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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

Núm. 5657
Modificación cargos dedicación exclusiva y retribuciones correspondientes

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Texto

El Ayuntamiento Pleno, en la sesión extraordinaria celebrada el día 27 de diciembre de 2023, adoptó modificar el acuerdo relativo a la determinación de los miembros que ejercerán, o dejarán de ejercer, su cargo con dedicación exclusiva, así como las correspondientes retribuciones para su ejercicio efectivo que, en su parte dispositiva, dice:

«Primero. Modificar el punto primero del Acuerdo adoptado por el Pleno el 10 de julio de 2023 de determinación de miembros de la corporación local que ejercen su cargo con carácter de dedicación exclusiva y, en consecuencia, por un lado, dejar sin efecto el ejercicio del cargo de primera tenencia de alcaldía - concejalía delegada del Área de Servicios y delegaciones especiales de coordinación Ayuntamiento - EMSER 2002 SLU y territorial Moll de Pollença, así como la percepción de las retribuciones brutas anuales fijadas, en concepto de sueldo, con efectos a partir del 1 de enero de 2024, y por otra, determinar que el cargo de tercera tenencia de alcaldía - concejalía delegada de Medio Ambiente, Parques y Jardines, Movilidad y Bahía se ejercerá con carácter de dedicación exclusiva percibiendo las retribuciones establecidas en el punto segundo del presente Acuerdo, en concepto de sueldo, a razón de catorce mensualidades por año.

Segundo. Aprobar la siguiente relación refundida que, además de recoger las anteriores modificaciones acordadas en el punto anterior, recoge las que se han producido hasta la fecha de aprobación del presente Acuerdo de determinación de miembros que ejercen su cargo con carácter de dedicación exclusiva y fijación de sus retribuciones; cargos que se mantienen con los mismos términos y contenido que el resto de puntos del Acuerdo del Pleno de 10 de julio de 2023 que no haya sido objeto de posterior modificación:

Cargo

Retribuciones brutas anuales

Segunda tenencia de alcaldía

Concejalía delegada de las áreas de Educación, Escuela de Música, Infancia, Juventud, Nuevas Tecnologías y Seguridad Ciudadana

45.000,00 €

Tercera tenencia de alcaldía

Concejalía delegada de las áreas de Medio Ambiente, Parques y Jardines, Movilidad y Bahía

45.000,00 €

Cuarta tenencia de alcaldía

Concejalía delegada de las áreas de Impulso Económico, Turismo, Comercio, Ferias, Mercados y delegación especial territorial Sant Vicenç

45.000,00 €

Quinta tenencia de alcaldía

Concejalía delegada de las áreas de Igualdad, OAC, Radio Pollença, Participación Ciudadana, Archivo, Bibliotecas, Mediación Intercultural y Normalización Lingüística

45.000,00 €

Concejalía delegada de las áreas de Bienestar Social, Residencia Social, Tercer Sector, Salud y Cementerio

45.000,00 €

Segundo. Ordenar al Departamento de Recursos Humanos que proceda a dar de baja en el Régimen General de la Seguridad Social al miembro electo que ejerce el cargo de primera tenencia de alcaldía - concejalía delegada del Área de Servicios y delegaciones especiales de coordinación Ayuntamiento - EMSER 2002 SLU y territorial Moll de Pollença, con dedicación exclusiva, asumiendo el Ayuntamiento de Pollença la cuota empresarial correspondiente hasta el 31 de diciembre de 2023.

Los miembros electos que no ejercen su cargo con carácter de dedicación exclusiva o parcial tendrán derecho a percibir una indemnización por asistencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la corporación de los que formen parte en la cuantía económica determinada mediante Acuerdo del Pleno 10 de julio de 2023 (BOIB núm. 101/2023, de 20 de julio).

Tercero. Ordenar al Departamento de Recursos Humanos que proceda a dar de alta en el Régimen General de la Seguridad Social al miembro electo que ejercerá su cargo con dedicación exclusiva, asumiendo el Ayuntamiento de Pollença la cuota empresarial correspondiente, conforme el siguiente detalle:

Cargo

Fecha entrada en vigor

Tercera tenencia de alcaldía

Concejalía delegada de las áreas de Medio Ambiente, Parques y Jardines, Movilidad y Bahía

1 de enero de 2024

Los miembros que ejerzan el cargo con dedicación exclusiva o parcial no podrán percibir indemnizaciones por las asistencias efectivas a los órganos colegiados de esta corporación.

Cuarto. Publicar estos acuerdos en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y en el portal de transparencia del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 f) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Quinto. Dar traslado de estos acuerdos a la Secretaría, Intervención, Tesorería y Departamento de Recursos Humanos, a los efectos legales oportunos».

El anterior acuerdo se publica íntegramente para el conocimiento general según lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local (LBRL) y otras disposiciones legales vigentes.

 

Pollença, en la fecha de la firma electrónica (2 de enero de 2024)

El alcalde Martí March Cerdà