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AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 33737
Departamento de Gestión Urbanística. GCI 2021 03. Aprobación inicial Proyecto de reparcelación por el sistema de compensación de la UE/71-04 C/ Callao - Façana Marítima – Nou Llevant, formulado por METROVACESA SA
I21030124 ANU-cast
ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA Y PROYECTOS ESTRATÉGICOS
GERENCIA DE URBANISMO
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN URBANÍSTICA
SERVICIO JURÍDICOADMINISTRATIVO DE GESTIÓN URBANÍSTICA
La Junta de Gobierno de Palma, en sesión que tuvo lugar en fecha 13 de desembre de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:
"El 13-09-2023 Antoni Claro Monserrat en nombre de METROVACESA SA (A 87471264) presenta Proyecto de reparcelación por el sistema de compensación de la UE/71-04 C/ Callao - Fachada Marítima – Nuevo Levante. El Servicio de Valoraciones y Proyectos emitió el 10-11-2023 informe técnico favorable que se adjunta, con la observación que las referencias normativas a la aplicación del derogado Reglamento de la LOUS 2/2014 se entiende a favor del vigente Reglamento de la LUIB 12/2017. Antes de la aprobación definitiva se tendrá que emitir informe por la Sección de Topografía para comprobar alineaciones, superficies y georreferenciació. A la memoria se añade que esta actuación urbanística no está sujeta a la cesión del aprovechamiento urbanístico que corresponde.
Falta aportar certificación del registro de la propiedad expresando que las fincas que conforman el ámbito de actuación están afectadas por la reparcelación, de acuerdo con el art. 5 del Reglamento sobre inscripción en el registro de la propiedad de actas de naturaleza urbanística, RD 1093/1997, condición que se tendrá que completar antes de la aprobación definitiva.
Por eso, conforme con lo que dispone el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas de modernización del Gobierno Local, el art. 25 del Texto Refundido de la Ley de Suelo RDLeg 7/2015, de 30 de octubre, así como el artículo 88 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares, 122 del Reglamento general de la LUIB, los artículos 172 y 175 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, el TAG suscribiente proponen a la Junta de Gobierno de Palma que adopten el siguiente ACUERDO
1. Aprobar inicialmente el Proyecto de reparcelación por el sistema de compensación de la UE/71-04 C/ Callao - Fachada Marítima – Nuevo Levante, formulado por METROVACESA SA, según el informe emitido el 10-11-2023 por el Servicio de Valoraciones y Proyectos que se adjunta.
Antes de la aprobación definitiva se tendrá que aportar certificación del registro de la propiedad expresando que las fincas que conforman el ámbito de actuación están afectadas por la reparcelación, de acuerdo con el arte. 5 del Reglamento sobre inscripción en el registro de la propiedad de actas de naturaleza urbanística, RD 1093/1997.
2. Someter este acuerdo a información pública por un plazo de un mes, mediante el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en conformidad con el que dispone el artículo 122.3 b) del Reglamento general de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares. Así mismo se tendrá que publicar en la dirección o en el punto de acceso electrónico correspondiente, donde se insertarà su contenido íntegro.
3. Solicitar informe a Sección de Topografía y Delineación para comprobar alineaciones, superficies y georreferenciació.
4. Notificar el presente acuerdo, al propietario afectado por el sistema de actuación para que dentro del plazo de un mes a partir de la notificación puedan alegar ante esta administración municipal, aquello que conforme a derecho.
5. Dar traslado de este acuerdo al Servicio de Información Urbanística y a la Sección de proyectos de urbanización para su conocimiento..”
En cumplimiento del artículo 83 de la Ley 12/2017 de 29 de diciembre de Urbanismo de las Illes Balears; del Reglamento general de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, LUIB; el 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de les bases del régimen local, modificada per la Ley 11/99, de 21 de abril, se publica, junto con la documentación técnica aprobada que pueden consultar en la Sección de Información Urbanística del Área de Modelo de Ciudad, Vivienda Digna y Sostenibilidad (Av. Gabriel Alomar, núm 18, bajos, Edificio Municipal de las Avenidas) y en la sede electrónica municipal en la dirección
https://urbanisme.palmademallorca.es/IMI/URBANISME/PRD/Planejament_urbanistic_pdf/Images%20Arxiu/GCI-Compensacions/GCI- 202100030000/GCI-20210003_PORTADA.pdf para que se tome general conocimiento y a los efectos pertinentes.
Si se trata de sujeto obligado a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas –según el artículo 14.2 de la Ley 39/15- tenéis que presentar vuestros escritos, obligatoriamente, en la sede electrónica de la web del Ayuntamiento de Palma, con indicación expresa y clara de aquello de que se trata y haciendo constar el número de expediente. Si se trata de una persona física, podrá utilizar la mencionada sede electrónica o bien presentar la documentación en cualquiera de las oficinas municipales de Atención a la Ciudadanía, la ubicación de las cuales se puede consultar en la web www.palma.cat, o en las dependencias a que se refiere el art. 16.4 de la Ley 39/2015.
(Firmado electrónicament: 18 de enero de 2024)
p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26 de febrer de 2014 publicado en el BOIB 30 de 04/03/2014 La jefa del Servicio de Gestión Urbanística María Ortíz Fernández