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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE FORNALUTX

Núm. 803971
Modificaciones presupuestarias

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Texto

 

Expediente núm.:

Órgano colegiado:

PLENO/2023/15

El Pleno

Francisca Ana Cortes Got, EN CALIDAD DE SECRETARIA DE ESTE ÓRGANO,

CERTIFICO: 

Que en la sesión celebrada el 20 de diciembre de 2023 se adoptó el siguiente acuerdo:

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS

Visto el expediente de modificación de créditos elaborado por los servicios municipales

Visto los informes de Secretaría e Intervención.

Visto lo que dispone el artículo 177 y concordantes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo :

1er.- Aprobar inicialmente la propuesta de concesión de SUPLEMENTO DE CRÉDITO por un importe total de 174.295,00 € con cargo al Remanente Líquido de Tesorería disponible.

2º.- Los suplementos de crédito que se acuerdan son los siguientes:

Suplementos de créditos

APLICO. PPTARIA. CONOS. ANT.

DESCRIPCIÓN

CONOS. ANT

MOD.

CONOS. DFNTVA.

920/35200

Intereses de demora

2.200,00

10.000,00

12.200,00

161/62300

Adquisición geófono por detección fugas agua

4.434.65

70,00

4504,65

151/61901

Recuperación puntual márgenes Sa Coma

3.298,52

150,00

3.448,52

920/63200

Reforma Ca'n Xoroi

259.298,02

150.000,00

409.298,02

1533/21000

Infraestructuras y bienes naturales

50.613,00

12.000,00

62.613,00

920/22101

Prensa, revistas, libros y otras publicaciones

10.267,31

2.050,00

12.317,31

334/22609

Actividades culturales y deportivas

1000,00

25,00

1.025,00

 TOTAL MODIFICACIONES

 

 

174.295,00

 

3er.- Respecto al estado de ingresos, los conceptos del Presupuesto de ingresos quedarán de la siguiente manera:

CONCEPTO E.

EXPRESIÓN

PREVISIÓN ANTERIOR

MODIFICACIÓN

PREVISIÓN DEFINITIVA

87000

Remanente de Tesorería

130.740,73

147.295,00

305.035,73

TOTALES

 

 

174.295,00

305.033,73

4º.- Que este expediente de modificación de créditos sea expuesto al público por el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES previo anuncio en el B.O.P., y en el Tablón de Edictos de esta Casa Consistorial, y una vez transcurrido el plazo, caso de no presentar una reclamación contra el mismo, se considerará aprobado definitivamente. Todo esto de conformidad a lo que prevén los artículos 169.1, y 177.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Y para que así conste a los efectos del expediente, emito el presente certificado por orden y con el visto bueno del sr. Alcalde, con la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se expide la presente.

 

(Firmado electrónicamente: 21 de diciembre de 2023

El alcalde Francisco Marroig Arbona)