Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE FAMILIAS Y ASUNTOS SOCIALES
Núm. 6598
Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales de 3 de enero de 2024 por la que se actualizan las cuantías correspondientes a las prestaciones económicas de la renta social garantizada para el año 2024
Antecedentes
1. El artículo 23.4 de la Ley 4/2023, de 27 de febrero, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears (BOIB 29/2023) dispone que las cuantías de la renta social garantizada deben actualizarse, como mínimo, de acuerdo con la actualización del ingreso mínimo vital.
2. Esta actualización se ha producido por medio del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía (BOE 310/2023), que revaloriza las pensiones no contributivas del sistema de la Seguridad Social, revalorización que repercute en la cuantía del ingreso mínimo vital en los términos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que crea la Consejería de Familias y Asuntos Sociales (BOIB 94/2023).
2. El Decreto 16/2023, de 20 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que fija la Dirección General de Asuntos Sociales como órgano competente en materia de gestión de la renta social garantizada (BOIB 102/2023).
3. El artículo 23.4 de la Ley 4/2023, de 27 de febrero, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears (BOIB 29/2023), que dispone que las cuantías de la renta social garantizada deben actualizarse, como mínimo, de acuerdo con la actualización del ingreso mínimo vital.
4. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que regula la publicación de los actos administrativos.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Actualizar las cuantías de la prestación económica de la renta social garantizada para el año 2024, que se establecen en los importes siguientes en función de la estructura de la unidad de convivencia:
Unidad de convivencia |
Importe anual |
Importe mensual |
---|---|---|
Un adulto |
7.250,60 € |
604,21 € |
Un adulto y un menor |
11.020,91 € |
918,41 € |
Un adulto y dos menores |
13.196,09 € |
1.099,67 € |
Un adulto y tres o más menores |
15.371,35 € |
1.280,94 € |
Dos adultos |
9.425,78 € |
785,48 € |
Dos adultos y un menor |
11.600,96 € |
966,74 € |
Dos adultos y dos menores |
13.776,14 € |
1.148,01 € |
Dos adultos y tres o más menores |
15.951,32 € |
1.329,27 € |
Tres adultos |
11.600,96 € |
966,74 € |
Tres adultos y un menor |
13.776,14 € |
1.148,01 € |
Tres adultos y dos o más menores |
15.951,32 € |
1.329,27 € |
Cuatro adultos |
13.776,14 € |
1.148,01 € |
Cuatro adultos y un menor |
15.951,32 € |
1.329,27 € |
Otros |
15.951,32 € |
1.329,27 € |
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 3 de enero de 2024
La consejera de Familias y Asuntos Sociales Catalina Cirer Adrover