Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL DE TELECOMUNICACIONES Y INNOVACIÓN DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 23354
Resolución de la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación por la cual se nombran a los miembros de los tribunales del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral de la Entidad Pública Empresarial de Telecomunicaciones e Innovación de las Illes Balears (IBETEC), convocado por la Resolución de 20 de diciembre de 2022
Antecedentes
1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial de Telecomunicaciones e Innovación de las Illes Balears (IBETEC) de 23 de mayo de 2022, se aprobó la oferta pública de estabilización correspondiente al personal laboral del IBETEC, en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOIB núm. 68, de 26 de mayo de 2022).
2. Mediante la Resolución del director gerente del IBETEC de 20 de diciembre de 2022, se aprobó la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral del IBETEC (BOIB núm. 168, de 27 de diciembre de 2022).
3. Mediante la Resolución del director gerente del IBETEC de 30 de octubre de 2023, se modificaron los apartados 19.1.3 y 19.2 del anexo 2 de las bases específicas que constan en la Resolución del director gerente del IBETEC de 20 de diciembre de 2022 por la cual se aprueba la convocatoria del proceso de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral del IBETEC (BOIB núm. 150, de 4 de noviembre de 2023).
De acuerdo con el apartado 19.2 del anexo 2 de esta convocatoria (según la modificación realizada por la mencionada Resolución de 30 de octubre de 2023), los tribunales encargados de la selección serán nombrados por la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación y tienen la consideración de órganos dependientes de su autoridad.
Además, de conformidad con el mencionado apartado, el nombramiento de los miembros de los tribunales se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web del IBETEC (www.ibetec.cat) una vez finalizado el periodo de presentación de instancias.
De acuerdo con el apartado 19.1.2 sobre la composición de los órganos de selección, los tribunales tienen que estar constituidos, como mínimo, por tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes. Se tiene que constituir un tribunal para cada grupo de los previstos en el artículo 15 del Convenio colectivo.
Todos los miembros de los tribunales tienen que poseer una titulación académica de igual o de superior nivel que el exigido a los aspirantes para el ingreso.
Asimismo, el apartado 19.1.3 (según la modificación realizada por la mencionada Resolución de 30 de octubre de 2023) establece que la determinación de la composición de los tribunales se tiene que llevar a cabo de acuerdo con las siguientes normas:
a) El presidente o presidenta será designado libremente por la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación.
b) Los vocales tienen que ser nombrados por sorteo entre el personal laboral fijo en situación de servicio activo en el IBETEC que pertenezcan al grupo de que se trate, si lo hay. En caso contrario, pueden ser de otro grupo, siempre respetando lo que establece la base 19.1.2.
El sorteo se tiene que hacer con la participación de la representación del personal.
c) En caso de que el IBETEC no disponga de personal suficiente para nombrar a los vocales, se designarán a propuesta de la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación de entre el personal funcionario de carrera adscrito a la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación.
d) La secretaría corresponderá a la persona designada por votación del tribunal de entre las personas designadas como vocales.
Igualmente, regula que la composición de los órganos de selección se tiene que ajustar, salvo razones fundamentadas y objetivas, debidamente motivadas, al criterio de paridad entre hombres y mujeres con capacitación, competencia y preparación adecuadas. Se entiende por representación equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que ningún sexo no supere el 60 % del conjunto de personas a que se refiere ni sea inferior al 40 %.
4. El 9 de febrero de 2023 finalizó el periodo de presentación de solicitudes para participar en este proceso.
5. El IBETEC no dispone de personal suficiente para nombrar a los vocales de los tribunales calificadores de este proceso, por lo que corresponde a la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación nombrarlos, de acuerdo con los apartados 19.1.3.c) y 19.2 de las bases específicas de la convocatoria.
Fundamentos de derecho
1. El anexo 1 del Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, según el cual la Entidad Pública Empresarial de Telecomunicaciones e Innovación de las Illes Balears (IBETEC) está adscrita a la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación.
2. Los apartados 19.1 y 19.2 de las bases específicas de la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral de la Entidad Pública Empresarial de Telecomunicaciones e Innovación de las Illes Balears (IBETEC), publicada en el BOIB núm. 168, de 27 de diciembre de 2022, de acuerdo con la modificación publicada en el BOIB núm. 150, de 4 de noviembre de 2023.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Nombrar a los miembros de cada uno de los tribunales calificadores, para cada uno de los grupos profesionales, del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral de la Entidad Pública Empresarial de Telecomunicaciones e Innovación de las Illes Balears (IBETEC), convocado por la Resolución de 20 de diciembre de 2022, en los términos establecidos en el anexo de esta Resolución.
2. Informar a las personas nombradas de la obligación de abstenerse de intervenir en el proceso selectivo si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el apartado 19.1.4 de las bases específicas de la convocatoria.
3. Publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web del IBETEC (www.ibetec.cat) esta Resolución, la cual desplegará efectos desde el 2 de enero de 2024.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Economía, Hacienda e Innovación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de interponer cualquier otro que se considere pertinente.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (27 de diciembre de 2023)
La secretaria general Catalina Mir Ferrer
ANEXO Miembros de los tribunales calificadores
Grupo A, titulado/da superior—jefe/a de sección económica— e ingeniero/a superior—telecomunicaciones— (turno libre ordinario, Mallorca)
Miembros |
Titulares |
Suplentes |
Presidente |
Antoni Ferran Vaquer Mestre |
Josep Torres Pons |
Vocal 1 |
M. del Carmen Gili Crespo |
Luís Sardó Pascual |
Vocal 2 |
Javier Rubio Balet |
Mercedes Martínez Terreros |
Grupo C, administrativo/iva—jefe/a de negociado de contratación— y editor/a de vídeos (turno libre ordinario, Mallorca)
Miembros |
Titulares |
Suplentes |
Presidente |
Javier Rubio Balet |
Bartolomé Morell Ramos |
Vocal 1 |
M. del Carmen Gili Crespo |
Ana María López Jiménez |
Vocal 2 |
Yolanda Oliver Piñana |
Juana Benestar Sastre |
Grupo D, cámara de vídeo y fotógrafo/a (turno libre ordinario, Mallorca)
Miembros |
Titulares |
Suplentes |
Presidente |
Javier Rubio Balet |
Bartolomé Morell Ramos |
Vocal 1 |
M. del Carmen Gili Crespo |
Ana María López Jiménez |
Vocal 2 |
Yolanda Oliver Piñana |
Juana Benestar Sastre |