Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 811043
Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 18 de diciembre de 2023, relativo a la aprobación del precio público del Catálogo de la exposición de Francesc Hernández Monjo (exp. 0508-2023-000001)
El Consejo Ejecutivo, por unanimidad de los seis miembros presentes (señora Reynés Calvache, señor Gornés Hachero, señora Torrent Pallicer, señora Taltavull Fernández, señor Pons Torres y señor Delgado Díaz) y en votación ordinaria, adopta los siguientes acuerdos:
Primero. Aprobar el establecimiento del precio público del catálogo de la siguiente exposición:
Concepto |
Importe Base imponible |
4% IVA |
Importe (€)/u Tarifa |
Francesc Hernández Monjo. Marines |
9,62 € |
0,38 € |
10 € |
Segundo. Señalar que tienen la obligación de pagar este precio público las personas que adquieran el citado libro.
Tercero. Este precio público debe satisfacerse en el momento de la prestación de la actividad, por lo que no se entregará el libro sin acreditar el pago correspondiente.
Cuarto. En el supuesto de falta de pago de este precio público, se podrá exigir su importe por el procedimiento de apremio, y los actos que se deriven se adaptarán a lo que prevé el Reglamento general de recaudación.
Quinto. Para facilitar la divulgación de este material cultural y de interés público, se establece la reducción del 35% en el importe del precio público de las publicaciones editadas cuando el sujeto pasivo acredite ser persona jurídica o física con objeto o finalidad de distribución y venta de libros; asimismo, también gozarán de esta reducción las asociaciones con las que los libros estén directamente relacionados.
Contra este acuerdo, que no agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno, por delegación del Pleno del Consejo Insular de Menorca (Acuerdo de 31-7-2023, BOIB núm. 109 de 5-8-2023), en el plazo de un mes a partir del día siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.
Maó, 27 de diciembre de 2023
Por delegación del presidente, El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-07-2023)