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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 810759
Resolución de la consejera ejecutiva del departamento de Economía y Servicios Generales de día 28 de diciembre de 2023 y núm. 2023/ESG/0000742 relativa a la convocatoria de ayudas a las cofradías de pescadores de la isla y de minimis al sector pesquero menorquín para el año 2023 (concesión y pago) Exp. 3012-2023-000001

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Texto

El Consejo ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión de carácter ordinario de 9 de octubre de 2023, aprobó la convocatoria de ayudas a las cofradías de pescadores de la isla y de minimis al sector pesquero menorquín 2023 y las bases correspondientes (BOIB núm. 147 de 28 de octubre de 2023).

Esta convocatoria es una medida de apoyo a las actividades generales y promocionales llevadas a cabo por las cofradías de pescadores de Menorca, y también de soporte a la actividad extractiva de recursos pesqueros propia de las empresas armadoras menorquinas.

Su importe global máximo, con cargo a la partida 5.41500.48900032, es de 182.000 €. Y los importes totales de las ayudas, para cada una de las tres líneas convocadas, son: para la línea A, de apoyo a las cofradías en la promoción, primera venta y otras actuaciones de interés general para la sostenibilidad del sector pesquero, 60.000 €; para la línea B, de soporte al sector pesquero para mejorar la rentabilidad de las empresas armadoras de embarcaciones profesionales de pesca, de arrastre o de artes menores, 120.000 €; y los 2.000 € restantes, son para la línea C dedicada a la mejora de las competencias profesionales de los diferentes perfiles del sector o que permita la cobertura de lugares de trabajo.

El periodo subvencionable transcurre del día 1 de octubre de 2022 en el día 30 de septiembre de 2023; por otra parte, el plazo de presentación de solicitudes (un mes a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOIB) finalizaba el día 29 de noviembre de 2023.

La octava de las bases establece los criterios de concesión de las ayudas y la determinación de los importes correspondientes. En este sentido, conviene observar los dos casos siguientes:

- Si el importe global solicitado entre todos los solicitantes de la línea A no supera el crédito asignado, las solicitudes se resolverán individualmente y se podrá conceder hasta el 100% de la ayuda solicitada.

- En cuanto a las embarcaciones profesionales beneficiarias de la línea B, si el importe global a subvencionar no sobrepasa el crédito disponible, los será de aplicación el baremo siguiente: barcas de arrastre con 4 o más tripulantes a bordo, 6.000 €; barcas de artes menores con 3 o más tripulantes, 4.000 €; y barcas de artes menores con 2 o menos tripulantes, 2.000 € (una misma empresa puede solicitar tantas ayudas como embarcaciones tenga armadas y operativas, siempre que la suma total no supere los 12.000 €).

En fecha 19 de diciembre de 2023 el instructor emite informe sobre la propuesta de concesión de las ayudas y de la justificación de los mismos.

Al día siguiente, 20 de diciembre de 2023, la Comisión evaluadora de las ayudas, basándose en el informe del instructor acabado de mencionar, emitió su propuesta de concesión y pago hacia 3 solicitudes correspondientes a la línea A y 37 a la línea B, la línea C quedó desierta.

Consiguientemente, el instructor formuló la propuesta de resolución que fue fiscalizada favorablemente por la intervención en fecha 27 de diciembre de 2023.

Los fundamentos de derecho son los siguientes:

- Acuerdo del Consejo ejecutivo, reunido en sesión de carácter ordinario el 9 de octubre de 2023, relativo a la aprobación de las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas de la CIM a las cofradías de pescadores de la isla y de minimis al sector pesquero menorquín para el año 2023 (BOIB núm. 147 de 28 de octubre de 2023).

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.

Como titular del Departamento de Economía y Servicios Generales, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en relación con el Decreto de presidencia núm. 227/2023 de 17 de noviembre, de extinción de un departamento y reestructuración del resto de departamentos (BOIB núm. 158 de 21 de noviembre de 2023);

Resuelve:

Primero. Conceder y tramitar el pago, por un importe total de 60.000,00 €, de las tres subvenciones relacionadas a continuación correspondientes a la línea A de la convocatoria de ayudas del Consejo Insular de Menorca a las cofradías de pescadores de la isla y de minimis al sector pesquero menorquín para el año 2023 con cargo a la partida 5.41500.4890032 del Presupuesto General del CIM 2023:

Solicitante

(CIF)

Importe

solicitado

Gasto

elegible

%

subv.

