Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 32376
Notificación de Resolución de denegación a los beneficiarios de las ayudas, Rd2 de fecha 8 de enero de 2024, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 12 de abril de 2023 por la que se convocan ayudas para el Fomento de razas autóctonas en peligro de extinción, para el ejercicio 2023
El apartado 8.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 14 de abril de 2023 por la que se convocan, para el ejercicio 2016, ayudas para el fomento de la producción integrada, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 8 de enero de 2024, firmó la siguiente resolución,
“INFORME Y RESOLUCIÓN DE DENEGACIÓN Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2023-2027 Intervención 65051_02: Actividades de conservación de recursos genéticos. Fomento de razas autóctonas en peligro de extinción Convocatòria: 2023 Documento: RESOLUCIÓN DE DENEGACIÓN Código SIA: 3004215 Emisor (DIR3): A04026954 Código DBNS: 687702
Antecedentes
Con fecha 15 de abril de 2023 se publicó, en el BOIB núm. 48, la Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 12 de abril, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el Fomento de las razas autóctonas en peligro de extinción para el año para el 2023.
De conformidad con el apartado sexto de la citada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria terminó el día 30/06/2023, y tuvieron entrada en el Registro del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares un total de 299 solicitudes de ayuda.
Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de estas ayudas.
El 18/12/2023 se formuló una propuesta provisional denegatoria por 1 expediente indicado en el anexo I, que fue publicada en la página web del FOGAIBA el 18/12/2023 hasta el 05/01/2024. Se ha avisado a los afectados mediante un sms del 19/12/2023. No se han presentado alegaciones a esta propuesta.
Fundamentos de derecho
Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 12 de abril, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el Fomento de las razas autóctonas en peligro de extinción año para el año 2023.
La Orden 10/2023 de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 5 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Islas Baleares 2023-2027.
Una vez evaluadas las solicitudes de ayuda por los órganos gestores se ha detectado que el solicitante indicado en el anexo I no ha realizado la declaración anual obligatoria del censo de la explotación 051 IB 5843 del año 2022 y 2023, por tanto, incumple la normativa de identificación y registro.
Informe y Propuesta de denegación
Por todo ello, se informa desfavorablemente y proposo al vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:
1.Denegar la solicitud presentada por el interesado que figura en el Anexo I por no tener animales inscritos en su explotación 051 IB 5843.
2. Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa-. Puede interponerse recurso de alzada ante la consellera de Agricultura Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
3. Informar a los interesados que sus expedientes se encuentran a su disposición y consulta en el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA (calle de Reina Constança, nº4 de Palma).
Palma, a fecha de la firma electrónica
La Jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural, Gema Canós Franch |
Conforme con la propuesta, dicto resolución |
El vicepresidente del FOGAIBA Fernando Fernández Such” |
ANEXO I
Expediente |
Solicitud |
NIF |
NOMBRE |
||
---|---|---|---|---|---|
4005067 |
108907 |
***2136** |
ANTONI |
SEGUÍ |
VILLALONGA |
Palma, a fecha de la firma electrónica (16 de enero de 2024)
El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni