Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 40602
Resolución del director de la Gerencia del Área de Salud de Menorca por la que se convoca la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de director/a de la zona básica de salud de Es Banyer de la plantilla orgánica autorizada de Atención Primaria Menorca
Hechos
Se encuentra vacante y dotado presupuestariamente el puesto de trabajo de director/a de la zona básica de salud de Es Banyer de la plantilla orgánica autorizada de Atención Primaria de la Gerencia del Área de Salud de Menorca, la provisión del cual se considera necesaria.
Fundamentos de derecho
1. Art. 29.3 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
2. Art. 30.2 del Decreto 39/2006, de 21 de abril, por la cual se aprueban los estatutos del ente público Servicio de Salud de las Islas Baleares.
3. Orden del consejero de Salud y Consumo de 24 de marzo de 2011 por la cual se regula la figura del director de zona básica de salud del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
4. Art. 26 y siguientes del Real decreto ley 1/1999, de 8 enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.
5. Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 29 de marzo de 2023 de modificación de la plantilla orgánica de personal estatutario de Atención Primaria de la Gerencia del Área de Salud de Menorca.
6. Resolución de la consejera de Salud y Consumo de 8 de agosto de 2023 de delegación de competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB) n.º 112, de 12/08/2023).
Por todo esto, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Acordar la convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de director/a de la zona básica de salud de Es Banyer de la plantilla orgánica autorizada de Atención Primaria de la Gerencia del Área de Salud de Menorca, que tiene carácter mixto de gestor y asistencial y tiene que cumplir las funciones reguladas en el arte. 5 de la Orden del consejero de Salud y Consumo de 24 de marzo de 2011, por la cual se regula la figura del director de zona básica de salud del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
2. El cargo de director/a de zona básica de salud convocado es incompatible con el desarrollo de cualquier tipo de actividades personales o profesionales que no le permitan dedicarse en exclusiva a las funciones propias de su nombramiento.
3. Los requisitos para participar en esta convocatoria son:
a) Tener la condición de personal estatutario sanitario (categorías de médico/a de familia en EAP, de facultativo/a especialista en Pediatría/Puericultura de Área y en EAP o de enfermero/a) o de funcionario sanitario de la sanidad local integrado en EAP (Cuerpo Facultativo Superior, Escala Sanitaria, especialidad sanitarios locales – médicos o Cuerpo Facultativo Técnico, Escala Sanitaria, especialidad sanitarios locales – practicantes) de los subgrupos A1 o A2.
b) Pertenecer a la plantilla del EAP con actuación en la ZBS de Es Banyer.
4. Las personas interesadas en participar en la convocatoria tienen que presentar, en el plazo de veinte (20) días naturales contadores desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria, la siguiente documentación:
• Solicitud de participación.
• Proyecto de gestión en relación a las actividades a desarrollar en la zona básica de salud.
• Curriculum vitae.
• Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos y los méritos alegados.
5. La documentación referida en el punto anterior se puede presentar en el registro de la Gerencia del Área de Salud de Menorca, ubicado en el Hospital Mateu Orfila, Ronda de Malbúger 1, de Maó (07703) o en cualquier de los lugares referidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
6. Agotado el plazo de presentación de solicitudes y una vez verificado por el órgano competente que las persones aspirantes cumplen los requisitos y el resto de especificaciones exigidas en la convocatoria, este mismo órgano nombrará la persona que considere más adecuada para el cargo, escuchada la opinión del EAP y valorando el proyecto de gestión que cada candidato/a presente en relación con las actividades a desarrollar en la zona básica de salud, o declarará desierta la convocatoria –por medio de una resolución motivada- cuando no se presenten persones aspirantes idóneas para ocupar el cargo convocado.
La idoneidad del/de la candidato/a se tiene que valorar de acuerdo con el proyecto de gestión que presente, y en todo caso hay que ponderar los parámetros siguientes:
a) Servicios prestados en centros de salud y en el campo de la gestión en atención primaria.
b) Formación específica en el área de atención primaria y en su gestión.
c) Proyecto de gestión para el EAP.
d) Compromiso con el proyecto de desarrollo del Servicio de Salud de las Islas Baleares y del EAP.
Se podrán llevar a cabo entrevistas con los miembros del EAP si se considera conveniente para una mejor elección de la persona idónea para este cargo.
7. La presente convocatoria se resolverá por medio de una resolución del director de la Gerencia del Área de Salud de Menorca, dictada por delegación de competencias de la consejera de Salud, que se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
8. La persona designada obtendrá un nombramiento para ocupar el cargo convocado de cuatro años de duración.
A efectos de continuar en el cargo, la persona que resulte nombrada tendrá que superar una evaluación al acabar cada periodo de 4 años.
9. La persona titular del cargo proveído por libre designación podrá ser removida discrecionalmente por el órgano que lo haya nombrado o por el que lo sustituya en el ejercicio de la competencia y cesará por las causas siguientes:
- Por incurrir en alguna de las causas de incompatibilidad reguladas en la Orden del consejero de Salud y Consumo, de 24 de marzo de 2011.
- Por el transcurso del plazo señalado para el desempeño del cargo, sin que se produzca su reelección.
- Porque deje de pertenecer al Equipo de Atención Primaria.
- Por renuncia expresa, aceptada por el órgano que lo designó, siempre que no perjudique el desarrollo del programa anual de actividades del equipo de atención primaria. La renuncia solo puede producirse seis meses después del nombramiento, salvo que se solicite con anterioridad por causas justificadas.
10. Publicar la presente convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución –que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso de reposición ante el órgano que la dicta, en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 8.6 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere oportuno interponer.
(Firmado electrónicamente: 22 de enero de 2024)
La consejera de Salud y Consumo PD El director de la Gerencia del Área de Salud de Menorca (BOIB 112/2023) Bernardo M. Pax Bosch