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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 809442
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 10 de noviembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones del programa de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el programa de regeneración y reto demográfico del Plan de Rehabilitación y Regeneración Urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo

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Texto

En el Boletín Oficial del Estado n.º 310, de 28 diciembre de 2023, se ha publicado el Real Decreto 1178/2023 por el que se modifica la normativa reguladora y se adaptan al marco europeo de ayudas de Estado determinados programas de ayudas de rehabilitación energética y energías renovables del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 158, de 16 de noviembre de 2021, se publicó la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 10 de noviembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones del programa de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el programa de regeneración y reto demográfico del Plan de Rehabilitación y Regeneración Urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.

En el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 78, de 13 de junio de 2023, se publicó la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 8 de junio de 2023 por la que se modifica la Resolución del consejero de 10 de noviembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones del programa de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el programa de regeneración y reto demográfico del Plan de Rehabilitación y Regeneración Urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo (NextGenerationUE).

En el artículo primero del Real Decreto 1178/2023 se modifica el punto 1 del artículo 4 del Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, por el que se regulan las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, así como su concesión directa a las comunidades autónomas, relativo a la vigencia del programa, que lo prolonga hasta el 31 de julio de 2024.

En el punto 1 del apartado séptimo de la convocatoria aprobada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 10 de noviembre de 2021 se establece que el plazo para presentar las solicitudes se inicia a partir del 27 de diciembre de 2021 y finaliza el 31 de diciembre de 2023 o hasta el posible agotamiento, dentro de este período, de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.

Por todo ello, dado que es necesario modificar el punto 1 del apartado séptimo de la convocatoria de subvenciones para ampliar el plazo para presentar las solicitudes, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar el punto 1 del apartado séptimo de la convocatoria con la siguiente redacción:

1. El plazo para presentar las solicitudes se iniciará a partir del 27 de diciembre de 2021 y finalizará el 31 de julio de 2024 o hasta el posible agotamiento, dentro de este período, de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (28 de diciembre de 2023)

El consejero de Empresa, Empleo y Energía Alejandro Sáenz de San Pedro García