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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE BANYALBUFAR

Núm. 28913
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora del precio público por la realización de la actividad deportiva “Banyalbufar fa esport” y el uso del gimnasio municipal

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Texto

Al no haberse presentado ninguna reclamación o sugerencia durante el plazo de exposición al público, el acuerdo inicialmente adoptado de aprobación de la modificación la Ordenanza reguladora del precio público por la realización de la actividad deportiva “Banyalbufar fa esport ” y el uso del gimnasio municipal debe entenderse definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo expreso de conformidad con lo que se ha fijado en los artículos 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 102.1.d) de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares.

El texto íntegro de la modificación de la Ordenanza reguladora del precio público por la realización de la actividad deportiva “Banyalbufar fa esport” y el uso del gimnasio municipal, se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

«ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA “BANYALBUFAR HACE DEPORTE” Y EL USO DEL GIMNASIO MUNICIPAL

CONCEPTO

Artículo 1. De conformidad con el Artículo 117, en relación con el Artículo 41, ambos de la Ley 39/1988, reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece el precio público para la realización de la actividad deportiva “Banyalbufar hace deporte” organizada por el Ayuntamiento de Banyalbufar y el uso del gimnasio municipal que se regirá por la presente Ordenanza.

OBLIGACIÓN DE PAGO

Artículo 2. Están obligados al pago del precio público las personas que participen o asistan a la actividad y uso de la instalación deportiva regulados por esta Ordenanza.

CANTIDAD

Artículo 3.

1. La cantidad del precio público será la propuesta para la actividad y por el uso del gimnasio, por el o por la Teniente de Alcalde del área correspondiente, atendiendo al estudio económico que se efectuará respecto de la actividad a realizar. A estos efectos, una vez elaborado el estudio económico por el personal técnico responsable, se elevará propuesta al oa la Teniente de Alcalde por la determinación del precio público, dando cuenta del mismo al Pleno para su aprobación definitiva.

2. El precio público para la realización de la actividad deportiva “Banyalbufar fa esport” organizado por el Departamento de Cultura (donde se incluyen las actividades deportivas), que se realizará en las instalaciones deportivas de Banyalbufar, queda determinado en la siguiente tarifa :

 

PRECIO

Actividad física mensual de 2 horas semanales

15 €

Uso del gimnasio - mensual

* Si el usuario quiere pagar el año completo tendrá un descuento de 20€/anuales.

10 €

100 €

Sobre esta cuantía se aplicará un 50% de descuento a participantes con discapacidad psíquica, física, sensorial o pluridiscapacitados .

NORMAS DE GESTIÓN Y PAGO DE CUOTAS

Artículo 4.

1. La inscripción a la actividad "Banyalbufar hace deporte" y darse de alta como usuario del gimnasio se llevará a cabo, exclusivamente, en el Ayuntamiento de Banyalbufar.

2. Las plazas para la actividad son limitadas (20 personas) y en las solicitudes se priorizarán los residentes en el municipio de Banyalbufar, abriendo una lista de espera si es necesario.

3. El pago del precio público se efectuará entre día 1 y día 5 de cada mes en las oficinas del Ayuntamiento de Banyalbufar, en horario de oficina (de 9 a 14 hrs, de lunes a viernes) o por transferencia bancaria a la cuenta corriente que indicará el ayuntamiento. El Consistorio llevará el control para que los participantes cumplan con el pago. En el caso, de la actividad deportiva, que no se realice el pago, se dará de baja automáticamente y la plaza pasará a la primera persona de la lista de espera (si es el caso de que existe lista de espera).

DISPOSICIÓN FINAL

Esta ordenanza entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.»

Contra el presente Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baelares con sede en Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

 

Banyalbufar, 16 de enero de 2024

La alcaldesa María de los Ángeles Leonor Boch Pérez