Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
Núm. 12584
Extracto de la aprobación, por Decreto de Alcaldía nº 2023-4909, de 18 de diciembre de 2023, de la convocatoria de concesión de ayudas de un máximo de 150,00 € cada una para la compra de dispositivos digitales individuales para alumnado de primaria y secundaria empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia (curso 23-24)
BDNS: 738226
De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3.b) i 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y 4.1 de la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se regula el proceso de registro y publicación de las convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2015), se publica el extracto de la convocatoria de ayudas más arriba referidas. El texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el BOIB nº. 175, de 28 de diciembre de 2023
1. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA
1.1. La cuantía máxima de las ayudas que se podrá conceder en esta convocatoria es de 30.000,00 €, con cargo a la partida 326148033 con fondos de financiación municipal, condicionada a lo que disponga el correspondiente presupuesto de la corporación para el año 2024.
1.2. Según establece el artículo 56 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el expediente se tramitará en la modalidad de tramitación anticipada.
2. CONDICIONES GENERALES DE LOS SOLICITANTES
El alumnado que quiera acogerse a esta convocatoria deberá cumplir los siguientes requisitos:
Requisitos generales
3. SOLICITUD, PLAZO DE PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN
3.1. Las instancias se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en la forma establecida en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En este caso se deberá pasar aviso por correo electrónico a la dirección normalitzacio@santjosep.org.
3.2. Los solicitantes de la subvención tendrán que adjuntar a la solicitud (anexo I) la siguiente documentación:
Documentación que deberán aportar todos los solicitantes
Si los documentos exigidos en la solicitud ya se han presentado al Ayuntamiento en otra ocasión, el solicitante podrá acogerse a lo que establece el artículo 53.d de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en el que fueron presentados o emitidos.
En caso de ser menor de edad, la solicitud deberá ser firmada por el padre, madre o tutor/a legal.
3.3. Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOIB.
3.4. Enmiendas de defectos de las solicitudes
Si la solicitud no cumple los requisitos establecidos en la normativa de la convocatoria, el órgano instructor debe requerir, según establece la base 5.2, a la persona interesada que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días y le debe indicar que, si no lo hace, se considerará que ha desistido de la solicitud, previa resolución a dictar en los términos previstos en el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Sant Josep de sa Talaia, documento firmado electrónicamente (9 de enero de 2024
El alcalde Vicente Roig Tur)