Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 808080
Oferta pública empleo 2023
Para el general conocimiento se hace saber que la Alcaldesa del Ayuntamiento de Andratx, día 27 de diciembre de 2023 ha emitido el Decreto número 2023-3570 de aprobación de la Oferta Pública de Ocupación del año 2023, que resuelve lo siguiente:
“De acuerdo con lo anterior y atendiendo a las facultades que me son otorgadas por el Artículo 21.1,g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, DISPONGO:
Primero. Aprobar la Oferta pública de empleo 2023 en la que se incluyen las plazas siguientes:
- Nuevo ingreso
REFERENCIA |
GRUPO |
SUBGRUPO |
CUERPO/ESCALA |
DENOMINACIÓN |
RPF6.05 |
B |
B |
Especial |
Técnico Gestión Informática |
RPF6.06 |
B |
B |
Especial |
Técnico Gestión Informática |
RPF30.01 |
A |
A2 |
Especial |
Técnico de Turismo |
RPF20.01 |
A |
A1 |
Especial |
TAE Medio Ambiente |
RPF1.02 |
A |
A1 |
Especial |
TAE Asesor Jurídico |
RPF15.12 |
A |
A1 |
Especial |
TAE Asesor Jurídico |
RPF7.03 |
A |
A1 |
General |
TAG |
- Promoción Interna:
REFERENCIA |
GRUPO |
SUBGRUPO |
CUERPO/ESCALA |
DENOMINACIÓN |
RPF14.01 |
A |
A2 |
Especial |
Subinspector PL |
Segundo. Publicar la Oferta pública de empleo 2023 en el BOIB
Tercero. Ejecutar los procedimientos selectivos que se deriven de esta OPO 2023 en un plazo improrrogable de 3 años.”
Contra este acuerdo que agota la vía administrativa se puede interponer alternativamente recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar des del siguiente día al de la publicación del presente anuncio ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso administrativo, ante el juzgado Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar des del día siguiente a la publicación del presente anuncio de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa. Si optase por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que pudiese estimarse más conveniente a su derecho.
(Firmado electrónicamente: 27 de diciembre de 2023
La alcaldesa presidenta Estefania Gonzalvo Guirado)