Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARIA DEL CAMÍ
Núm. 40695
Aprobación definitiva modificación Impuesto Vehículos de Tracción Mecánica
Transcurrido el plazo de treinta días de exposición pública de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, sin que se haya presentado reclamación alguna, el acuerdo de aprobación provisional de dicha modificación se ha convertido en definitivo en virtud de lo establecido en el art. 17.4 del R.D Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Se transcribe a continuación el texto íntegro de dicha modificación, en función de lo previsto en el art. 17.4 del R.D Legislativo 2/2004:
«Artículo 6º
1. El impuesto se exigirá de acuerdo con el siguiente cuadro de tarifas.
Potencia i clase de vehículo |
Cuota Euros |
---|---|
A) Turismos: |
|
Menos de 8 caballos fiscales |
20,67 € |
De 8 hasta 11,99 caballos fiscales |
63,80 € |
De 12 hasta 15,99 caballos fiscales |
134,67 € |
De 16 hasta 19,99 caballos fiscales |
178,24 € |
De 20 caballos fiscales en adelante |
222,77 € |
B) Autobuses: |
|
Menos de 21 plazas |
136,45 € |
De 21 a 50 plazas |
194,33 € |
De més de 50 plazas |
242,92 € |
C) Camiones: |
|
Menos de 1.000 quilogramos de carga útil |
69,55 € |
De 1.000 a 2.999 quilogramos de carga útil |
137,02 € |
De más de 2.999 a 9.999 quilógramos de carga útil |
195,16 € |
Más de 9.999 quilogramos de carga útil |
243,95 € |
D) Tractores: |
|
Menos de 16 caballos fiscales |
23,33 € |
De 16 a 25 caballos fiscales |
36,66 € |
Más de 25 caballos fiscales |
109,96 € |
E) Remolques i semirremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica: |
|
De menos de 1.000 i más de 750 quilogramos de carga útil |
29,69 € |
De 1.000 a 2.999 quilogramos de carga útil |
46,66 € |
Más de 2.999 quilogramos de carga útil |
139,94 € |
F) Vehículos: |
|
Ciclomotores |
7,42 € |
Motocicletas hasta 125 centímetros cúbicos |
7,42 € |
Motocicletas de más de 125 hasta 250 centímetros cúbicos |
14,54 € |
Motocicletas de más de 250 hasta 500 centímetros cúbicos |
29,09 € |
Motocicletas de más de 500 hasta 1.000 centímetros cúbicos |
58,16 € |
Motocicletas de más de 1.000 centímetros cúbicos |
123,59 € |
Contra este acuerdo se puede interponer Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos señalados en las normas reguladoras de la mencionada Jurisdicción, de conformidad con lo previsto en el art. 19.1 del R.D Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Santa Maria del Camí, (firmado electrónicamente: 22 de enero de 2024)
El alcalde-presidente Nicolau Canyelles