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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 808763
Corrección de errores de la Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático de 22 de diciembre de 2023 por la que se minora la cantidad de la ayuda y se propone el pago de las subvenciones en el marco de la convocatoria pública para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR 2023)

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Texto

Hechos

1. El 17 de diciembre de 2022, en el BOIB nº. 164, se publicó la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 12 de diciembre de 2022 por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2023 por al fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas y comunidades de propietarios en el Programa Operativo FEDER 2021-2027.

2. El 22 de diciembre de 2023 se emitió la Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se minora la cantidad de la ayuda y se propone el pago de las subvenciones en el marco de la convocatoria pública para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR 2023) (BOIB nº.175, de 28 de desembre de 2023) .

3. Con posterioridad, se ha detectado un error material en el anexo de la citada Propuesta, por lo que se procede a su rectificación.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o disposición. Asimismo, la rectificación de errores especificará, en su caso, los efectos jurídicos que se deriven y se notificará o publicará preceptivamente cuando haga referencia a actos que han sido notificados o publicados.

2. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la rectificación del error material existente en la Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático de 22 de diciembre de 2023 por la que se minora la cantidad de la ayuda y se propone el pago de las subvenciones en el marco de la convocatoria pública para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR 2023 )(BOIB nº.175, de 28 de desembre de 2023), en los  términos siguientes:

Donde dice:

ANEXO Lista de beneficiarios a los que se les minora la cantidad de la ayuda concedida y se propone el pago

Nº. Expediente

Solicitante

NIF

Subvención propuesta

Importe a desvincular

Subvención a pagar

Motivo

FOTOPAR23-1185/2023

Marta Trias Cornellana

***1464**

2.304,00

120,00

2.184,00

Reduce la potencia de generación de 6.84 kWp a 6.64kWp

Debe decir:

ANEXO Lista de beneficiarios a los que se les minora la cantidad de la ayuda concedida y se propone el pago

Nº. Expediente

Solicitante

NIF

Subvención propuesta

Importe a desvincular

Subvención a pagar

Motivo

FOTOPAR23-1185/2023

Marta Trias Cornellana

***1464**

2.304,00

120,00

2.184,00

Reduce la potencia de generación de 3.84 kWp a 3.64kWp

2. Publicar esta corrección de errores en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 28 de diciembre de 2023

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB nº.103, de 22/7/2023)