Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 7577
Decreto 3/2024, de 5 de enero, de nombramiento del secretario general del Consejo Económico y Social de las Islas Baleares
El artículo 78 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, con la redacción dada por la reforma realizada por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, dispone que el Consejo Económico y Social de las Islas Baleares (CES) es el órgano colegiado de participación, estudio, deliberación, asesoramiento y propuesta en materia económica y social y ordena que una Ley del Parlamento regulará su composición, designación de sus miembros, organización y funciones.
El artículo 12.2 de la Ley 10/2000, de 30 de noviembre, del Consejo Económico y Social de las Islas Baleares (BOIB núm. 150, de 9 de diciembre), dispone que el secretario general de este órgano será nombrado y separado del cargo libremente por el Consejo de Gobierno, a propuesta conjunta de los consejeros con competencias en materia económica y de trabajo.
Por ello, a propuesta de los consejeros de Empresa, Empleo y Energía, y de Economía, Hacienda e Innovación, y habiéndolo considerado el Consejo de Gobierno en la sesión de día 5 de enero de 2024,
DECRETO
Primero
Nombrar al sr. Antonio Luis Alcover Casasnovas como secretario general del Consejo Económico y Social de las Islas Baleares.
Segundo
Este Decreto tiene efectos desde el momento en que se publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 5 de enero de 2024
La presidenta | |
El consejero de Empresa, Empleo y Energía | Margarita Prohens Rigo |
Alejandro Sáenz de San Pedro García | |
El consejero de Economía, Hacienda e Innovación |
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Antoni Costa Costa |