Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 36460
Decreto 4/2024, de 19 de enero, por el que se nombra a la directora de la Oficina Balear de la Infancia y Adolescencia de la Consejería de Familias y Asuntos Sociales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
La Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears, en el artículo 17.m, prevé que corresponde al Consejo de Gobierno, nombrar y separar por decreto a los cargos públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma cuando se lo atribuya la legislación vigente. En el artículo 41.e, se prevé que corresponde a los consejeros, como miembros del Gobierno, proponer al Consejo de Gobierno el nombramiento y cese de los altos cargos públicos dependientes de su consejería.
El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, el Decreto 17/2023, de 20 de agosto, y el Decreto 1/2024, de 4 de enero, de la presidenta, en el artículo 2.8, prevé que así mismo, se integra en la Consejería de Familias y Asuntos Sociales la Oficina Balear de la Infancia y la Adolescencia (OBIA), que ejerce las competencias de defensa y promoción de los derechos de los menores, y quejas sobre situaciones de amenaza y de vulneración de derechos. Al frente de la OBIA hay un director o directora asimilado en rango a director general.
La Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears, en el artículo 227.2, en cuanto a la Oficina Balear de la Infancia y la Adolescencia, prevé que las competencias, la estructura y el régimen de funcionamiento se establecen en el Decreto 16/1997, de 30 de enero, por el que se crea la Oficina de Defensa de los Derechos del Menor en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 83/1998, de 11 de septiembre, y por el Decreto 25/2000, de 25 de febrero.
El Decreto 16/1997, de 30 de enero, en el artículo 5, prevé el cargo de director como asimilado a la condición de alto cargo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y que su nombramiento corresponderá al Consejo de Gobierno.
En base a las anteriores consideraciones, a propuesta de la Consejera de Famílias y Asuntos Sociales y habiéndolo considerado el Consejo de Gobierno, en la sesión de día 19 de enero de 2024,
Decreto
Primero. Disponer el nombramiento de la señora María del Mar Pulido Sancho como directora de la Oficina Balear de la Infancia y Adolescencia de la Consejería de Familias y Asuntos Sociales.
Segundo. Establecer que este Decreto tiene efectos a partir del día 22 de enero de 2024.
Tercero. Publicar este Decreto en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 19 de enero de 2024
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La presidenta |
La consejera de Familias y Asuntos Sociales |
Margarita Prohens Rigo |
Catalina Cirer Adrover |
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