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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE FELANITX

Núm. 12979
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora de las contraprestaciones económicas para la prestación del servicio del Matadero municipal del Ayuntamiento de Felanitx (art. 6)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Expediente 1156/2023

Aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión de día 9 de octubre de 2023, la modificación de la Ordenanza reguladora de las contraprestaciones económicas para la prestación del servicio del Matadero municipal del Ayuntamiento de Felanitx (artículo 6.- Tarifas), y dado que durante el plazo de exposición pública no se ha presentado ninguna reclamación, y por tanto, acontece aprobada definitivamente, se publica íntegramente en cumplimiento de lo dispuesto a la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y a la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.

Recursos.

Contra la aprobación definitiva de esta modificación de la Ordenanza se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día de la presente publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10.1.b y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Consulta e información del expediente.

El expediente se puede consultar en el departamento de Secretaría del Ayuntamiento de Felanitx, de lunes a viernes, de las 9:00 h hasta las 14:00 h, excepto festivos. Para obtener información del expediente se podrán utilizar los medios (dirección postal, teléfono y fax) que se indican a continuación: Ayuntamiento de Felanitx, Plaza de la Constitución n.º 1 07200 Felanitx (Islas Baleares) - Teléfono 971580051 - Fax 971583271.

 

Felanitx, documento firmado electrónicamente: 8 de enero de 2024

La alcaldesa Catalina Soler Torres

 

“PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LAS CONTRAPRESTACIONES ECONÓMICAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DEL MATADERO MUNICIPAL

Artículo 6.- Tarifas

SERVICIO

Unidad tarifaria

Tarifa propuesta

Matar cerdo

€ / Kg

0,225

Matar cerda

€ / Kg

0,225

Cerdo decomisado arreglado

€ / Kg

0,225

Cerda decomisada arreglada

€ / Kg

0,225

Cadáver de cerdo

€ / Ud

24,011

Cadáver de cerda

€ / Ud

46,689

Matar Ternero

€ / Kg

0,311

Ternero decomisado arreglado

€ / Kg

0,200

Cadáver de ternero

€ / Ud

132,983

Manipulación MER

€ /Ud

11,155

Eliminación de MER < 12 meses)

€ / Ud

8,920

Eliminación de MER (>12 meses)

€ / Ud

16,900

Matar cordero de leche

€ / Ud

4,817

Matar cordero ( -10 Kg)

€ / Ud

4,817

Matar cordero (10 a 13 Kg)

€ / Kg

0,481

Matar cordero (+13 kg)

€ / Ud

6,977

Matar oveja

€ / Kg

0,537

Cordero decomisado

€ / Ud

5,353

Matar ternero

€ / Ud

9,251

Oveja decomisada

€ / Ud

26,858

Oveja cadáver

€ / Ud

18,312

Manipulación MER

€ / Ud

0,259

Eliminación de MER < 12 meses)

€ / Ud

1,270

Eliminación de MER (>12 meses)

€ / Ud

2,000

Matar cabrito (-10 Kg)

€ / Ud

4,817

Matar cabrito (10 a 13Kg)

€ / Kg

0,481

Matar cabrito (+13Kg)

€ / Ud

6,977

Matar cabra

€ / Kg

0,537

Cabrito decomisado

€ / Ud

5,353

Cadáver de cabrito

€ / Ud

9,251

Cabra decomisada

€ / Ud

26,858

Cabra cadáver

€ / Ud

18,312

Manipulación MER

€ / Ud

0,259

Eliminación de MER < 12 mesos)

€ / Ud

1,270

Eliminación de MER (>12 mesos)

€ / Ud

2,000

Matar lechona (-10 kg)

€ / Ud

5,311

Matar lechona (10 a 13 kg)

€ / Ud

6,431

Matar lechona (13 a 19 kg)

€ / Ud

7,496

Lechona decomissada

€ / Ud

5,311

Cadáver lechona

€ / Ud

3,248

Disposición final. Entrada en vigor

Esta modificación entrará en vigor el día que se haya publicado íntegramente en el Boletín Oficial de la comunidad autónoma de las Islas Baleares y, en conformidad con los artículos 70.2 de la Ley 7/85 y 103 de la Ley 20/2006, haya transcurrido el plazo señalado en el artículo 113 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa”