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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 803265
Resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Economía y Servicios Generales n.º 2023/708 fecha 20 de diciembre de 2023, relativa a la substitución en el ejercicio de las funciones delegadas como secretaría en materia de personal

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Texto

Mediante Resolución n.º 66/2023 de 27 de enero, de la consejera ejecutiva de Servicios Generales (BOIB n.º 14 de 31 de enero 2023), se autorizó la delegación, en la persona que ocupe el lugar de Jefe del Servicio de Gestión de Personas del Consejo Insular, de las funciones que se detallan más abajo;

a) La emisión de los certificados relativos a los expedientes gestionados por el Servicio de Gestión de Personas del Consejo Insular, a excepción de los que hagan referencia a los decretos de Presidencia, resoluciones de los consejeros ejecutivos y acuerdos de los órganos colegiados de esta administración.

b) La emisión de certificados referentes a acciones formativas organizadas por el Consejo Insular sea cual sea el departamento que los gestione.

c) La firma de las actas de toma de posesión y de cese de los funcionarios al servicio del Consejo Insular de Menorca y de sus entes dependientes cuando en este último caso la gestión administrativa se lleve desde el Servicio de Gestión de Personas de la Administración insular.

Así mismo, el mismo establecía que en casos de vacante, ausencia o enfermedad o cualquier otro impedimento de las personas autorizadas, han de ser sustituidas en el ejercicio de sus funciones delegadas, por la persona titular de la Secretaría general.

Por motivos de eficiencia y teniendo en cuenta el volumen de trabajo que en estos momentos tramita el Servicio de Gestión de Personas, entre otros motivos por los procesos de estabilización de personal, se considera conveniente que en caso de ausencia de la Jefa de este servicio, esta sea suplida en primera instancia por la técnica que la suple en el ejercicio de sus funciones y, en última instancia por la persona que desarrolle el lugar de secretaría general o persona que legalmente la sustituya.

Por todo ello, y vista la propuesta de la Secretaría General, como titular del Departamento de Economía y Servicios Generales, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en relación con el Decreto de presidencia n.º 227/2023 de 17 de noviembre, de extinción de un departamento y reestructuración del resto de departamentos (BOIB n.º 158 de 21 de noviembre de 2023) y el acuerdo del Consejo Ejecutivo de 24 de julio de 2023 relativo a la delegación de competencias del Consejo Ejecutivo en el presidente y en los consejeros y consejeras ejecutivas (BOIB núm.105 de 27.7.2023),

RESUELVO

PRIMERO. Establecer que en casos de vacante, ausencia o enfermedad o cualquier otro impedimento de la persona que ocupe el lugar de Jefe del Servicio de Gestión de Personas del Consejo Insular, esta podrá ser sustituida en el ejercicio de las funciones delegadas por la secretaría general por Resolución n.º 66/2023 de 27 de enero, de la consejera ejecutiva de Servicios Generales, por la persona funcionaria que la sustituya en el ejercicio de sus funciones, y en última instancia en caso de ausencia u otro motivo de imposibilidad de esta por la persona que ocupe el lugar de secretaría general o persona que legalmente la sustituya.

SEGUNDO. Disponer que, en el ejercicio de las mencionadas funciones, las personas autorizadas deberán actuar, y así lo han de hacer constar, como delegadas de la titular de la secretaría general, sin perjuicio de que esta pueda avocar, en cualquier momento el ejercicio de estas funciones con carácter general o singular.

TERCERO. Notificar esta resolución a las personas interesadas y disponer su publicación al Boletín Oficial de las Islas Baleares, sin perjuicio de su efectividad desde el momento de su adopción.

Lo cual os comunico para su conocimiento y tenga los efectos que correspondan, al mismo tiempo que os hago saber que contra el acuerdo precedente, que no agota la vía administrativa, podéis interponer, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de recepción de esta notificación, recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular, sin perjuicio que podáis utilizar cualquier otro recurso que consideráis procedente en derecho.

 

El mencionado recurso se entenderá desestimado si no se os ha notificado la resolución cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podréis interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma.

 

Mahón, 22 de diciembre de 2023

La consejera ejecutiva de Economía y Servicios Generales Maria Antònia Taltavull Fernández