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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 43509
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la cual se acepta el desistimiento de una subvención para actuaciones de apoyo en la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) y se declara concluido el procedimiento

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Texto

Hechos

1. El 3 de julio de 2021 se publicó la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo en la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 3 de agosto de 2022 (BOIB núm. 103, de 6 de agosto de 2022).

2. Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta Resolución presentaron a la consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria.

3. Los titulares de los expedientes que aparecen en el anexo han presentado un escrito en el que indican que desisten de la solicitud de subvención mencionada.

Fundamentos de derecho

1. El consejero de Empresa, Empleo y Energía es el órgano competente para resolver este procedimiento atendida la estructura orgánica del Gobierno de las Islas Baleares y de acuerdo con la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía.

2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

4. El artículo 94, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, prevé que la Administración, en el supuesto de renuncia de la persona interesada a sus derechos, aceptará la renuncia completamente y resolverá el procedimiento declarando esta circunstancia, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables.

5. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para  actuaciones de soporte a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliència Europeo (BOIB núm. 88, de 3 de julio de 2021), modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 3 de agosto de 2022 (BOIB núm. 103, de 6 de agosto de 2022).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aceptar el desistimiento de la solicitud de subvención para actuaciones de apoyo en la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) presentada por los beneficiarios de los expedientes que aparecen en el anexo de esta resolución.

2. Declarar concluido el procedimiento y por tanto, archivar los expedientes.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recursocontencioso‑administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Palma, 18 de enero de 2024

El director general de Economía Circular,Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa,Empleo y Energía (BOIB n.º 103, de 22/07/2023)

 

ANEXO Lista de beneficiaros que han desistido de la solicitud de subvención​​​​​​​

Expediente

Solicitante

NIF

MOVESIII-1674/2021

EMAYA SA

***0000**

MOVESIII-1883/2021

ALOJAMIENTOS TURISTICOS DE BALEARES SL

***1603**

MOVESIII-2880/2021

ANA MARIA FORTEZA RIBOT

***2141**

MOVESIII-3252/2021

DANIEL GRAHAME PEERS

****7955*

MOVESIII-4254/2021

JOSÉ CATANY GIBERT

***4225**