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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS

Núm. 800796
Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se modifica la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones para apoyar las actividades de estudios locales que se celebren en las Illes Balears durante el año 2023

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos (IEB) de 8 de marzo de 2023 (BOIB núm. 32, de 14 de marzo de 2023), se convocaron ayudas para apoyar las actividades de estudios locales que se celebren en las Illes Balears durante el año 2023.

2. El crédito asignado a la convocatoria es de 25.000 € (veinticinco mil euros), con cargo al capítulo IV del presupuesto del Instituto de Estudios Baleáricos de 2023.

3. Durante el plazo de presentación de solicitudes establecido en la convocatoria, se han presentado solicitudes de ayuda por un importe superior al crédito asignado a esta convocatoria y, por tanto, este crédito es insuficiente para dar respuesta al total de solicitudes presentadas.

4. De acuerdo con el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el IEB asume nuevas competencias de promoción y fomento de la lengua catalana.

5. A raíz de las nuevas competencias asumidas, el IEB dispone de crédito en el capítulo 4 de su presupuesto derivado de remanentes de la convocatoria de ayudas para los medios de comunicación en lengua catalana para el año 2023.

6. De acuerdo con el punto 4.3 de la convocatoria de referencia, siempre que la disponibilidad presupuestaria lo permita, se puede incrementar el importe consignado inicialmente en la convocatoria mediante una resolución de ampliación del crédito asignado. Esta ampliación, salvo que se establezca otra cosa, no implica que el plazo para presentar solicitudes se amplíe, y no afecta a la tramitación ordinaria de las solicitudes presentadas y no resueltas de forma expresa.

7. Por todo ello, se considera conveniente redistribuir el crédito y aumentar el importe asignado a la convocatoria de subvenciones aprobada mediante la Resolución del presidente del IEB de 8 de marzo de 2023 en 1.937,69 euros.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones.

3. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Modificar y aumentar en 1.937,69 € el importe fijado por la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos de 8 de marzo de 2023 por la que se convocan subvenciones para apoyar las actividades de estudios locales que se celebren en las Illes Balears durante el año 2023. De este modo, el crédito final de la convocatoria será de 26.937,69 €.

2. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el presidente del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 18 de diciembre de 2023)

El presidente del IEB Jaime Bauzá Mayol