Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE FAMILIAS Y ASUNTOS SOCIALES
Núm. 13403
Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales relativa a la renovación del Acuerdo de acción concertada del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia, firmado con la entidad SAR Residencial y Asistencial, SAU
Hechos
1. En fecha 29 de noviembre de 2019, se firmó el Acuerdo de acción concertada entre la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes del Gobierno de las Illes Balears (actualmente Consejería de Familias y Asuntos Sociales) y la entidad SAR Residencial y Asistencial, SAU, mediante el cual se conciertan 30 plazas del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia en las Residencias DomusVi Capdepera (20 plazas), DomusVi Costa d'en Blanes (5 plazas) y DomusVi Can Carbonell (5 plazas), el cual tiene como fecha de finalización el día 30 de noviembre de 2023.
2. La Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, de 29 de junio de 2023, relativa a la modificación del precios plaza/día y el modulo económico máximo a aplicar al concierto social para el servicio de atención residencial para personas en situación de dependencia como consecuencia de la variación de las condiciones económicas de la concertación (BOIB núm. 89, de 1 de julio de 2023), dispone lo siguiente:
“1. Aprobar la actualización de los precios de los Acuerdos de acción concertada del servicio de atención residencial para personas en situación de dependencia, de acuerdo con las cuantías siguiente:
2. Estos precios se tienen que aplicar desde el día 1 de junio de 2023“.
3. En fecha 2 de octubre de 2023, la entidad SAR Residencial y Asistencial, SAU solicita renovar el Acuerdo de acción concertada del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia relativo a 30 plazas en las Residencias DomusVi Capdepera (20 plazas), DomusVi Costa d'en Blanes (5 plazas) y DomusVi Can Carbonell (5 plazas), par el período que va del 01/12/2023 al 30/11/2027. Asimismo, se emite una declaración responsable que la entidad SAR Residencial y Asistencial, SAU sigue manteniendo los requisitos que determinaron la firma del Acuerdo de acción concertada del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia en las Residencias DomusVi Capdepera, DomusVi Costa d'en Blanes i DomusVi Can Carbonell, firmado el día 29 de noviembre de 2019, al objeto de proceder a su renovación.
4. En fecha 14 de noviembre de 2023, el director general de Atención a la Dependencia emitió una memoria justificativa relativa a la necesidad y la urgencia de renovar el Acuerdo de acción concertada del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia, firmado con la entidad SAR Residencial y Asistencial, SAU, el 29 de noviembre de 2019, con un total de 30 plazas residenciales, para el período que va del 1 de diciembre de 2023 al 30 de noviembre de 2027, parar asegurarse que estas personas puedan continuar ingresadas en las Residencias DomusVi Capdepera, DomusVi Costa d'en Blanes y DomusVi Can Carbonell.
5. En fecha 17 de noviembre de 2023, el secretario general de la Consejería de Familias y Asuntos Sociales, por delegación de competencia de la consejera (BOIB núm. 103/2023) dictó una resolución por la cual se ordena el inicio del procedimiento para renovar el Acuerdo de acción concertada del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia, firmado con la entidad SAR Residencial y Asistencial, SAU.
6. En fecha 17 de noviembre de 2023, el director general de Atención a la Dependencia emitió una propuesta de resolución relativa a la renovación del Acuerdo de acción concertada del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia, firmado con la entidad SAR Residencial y Asistencial, SAU.
7. En fecha 28 de noviembre de 2023, el director general de Presupuestos y Financiamiento, por delegación de firma del consejero de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB núm. 106, de 29 de julio de 2023), autoriza la imputación del gasto a los ejercicios futuros (número expediente 2023/261.00).
8. El Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Familias y Asuntos Sociales, en la sesión de día 7 de diciembre de 2023, adoptó el Acuerdo siguiente:
«Acuerdo por el cual se autoriza previamente a la consejera de Familias y Asuntos Sociales para ejercer la competencia en materia de autorización y disposición de los gastos derivados de la renovación de los acuerdos de acción concertada del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia con diferentes entidades, para los años 2024 a 2027 ».
9. El 21 de diciembre de 2023, la Intervención General de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, ha emitido informe de fiscalización previa limitada (Núm. ref. PCV33 2023 0000019592) por el cual se ha fiscalizado de conformidad el expediente sin oponer objeciones dado que la documentación examinada se adecua a la legislación vigente, y señala que el alcance de esta fiscalización consiste en la comprobación exclusiva de los extremos recogidos en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de junio de 2022, por el cual se aplica la previsión del articulo 117.2 de la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de fiscalización previa limitada.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears.
2. La Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social a la comunidad autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto 32/2023, de 26 de mayo por el cual se aprueba la Cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears 2023-2027, se establecen principios generales para las carteras insulares y locales y se modifican diversas normativas del ámbito social.
4. El Decreto 48/2017, de 27 de octubre, por el cual se establecen los principios generales a los cuales se tienen que someter los conciertos sociales.
5. El Decreto 86/2010, de 25 de junio, por el cual se establecen los principios generales y las directrices de coordinación para la autorización y la acreditación de los servicios sociales de atención a personas mayores y personas con discapacidad, y se regulan los requisitos de autorización y acreditación de los servicios residenciales de carácter suprainsular para este sector de población, modificado por el Decreto 54/2013 y por el Decreto 31/2016.
6. El Decreto 83/2010, de 25 de junio, por el cual se establecen los principios generales del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la intensidad de protección de los servicios y el régimen de compatibilidad de las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y se crea la Red Pública de Atención a la Dependencia de las Illes Balears, modificado por el Decreto 5/2016.
7. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio (BOIB núm. 102, de 20 de julio de 2023), establece que la Consejería de Familias y Asuntos Sociales, mediante la Dirección General de Atención a la Dependencia, ejerce sus competencias en materia de atención y apoyo a personas con dependencia, a personas con discapacidad, a personas de la tercera edad y otros colectivos en situación de riesgo o de necesidad social.
8. La Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 24 de octubre de 2019 por la cual se establece la convocatoria de acción concertada del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia con entidades de iniciativa privada que tengan acreditado el servicio residencial (BOIB núm. 147, de 29 de octubre de 2019).
9. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 94, de 10 de julio de 2023).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1.- Renovar el Acuerdo de acción concertada del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia, firmado con la entidad SAR Residencial y Asistencial, SAU, con NIF A79059085, de 30 plazas residenciales en las Residencias DomusVi Capdepera (20 plazas), DomusVi Costa d'en Blanes (5 plazas) y DomusVi Can Carbonell (5 plazas), durante el período que va del día 1 de diciembre de 2023 al día 30 de noviembre de 2027, lo cual supone una cuantía máxima prevista de 3.606.207,21 €, una vez deducido un 10 % en concepto de copago de lps usuarios.
2.- Autorizar y disponer un gasto a favor de la entidad SAR Residencial y Asistencial, SAU, amb NIF A79059085, por una cuantía máxima prevista de 3.606.207,21 €, con cargo a las partidas presupuestarias 17301.313D01.26104.00 (o la alternativa correspondiente) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los años 2024, 2025, 2026 i 2027, de acuerdo con el desglosamiento y la imputación temporal siguiente:
3.- El concierto se regirá por las estipulaciones del documento del Acuerdo de acción concertada firmado en fecha 29 de noviembre de 2019 y por el Pliego General de prescripciones técnicas.
4.- Notificar esta resolución a la entidad interesada.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución –que pone fin a la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Familias y Asuntos Sociales en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 21 de diciembre de 2023
La consejera de Familias y Asuntos Sociales Catalina Cirer Adrover