Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 19811
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de corrección de errores de la Resolución de 22 de diciembre de 2023 por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo colectivo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, de instalaciones de renovables térmicas y actuaciones para la movilidad cero emisiones, ubicadas en polígonos industriales de las Illes Balears dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Illes Balears en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Hechos
1. En el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 174, de 26 de diciembre de 2023, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 22 de diciembre de 2023 por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo colectivo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, de instalaciones de renovables térmicas y de actuaciones para la movilidad cero emisiones, ubicadas en polígonos industriales de las Illes Balears dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Illes Balears en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU).
2. Se ha advertido un error en el contenido de la tabla 1 de la letra A) del punto 1 del apartado decimotercero de la Resolución.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
2. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o disposición.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Rectificar el error observado en el contenido de la tabla 1 de la letra A) del punto 1 del apartado decimotercero, de la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 22 de diciembre de 2023 por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo colectivo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, de instalaciones de renovables térmicas y de actuaciones para la movilidad cero emisiones, ubicadas en polígonos industriales de las Illes Balears dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Illes Balears en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU).
En la tabla 1 de la letra A) del punto 1 del apartado decimotercero, de la convocatoria
Donde dice:
Actuación autoconsumo |
Coste subvencionable unitario máximo subvencionable generación €/kW (Csumg) |
Coste complementario subvencionable unitario máximo marquesinas €/kWp (Csummarq) |
Coste complementario subvencionable unitario máximo eliminación amianto €/kWp (Csumami) |
---|---|---|---|
Instalación fotovoltaica 100 kWp < P ≤ 1.000 kWp |
749 |
719,8 |
450 |
Instalación fotovoltaica 10 kWp < P ≤ 100 kWp |
910 |
817,80 |
660 |
Instalación fotovoltaica P ≤ 10 kWp |
1.188 |
1.082,40 |
660 |
Instalación eólica 20 kW < P ≤ 500 kW |
3.072 |
- |
- |
Instalación eólica P ≤ 20 kW |
4.723 |
- |
- |
Ha de decir:
Actuación autoconsumo |
Coste subvencionable unitario máximo subvencionable generación €/kW (Csumg) |
Coste complementario subvencionable unitario máximo marquesinas €/kWp (Csummarq) |
Coste complementario subvencionable unitario máximo eliminación amianto €/kWp (Csumami) |
Coste complementario subvencionable unitario máximo cambio de tensión 230/400 €/kWp (Csumcten) |
Instalación fotovoltaica 100 kWp < P ≤ 1.000 kWp |
749 |
500 |
719,8 |
200 |
Instalación fotovoltaica 10 kWp < P ≤ 100 kWp |
910 |
500 |
817,80 |
300 |
Instalación fotovoltaica P ≤ 10 kWp |
1.188 |
500 |
1082,40 |
400 |
Instalación eólica 20 kW < P ≤ 500 kW |
3.072 |
- |
- |
|
Instalación eólica P ≤ 20 kW |
4.723 |
- |
- |
|
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en fecha de la firma electrónica (12 de enero de 2024)
El consejero de Empresa, Empleo y Energía Alejandro Sáenz de San Pedro García