que han obtenido los/las aspirantes, con indicación del número del documento nacional de identidad y se abrirá un plazo de 5 días naturales, desde el día siguiente al de la publicación de la lista, para la presentación de alegaciones.
En el supuesto de que varios/varias candidatos/as obtengan la misma puntuación, el criterio para establecer el orden de prelación en la puntuación final, será el siguiente:
La comisión de selección, los dos días hábiles siguientes, valorará las alegaciones y elaborará la lista definitiva que se elevará al Gerente para la resolución definitiva del proceso.
La persona con una mayor puntuación será la persona seleccionada. Se hará la reserva de dos personas que podrán ser llamadas si se produce una baja en este puesto de trabajo.
Toda la información del proceso de selección se publicará en la web de la Fundació Bit https://www.fundaciobit.org y en las oficinas de la Fundació Bit en el ParcBit.
El orden jurisdiccional social es el competente para resolver las controversias derivadas de estas bases, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, sin que se pueda interponer ningún recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social, sin perjuicio que se pueda presentar una reclamación ante el órgano que dicta estas bases.
Los criterios selectivos han sido aprobados por el Gerente de la Fundació Bit.
Palma, (firmado electrónicamente: 23 de enero de 2024)
El gerente de la Fundació BIT Sebastián González Cardalliaguet