Concesión y pago

Confraria de Pescadors de Ciutadella

(G07068935)

22.000,00 €

22.781,65 €

100%

22.000,00 €

Confraria de Pescadors de Fornells

(G07069354)

18.000,00 €

20.991,83 €

100%

18.000,00 €

Confraria de Pescadors de Maó

(G07069347)

20.000,00 €

22.542,00 €

100%

20.000,00 €

 

 

 

Total

60.000,00 €

Segundo. Conceder y tramitar el pago, por un importe total de 112.000,00 €, de las treinta y siete subvenciones relacionadas a continuación correspondientes a la línea B de la convocatoria de ayudas del Consejo Insular de Menorca a las cofradías de pescadores de la isla y de minimis al sector pesquero menorquín para el año 2023 con cargo a la partida 5.41500.4890032 del Presupuesto General del CIM 2023

Solicitante

Importe solicitado

Concesión y pago

Martos Humblot, Jeremie

2.000 €

2.000 €

Roselló Sans, Francisco

2.000 €

2.000 €

Enseñat Pons, Luis

2.000 €

2.000 €

Pons Olives, Lluís

2.000 €

2.000 €

Martí Pons, Miguel Ángel

2.000 €

2.000 €

Ripoll Pons, José Miguel

2.000 €

2.000 €

Riera Palas, Oriol

2.000 €

2.000 €

Zamorano Allés, Óscar

2.000 €

2.000 €

Restaurant Es Port de Fornells, SL

2.000 €

2.000 €

Gomila Mateu, Jaime

4.000 €

4.000 €

Marqués Gomila, Juan Bosco

2.000 €

2.000 €

Taberner Massanet, David

4.000 €

4.000 €

Portella Coll, Damián

4.000 €

4.000 €

Falah Yahia

4.000 €

2.000 €

Moreno Gomila, Alfonso Eduardo

2.000 €

2.000 €

Gomila Bagur, Miguel Ángel

2.000 €

2.000 €

Anglada Salleras, Miguel

4.000 €

4.000 €

Goñalons Febrer, Antonio

2.000 €

2.000 €

Bals Bosch, Andrés

2.000 €

2.000 €

Comp. Pesquera Sa Bombarda SL

2.000 €

2.000 €

Santa Esperança, SLU

2.000 €

2.000 €

Marenova del Sud, SL

6.000 €

6.000 €

Curniola Canals, SL

2.000 €

2.000 €

Pons Misut, Juan

2.000 €

2.000 €

Llopis Riudavets, Javier

2.000 €

2.000 €

Salas Pons, Miguel

2.000 €

2.000 €

Quevedo Coll, Jaime Pedro

2.000 €

2.000 €

Pons Florit, José Antonio

6.000 €

6.000 €

Tudurí Pons, Miguel José

2.000 €

2.000 €

Pescapons SL

6.000 €

6.000 €

Jamma Peix, SL

12.000 €

12.000 €

Mata Goñalons, Martín

2.000 €

2.000 €

Villalonga Bordés, Fernando

2.000 €

2.000 €

Pons Prats, Antonia

2.000 €

2.000 €

Reines Padilla, Juan José

2.000 €

2.000 €

Nueva Joven Josefina SL

6.000 €

6.000 €

Port Llansà, CB

6.000 €

6.000 €

 

Total

112.000 €

Tercero. Declarar desierta la línea C de subvenciones dedicada a la mejora de las competencias profesionales de los diferentes perfiles del sector o que permita la cobertura de lugares de trabajo de la convocatoria de ayudas del Consejo Insular de Menorca a las cofradías de pescadores de la isla y de minimis al sector pesquero menorquín para el año 2023.

Cuarto. Remitir a la Base de datos Nacional de Subvenciones este acuerdo (art. 20.8 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones) y publicarlo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares a los efectos de notificación (art. 1 b de la Ley 39/2015, del 1de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas).

Quinto. Comunicar este acuerdo a la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno de las Islas Baleares porque tenga los efectos oportunos.

Contra este acuerdo – que no agota la vía administrativa – se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo en el plazo de un mes contador desde el día siguiente que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podréis interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma.

 

Maó, en la fecha de la firma electrónica que consta en este documento ( 29 de diciembre de 2023)

La consejera ejecutiva M. Antònia Taltavull Fernández(DP 92, de 10.7.2023) (BOIB núm. 95 de 11.7.2023)