Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE FORNALUTX
Núm. 800592
Modificaciones presupuestarias
Expediente núm.: |
Órgano colegiado: |
PLE/2023/15 El Pleno |
El Pleno |
Francisca Ana Cortes Got, EN CALIDAD DE SECRETARIO DE ESTE ÓRGANO,
CERTIFICO:
Que en la sesión celebrada el 20 de diciembre de 2023 se adoptó el siguiente acuerdo:
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
Visto el expediente de modificación de créditos elaborado por los servicios municipales
Visto los informes de Secretaría e Intervención.
Visto lo que dispone el artículo 177 y concordantes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
1er.- Aprobar inicialmente la propuesta de concesión de SUPLEMENTO DE CRÉDITO por un importe total de 1.250,00 € con cargo al Remanente Líquido de Tesorería disponible.
2º.- Los suplementos de crédito que se acuerdan son los siguientes:
Suplementos de créditos
APLICO. PPTARIA. . |
DESCRIPCIÓN |
CONOS. ANT. |
MOD. |
CONOS. DFNTVA |
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231/22710 |
Trabajos realizados por otras empresas y profesionales |
31.000,00 |
1.250,00 |
32.250.00 |
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TOTAL MODIFICACIONES |
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1.250,00 |
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3er.- Respecto al estado de ingresos, los conceptos del Presupuesto de ingresos quedarán de la siguiente manera:
CONCEPTO E. |
EXPRESIÓN |
PREVISIÓN ANTERIOR |
MODIFICACIÓN |
PERVISION DEFINITIVA |
---|---|---|---|---|
87000 |
Remanente de Tesorería |
305.035,73 |
1250,00 |
306.285 73, |
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TOTALES |
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1250,00 |
306.285,73 |
4º.- Que este expediente de modificación de créditos sea expuesto al público por el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES previo anuncio en el B.O.P., y en el Tablón de Edictos de esta Casa Consistorial, y una vez transcurrido el plazo, caso de no presentar una reclamación contra el mismo, se considerará aprobado definitivamente.
Todo esto de conformidad a lo que prevén los artículos 169.1, y 177.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Y para que así conste a los efectos del expediente, emito el presente certificado por orden y con el visto bueno del sr. Alcalde, con la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se expide la presente.
(Firmado electrónicamente: 21 de diciembre de 2023
El alcalde Francisco Marroig Arbona)